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Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

La Fiscalía ha retirado la acusación contra el padre Román sin que hayan cambiado las pruebas

El caso Romanones ha quedado visto para sentencia con una sorpresa final: la retirada de la acusación contra el padre Román por parte del fiscal del caso, Francisco Hernández. Durante una hora, el fiscal justificó su cambio de postura –al principio le pedía 9 años de cárcel, 50.000 euros de indemnización y alejamiento de 100 metros–. Lo basó en las “contradicciones” y “ambigüedades” tanto del relato de Daniel como el del resto de testigos. En opinión de Hernández, y en un giro de la postura de la Fiscalía –que la noche anterior no había dado su ok al fiscal para seguir este nuevo camino– sin pruebas “contundentes”, no se puede condenar al padre Román. 

Sin embargo, y como se puede confirmar con la lectura de las 1.600 páginas del sumario, tras una investigación de más de un año a cargo del juez instructor, Antonio Moreno, y la Policía científica –que apuntó a un posible testimonio “deshonesto del padre Román en el juicio– las pruebas no han variado, pero la posición del fiscal sí. 

Solo ha habido una novedad relevante en el juicio: los tres magistrados que ahora tendrán que dictar sentencia en la Audiencia Provincial de Granada aceptaron como prueba el expediente canónico, una suerte de sumario paralelo, elaborado por la Congregación para la Doctrina de la Fe y el Arzobispado de Granada. El propio prelado admitió en el juicio que la acusación es verosímil, lo mismo que ese texto canónico añadido durante el juicio como prueba. Esa es la novedad en este juicio y favorece a la víctima, no al padre Román.

Ese informe eclesiástico define al clan de los Romanones como “un grupo muy compacto y cerrado” y admite que algunos de esos sacerdotes “habrían sido víctimas” de abusos por parte del clan y, con el tiempo, ellos mismos se habrían convertido “en cómplices, en mayor o menor grado”.

El resto de supuestas “contradicciones” y “ambigüedades” declaradas por Francisco Hernández son las mismas que estaban en la instrucción, donde estaban las pruebas y los testimonios que durante dos semanas se han escuchado en sede judicial. 

Las tres justificaciones para retirarse

Para la Fiscalía, además de las “contradicciones”, existen tres cuestiones tras las que, en su opinión, no se han conseguido probar los abusos. En primer lugar, el hecho de que, en el primero de los tres interrogatorios y en la carta al Papa Francisco, la víctima denunciante, Daniel no hubiera explicitado la penetración anal por parte de Román.

La segunda, que el joven no hubiera sabido concretar el tamaño de las pigmentaciones en la piel del pene del padre Román, y que en una de sus declaraciones asegurara que el párroco estaba circuncidado, lo cual, según han confirmado los peritos, no es cierto.

Finalmente, las posibles “implicaciones” del Opus Dei a la hora de animar al denunciante, algo que el fiscal ha sugerido al término de su intervención final.

En realidad, todas estas aristas aparecen en el sumario que llevó a padre Román al banquillo, y que exoneró al resto de miembros del clan de los Romanones por la prescripción de sus delitos, que consideraba “indiciariamente probados”, en palabras del juez instructor.

También aparecen en el sumario y se explicitó en el juicio que los informes de la Policía Nacional concluyeron que “el testimonio prestado por Román M. V., en lo relacionado con los presuntos hechos delictivos que se investigan, es altamente compatible con un testimonio deshonesto”.

Tampoco son novedad para el cambio de postura de la Fiscalía las declaraciones del padre Román, o la esperada declaración de Daniel. Algo que ha sido denunciado por el abogado de la asociación Prodeni, Juan Pedro Oliver, quien ha lamentado la “doble victimización” del denunciante. Tampoco resultaron novedosas las declaraciones de los otros inicialmente implicados, ni de los testigos de la acusación, más allá que para que se dieran en sede judicial.

Sea como fuere, el “caso Romanones” queda visto para sentencia. Distintas fuentes han recalcado que, aunque la retirada de la Fiscalía no es habitual, en los casos de abusos a menores la verdadera carga de la prueba reside en la veracidad que los magistrados otorguen a los testimonios tanto de la víctima como del acusado. La solución, a la espera de siguientes recursos, se espera en las próximas semanas.