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El Poder Judicial rechaza suspender todos los juicios: sólo se aplazarán cuando lo pidan los jueces y con autorización previa

Togas colgadas en la entrada a unos juzgados con motivo de una protesta.

Elena Herrera

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Los juicios y declaraciones ya previstas no se suspenderán con carácter general. La comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), reunida de forma extraordinaria este miércoles para hacer frente a la crisis del coronavirus, ha acordado que cualquier cierre o suspensión en las zonas más afectadas tendrá que adoptarse por el juez, previa autorización del presidente del tribunal superior de justicia correspondiente y mediante ratificación del órgano de gobierno de los jueces.

Esa es la previsión para lo que denominan escenario dos, que comprende los lugares en los que se han establecido medidas especialmente intensas para limitar la propagación y el contagio por el coronavirus. Además, las medidas a adoptar con carácter general -en todo el territorio- incluyen la realización de los señalamientos con tiempo suficiente entre ellos para que no haya una gran afluencia de partes y de profesionales esperando la celebración de vistas en un espacio común; la restricción temporal de la asistencia de público a los actos procesales -limitándola a un número de personas que permita mantener una distancia de seguridad de un metro- y la utilización en la medida de lo posible del sistema de videoconferencia.

A primera hora de la mañana de este miércoles, la Fiscalía General del Estado también hizo públicas las instrucciones para los miembros de la carrera fiscal en relación a la epidemia por coronavirus. El decreto, fechado este martes 10 de enero, establece que los Fiscales Superiores deben poner en marcha medidas de teletrabajo para evitar la concurrencia diaria de la plantilla en los centros de trabajo, incluyendo el despacho ordinario de asuntos desde el domicilio. En todo caso, se garantiza la presencia de fiscales en el servicio de guardia y las vistas, comparecencias y juicios señalados.

El documento decreta que los fiscales con patologías concurrentes o enfermedades crónicas tienen prioridad a la hora de ausentarse de las sedes. Por este orden, los otros colectivos preferentes para evitar los centros de trabajo son las embarazadas, los que hayan estado en contacto con personas infectadas por el virus y los que tengan a cargo hijos menores de edad o personas dependientes. 

Entre otras medidas, el decreto establece también la suspensión temporal de las visitas e inspecciones a residencias de mayores, cárceles o centros de menores siempre que no resulten “absolutamente imprescindibles” y pide que se eviten en lo posible todos los desplazamientos, potenciando el uso de medios telemáticos como las videoconferencias. También reclama a los profesionales que se abstengan de convocar juntas de Fiscalía u otro tipo de juntas o reuniones de similares características mientras se mantengan las circunstancias de riesgo sanitario actuales. 

El decreto establece asimismo que todas estas medidas pueden ser de aplicación a los funcionarios de la Administración de Justicia que presten sus servicios en las Fiscalías en coordinación con la Administración competente.

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