Se queda sin votar por tener una vecina con sus mismos nombres y apellidos

En la era de la tecnología, de los mayores avances de la historia, en la que un avión solar da la vuelta al mundo, una joven vecina de la localidad sevillana de Tomares, Lola M. ha presentado una queja por no poder ejercer su derecho al voto, debido a que una vecina con su mismo nombre y apellidos votó antes que ella e invalidó su derecho a votar.

Suena a guión de Berlanga, pero es real. La joven ha relatado que en la jornada de ayer acudió a su colegio electoral como viene haciendo desde que cumplió los 18 años, y cuando presentó su DNI le soltaron desde la mesa una frase lapidara: “me dijeron que yo había votado ya”.

Sin saber reaccionar, “lo que en principio me provocó una sonrisa se me fue borrando cuando me dijeron que en las dos listas de la mesa figuraba que había votado”. El error fue tan fácil como que una vecina de la misma localidad que se llama exactamente igual que ella acudió a votar antes que ella.

“Hay dos listas y (se supone) que comprueban tu DNI, y resulta que aparece que he votado en las dos listas. Sin salir de mi asombro (aún sigo en él) pido una explicación, y no han sabido dármela. No he podido votar porque una persona que se llama igual que yo, que se supone que vive donde yo vivo, incluso en la misma calle, ha votado en mi lugar”, señala aún asombrada.

El fallo, para ella, es evidente: “está claro que no comprobaron el número del DNI”. Simplemente, en la mesa anotaron nombre y apellidos sin comprobar si esa persona que votaba coincidía con la que estaba anotada en el registro.

Lola M. ha dicho que pidió la revisión de los votos varías veces, y en todo momento figuraba como una persona que ya había votado, debido a que el voto de su vecina fue dado de alta como si fuera suyo. Ante esta situación, nadie parece que quisiera asumir la responsabilidad de solucionar el entuerto. Presentó una reclamación, pero antes de las 20:00 horas no fue solucionada, y se quedó sin votar.

Podría haber impugnado la mesa

En este caso, según fuentes jurídicas consultadas por eldiario.es/andalucia, Lola M. podría haber ido más lejos, e incluso conseguir que se impugnase la mesa electoral por presunto fraude en el voto. El artículo 23.1 de la Constitución garantiza el derecho al voto, y si se tiene constancia de que ha habido una suplantación de identidad -aunque sea involuntaria- se puede llegar a parar una votación o impugnar los resultados de una mesa en concreto.

En este caso, las fuentes apuntan a que se ha producido un error grave: “no puede ser que Juan Pérez Pérez vote y se anote su nombre sin comprobar el DNI, porque luego puede venir otro Juan Pérez Pérez -por decir un nombre común- y encontrarse con el problema que esta mujer ha tenido”, señalan las mismas fuentes.

De momento, la queja se ha presentado, pero poco consuelo es para alguien que ha ido a votar y se ha encontrado con un error absurdo que se lo ha impedido.