Por qué solo el 15% de los abortos en España se hacen en centros públicos

Marta Borraz

22 de septiembre de 2021 22:02 h

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Han pasado once años desde que España aprobó la Ley del Aborto, pero, a pesar de ser un derecho reconocido, persisten obstáculos que lastran su acceso. Aunque en todo este tiempo no ha habido ninguna evaluación pública sobre su aplicación, salen a la luz testimonios que ilustran las fallas del sistema. Es el caso difundido por la Cadena SER del hospital público Clínico San Carlos de Madrid, que se negó a realizar un aborto a una mujer pese a la inviabilidad del feto. El centro adujo objeción de conciencia de todo el servicio y la derivó a una clínica privada. No es un caso aislado: la inmensa mayoría de las interrupciones voluntarias del embarazo no se producen en centros de la red sanitaria pública, sino en clínicas especializadas con las que la Administración concierta el servicio y la mujer no paga por él. Según datos de Sanidad, en 2019 se hicieron por esta vía el 85% del total.

La cuestión viene de lejos. Fueron las clínicas las que hace más de 30 años asumieron la tarea de practicar abortos en un momento de enorme dejadez institucional y estigma. Eran profesionales que creían en el derecho al aborto y llegaron a formarse en el extranjero para aprender cómo hacerlo. “Muchos empezamos a hacerlo en la sanidad pública, pero se hizo imposible porque no se apostaba por ello, había denuncias, inseguridad jurídica y presión. Decidimos salirnos de ahí y se fue creando toda una red paralela de médicos comprometidos”, explica Francisca García, presidenta de la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI).

Una vez que entró en vigor la ley de 2010, que estipula que los abortos se hagan en la red pública y contempla como “excepcional” hacerlo en centros acreditados, las comunidades optaron por seguir manteniendo la vía de los conciertos, en vez de crear circuitos específicos en el seno de la sanidad pública. Incluso en aquellos casos en los que no existen centros privados con los que concertar el servicio.

Esta situación obliga a miles de mujeres al año a desplazarse a otras provincias para abortar porque ni siquiera en estas situaciones los públicos los asumen. Ocurre en más de una decena de provincias, entre ellas Jaén, Huesca, Teruel, Cáceres, Cuenca o varias de Castilla y León como Zamora, Palencia o Salamanca. Eso a pesar de que la ley reconoce “a todas las mujeres por igual el acceso a la prestación, con independencia del lugar donde residan”.

En ellas no se hace ningún aborto, pero también existen territorios en los que lo que se deriva son las intervenciones médicas más allá de la semana 14, que es el límite del aborto libre. A partir de entonces, solo es legal si hay riesgo para la vida o salud de la embarazada o “graves anomalías en el feto”. Era la situación de la mujer que ha denunciado su caso en la Cadena SER y que agradeció el trato que le dispensaron en la clínica Isadora de Madrid, pero ha ocurrido en otras ocasiones: en 2016 una mujer fue obligada a recorrer 500 kilómetros para abortar, un viaje en el que perdió el útero y por el que el Servizo Galego de Saúde (Sergas) fue condenado. Un año después otra mujer denunció al Servicio Murciano de Salud por negarle información sobre el feto y ser derivada también a una clínica de la capital.

Qué hay detrás de la objeción de conciencia

En todos los casos las razones que adujeron los servicios hospitalarios apuntaban a la objeción de conciencia. Tampoco es algo excepcional: cuando las consejerías son preguntadas sobre por qué los centros públicos no asumen los abortos suelen dar este entre otros motivos. Así lo especificó el Gobierno castellanomanchego el pasado mayo, cuando aludió a que “existe objeción de conciencia en la totalidad de los servicios implicados” y también la Consejería de Salud de Andalucía: “La Junta no puede preguntar a priori a un médico si está a favor o en contra de practicar abortos para organizar los servicios de un hospital”.

En respuesta a una carta enviada por el Movimiento Feminista de Salamanca, la Junta de Castilla y León reconoce que “en el ámbito de la sanidad pública no se realizan actualmente ni se han venido realizando en la provincia porque los profesionales directamente implicados se acogen a la objeción de conciencia”. Los casos son derivados a Valladolid.

Pero ¿de qué hablamos cuando hablamos de objeción de conciencia? “No es solo una cuestión ideológica, que también existe y viene desde hace mucho tiempo”, cree Silvia Aldavert, coordinadora de L' Associació drets sexuals i reproductius de Catalunya, sino que se suma a otros motivos. Hay profesionales que directamente se oponen por razones morales, pero las expertas apuntan también a falta de formación y de interés y estigma: “Muchas veces se da una objeción profesional más que ética. Sigue siendo una práctica estigmatizada y no normalizada sobre la que no se habla y no se forma a los futuros ginecólogos, que no da prestigio ni suma en la carrera profesional”, explica García, de ACAI.

Esto provoca que las clínicas especializadas se estén viendo “sin relevo generacional” de profesionales y denuncian el incumplimiento del artículo 8 de la Ley del Aborto, que obliga a formar a los profesionales “en salud sexual y salud reproductiva, incluida la práctica de la interrupción del embarazo” y de forma continuada. Los y las profesionales de ACAI se ofrecieron ya en 2010, cuando se gestó la norma, a implementar este tipo de formación sin éxito, recuerdan.

La objeción colectiva es ilegal

Con todo, la ley reconoce el derecho de los médicos a la objeción de conciencia, pero también establece que debe “manifestarse anticipadamente y por escrito” precisamente para que “el acceso y la calidad asistencial de la prestación no puedan resultar menoscabadas” por su ejercicio. Es decir, es un derecho individual, recuerda Aintzane Márquez, abogada de Women's Link, organización que lleva el caso de la mujer murciana: “En muchos casos se está haciendo una objeción de conciencia institucional que en realidad es ilegal. Existen direcciones de hospitales y jefes de servicio de ginecología que imponen que no se practiquen abortos, lo que es un mal ejercicio de este derecho”, explica.

Tampoco existen datos públicos sobre cuántos objetores hay ni las Administraciones suelen recabar la información para ver qué grado de objeción existe y con qué número de profesionales se puede contar. Aldavert denuncia una “evidente falta de voluntad política” para reorganizar los servicios, y en parte cree que tiene que ver con cómo se plasma en la ley la objeción de conciencia. “No está bien articulada, se estableció que un centro entero no podía objetar, pero no hay un registro, no se puede hacer un seguimiento ni se tiene conocimiento de los datos de forma transparente”, señala.

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, se ha referido a este asunto en una rueda de prensa este miércoles. “El acceso a la calidad asistencial no puede resultar menoscabado por el derecho a la objeción. No tiene pinta de que esto sea buena praxis”, ha dicho al ser preguntada por el caso del Hospital Clínico San Carlos.

El Ministerio de Igualdad, que está inmerso en el proceso de reforma de la norma, tiene entre sus prioridades la regulación de este derecho reconocido, y entre las posibilidades baraja hacerlo al estilo de la recién aprobada Ley de Eutanasia, que obliga a las administraciones a crear un registro de profesionales objetores para que se “pueda garantizar una adecuada gestión de la prestación”, es decir, a efectos de organización sanitaria.

Una reforma integral

La actualización de la ley que pretende culminar el departamento dirigido por Irene Montero aspira a ser integral y a tocar diferentes puntos, un momento “idóneo”, cree Aldavert, “para hilar fino”: “Cuando hablamos de aborto creo que no se puede hablar de 'se tienen que hacer aquí o allí' y todos de una misma manera. Tenemos el cuadro pintado porque tenemos una ley de las más progresistas del mundo, y aunque habría que cambiar muchas cosas y hay muchos obstáculos, tenemos abortos de calidad demostrada, así que ahora toca pararse detalladamente a ver qué no está funcionando. Tampoco se puede obligar a los médicos a hacer cosas que no quieren hacer, porque eso lo van a sufrir las mujeres”.

Desde ACAI insisten en que la formación es clave para que el aborto se articule en la red sanitaria pública y temen que, como ya propusiera el Ministerio de Sanidad en un decreto que sacó a consulta pública hace unos meses y después retiró tras la polémica, se imponga solo un tipo de método, el farmacológico, “porque exige menor implicación del médico”, dice García. La presidenta de la asociación, con más de 30 años de experiencia en la clínica Ginegranada, demanda una formación integral “de calidad” para los profesionales que abarque ambas técnicas –farmacológica e instrumental– con el objetivo de que las mujeres “puedan decidir”.

En lo que coinciden todas las expertas es en que aún permanecen obstáculos que provocan “que el aborto no sea un derecho garantizado al 100% en nuestro país”, añade Márquez, debido a la “falta de implicación de las administraciones”. Y entre las primeras barreras se encuentra la falta de información clara. De hecho, debido a la opacidad institucional es casi imposible hacer una radiografía exacta de lo que ocurre: “El sistema es un entramado complejo porque hay una dejadez muy fuerte a nivel institucional y porque el aborto está escondido e invisibilizado. Si esto fueran operaciones de corazón estaríamos saliendo cada día en los periódicos”, concluye Aldavert.

¿Conoces algún caso de mujeres a las que no se les haya permitido interrumpir su embarazo en la sanidad pública? ¿Tienes algún testimonio que compartir? Nos lo puedes contar enviando un correo a pistas@eldiario.es.