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El TC admite a trámite el recurso contra la ley foral de Policías de Navarra
El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno contra determinados apartados que modifican la ley foral de las Policías de Navarra.
Se ha acordado también la suspensión de la vigencia y aplicación de los apartados de la norma objeto de la impugnación, que había pedido el Ejecutivo.
El pasado día 4, el Consejo de Ministros aprobó interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la ley navarra que regula la Policía Foral y las locales de manera conjunta y que recoge, entre otras cuestiones, una modificación del régimen de retribuciones complementarias y del régimen sancionador.
Se recurrieron, en concreto, los apartados tres, veinte, veintiuno y treinta y cuatro del artículo único y la disposición adicional primera de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra.
El recurso se interpuso al no haberse llegado a un acuerdo en el proceso negociador en la comisión bilateral correspondiente y se toma tras el dictamen preceptivo del Consejo de Estado.
La Ley Foral de 2007 de las Policías de Navarra regula de manera conjunta la Policía Foral, dependiente del Gobierno de Navarra, y los cuerpos de Policía dependientes de las entidades locales, bajo la común denominación de Policías de Navarra.
El recurso impugna ante el Constitucional la obligación de las policías locales de suministrar toda la información policial de su municipio a la Policía Foral y el hecho de que se niegue a los cuerpos locales la posibilidad de relacionarse directamente con las fuerzas y cuerpos de seguridad dependientes del Gobierno, como son la Policía Nacional y la Guardia Civil.
Argumentaba el Ejecutivo de Mariano Rajoy que la ley navarra elude las competencias correspondientes al Estado y a los municipios, así como las atribuciones de la junta de seguridad y de las juntas locales de seguridad.
También quiere que se declare inconstitucional la dispensa de titulación en promoción interna, aplicable a la Administración local, por considerar que vulnera la competencia exclusiva del Estado para dictar las bases en materia de régimen estatutario de los funcionarios públicos.
Cree igualmente que el régimen sancionador de los cuerpos de policía vulnera la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y entiende que la integración automática de auxiliares de policía en cuerpos de policía local, donde se configuran como un turno restringido, es contraria a la jurisprudencia del TC, que ha rechazado esta práctica por resultar contraria a los principios de igualdad, mérito y capacidad, elementos estructurantes del modelo de régimen estatutario existente en España.
La norma recurrida fue aprobada por el pleno del Parlamento navarro con el voto en contra de UPN y PP y el apoyo de PSN, Bildu, Aralar e I-E.
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