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Cuarenta días después, el juez prorroga la prisión provisional para seis personas por un intento de ocupación en Sevilla

El Juzgado de Instrucción número 4 de Sevilla ha desestimado los recursos de reforma contra el auto de prisión presentados por representantes legales de las seis personas que el pasado 17 de febrero fueron encarceladas acusadas de participar en la ocupación de unas viviendas de nueva construcción en Sevilla. Los investigados cumplen ahora 40 días en prisión provisional, una medida cautelar que ya despertó protestas en el movimiento por el derecho a la vivienda de la capital hispalense y partidos como Podemos e IU, y que a buen seguro se mantendrá varias semanas más hasta que la Audiencia resuelva los próximos recursos.

A través de un auto fechado este 23 de marzo, al que ha tenido acceso eldiario.es Andalucía, el juez concluye que “la gravedad de los hechos, tanto por la mecánica de los mismos, con la actuación concertada y violenta de un grupo numeroso de personas, como por la pena que podría resultar de aplicación, unido a los antecedentes que se señalan en el atestado policial, permiten sostener el concurso de un riesgo de elusión de la justicia como de reiteración delictiva, lo cual aconseja mantener la medida cautelar de prisión provisional”, una medida “ajustada al principio de proporcionalidad al revelarse necesaria, idónea e instrumental para asegurar la instrucción”.

Argumenta el juez que, del atestado policial y las declaraciones que se han tomado ya a agentes e intervinientes, se puede concluir que “se produjeron” un delito de coacciones, otro de daños, seis delitos leves de lesiones, un delito de atentado, un delito de desórdenes públicos y un delito de usurpación, existiendo “indicios bastantes para afirmar la participación de los investigados”. Los encarcelados tienen 20, 21, 23, 32, 32 y 39 años de edad, y se trata de dos activistas por el derecho a la vivienda y cuatro personas sin hogar, según fuentes cercanas al caso.

Los recursos de reforma se presentaron entendiendo que el auto de prisión carecía de fundamento y había “ausencia de motivos” para acordar la medida, así como “ausencia de riesgo de destrucción de pruebas o reiteración delictiva”, recuerda el juez, que repasa el concepto de prisión provisional y los presupuestos que la determinan, argumentando para ello “la conjuración de ciertos riesgos relevantes para el normal desarrollo del proceso, para la ejecución del fallo o, en general, para la sociedad”.

Recursos ante la Audiencia

Una de las defensas, al conocer el auto, ha señalado a este medio que la resolución judicial está “sin motivar el porqué del riesgo de fuga, el porqué se van a destruir pruebas o el porqué se va a volver a delinquir”. Lo cierto es que las situaciones de los investigados son diferentes y no se particulariza la actuación ni en éste ni en el auto que dictó la prisión provisional pese a que se trata, además, de delitos diferentes.

Las defensas, que pueden interponer recurso de apelación ante la Audiencia de Sevilla (dos de ellas ya lo tienen interpuesto de forma subsidiaria) ya coincidieron en lamentar la lenta tramitación de sus recursos en una 'causa con preso' como la presente, a la que se le presupone especial urgencia a la hora de atender a los escritos de las partes. Entre los diversos argumentos esgrimidos por las defensas, ahora rechazados por el juez, estaban que no existen indicios para justificar “una medida cautelar tan excepcional como es la privación de libertad traducida en prisión provisional”.

El nuevo episodio de ocupación fue protagonizado por personas sin hogar y por activistas en defensa del derecho a la vivienda, con el apoyo de la Corrala Dignidad, un nuevo concepto de corrala establecido hace unos meses en Sevilla para dar cobijo alternativo a personas sin hogar y cuyo juicio está pendiente de sentencia. Precisamente una de las personas juzgadas el pasado 15 de febrero está en la cárcel por participar en la nueva ocupación, acometida al día siguiente del juicio a la Corrala Dignidad.