El Constitucional tumba la norma que prohíbe matar a los toros en las corridas de Baleares
El Tribunal Constitucional ha anulado parcialmente la ley balear que estableció en 2015 las corridas de toros sin muerte. Con esta decisión, los festejos taurinos en las Islas Baleares deberán terminar matando al animal al devolver la situación legal al estado anterior a esta norma sobre bienestar animal.
El fallo, adelantado por El Diario de Mallorca, ha generado mucha discusión en el tribunal lo que ha derivado en cuatro votos particulares: uno de Cándido Conde Pumpido, otro de Juan Antonio Xiol y un tercero firmado por dos magistrados María Luisa Balaguer y Fernando Valdés. La decisión se tomó la semana pasada y se alargó durante varios plenos, según cuentan fuentes del Constitucional. La argumentación fundamental se basa en la idea de que cualquier elemento que desvirtúe las corridas al uso más tradicional se considera fuera de la Constitución, explican las mismas fuentes.
Esta regulación había sido recurrida in extremis por el Gobierno de Mariano Rajoy lo que, al ser admitida, detuvo su aplicación. El argumento principal del Ejecutivo, al igual que en el caso de la prohibición de corridas en Catalunya, residía en las competencias para regular. La tauromaquia fue declarada patrimonio cultural por ley en el Congreso de los Diputados en 2013.
La ley de las Baleares se estaba aplicando ya que la suspensión cautelar desapareció al no aportar el Gobierno, pasados cinco meses tras el recurso, documentos o razones que justificaran el mantenimiento de la suspensión más allá de ese plazo inicial. Pero las deliberaciones de fondo siguieron su curso hasta dar ahora este resultado.
La tradición taurina en las Islas Baleares se expresa con números exiguos: en 2016 se celebraron dos corridas de toros y otros cinco festejos entre rejoneo, festivales y novilladas, según la Estadística de Asuntos Taurinos del Ministerio de Cultura. Desde 2010 hasta el año pasado, 13 corridas de toros en total. A menos de dos por año