Calificar de “estafa” y “timo” a los videntes televisivos es libertad de expresión, según el Supremo

El Supremo ha dictado una sentencia en la que avala que un reportaje calificara de “estafa” y “timo” el negocio de un tarotista y vidente televisivo. El texto, publicado en el digital El Español, explicaba cómo el vidente David Tribin estafaba a “miles de personas” en un negocio que movía miles de millones al año.
El artículo, dice el Supremo, no vulneró el honor del tarotista: “La periodista califica como engaño el negocio del tarot televisivo. Se trata de una opinión muy crítica pero que se apoya en la expresión de hechos constatados y la opinión de otro periodista que ha escrito un libro sobre estos programas”, explica la sala de lo civil, que anula la indemnización de 10.000 euros que los jueces habían establecido en un primer momento para el vidente.
Por Alberto Pozas.