La “carrera de pillos” en la que la Iglesia siempre gana

Las inmatriculaciones son una “carrera de pillos”. El primero que registra un pedazo de tierra que hasta ahora no era de nadie, gana. El que llega segundo al despacho del registrador tiene que demostrar que el primero se equivoca. Esos términos usa el catedrático de Derecho Público de la Universidad Pública de Navarra, Alejandro Torres, cuando explica cómo la Iglesia católica ha sido la más rápida, durante años, en el maratón de las inmatriculaciones. Y también, la más silenciosa.

Si no fuera porque en el año 2007 un investigador navarro, revolviendo en la historia de su pueblo, se topó con que el terreno en el que se levantaba su parroquia estaba inscrito a nombre de su respectivo arzobispado, no se habría levantado la liebre. “Pura casualidad”, recalca Pascual Larunbe, portavoz de la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro, creada a raíz de ese hallazgo.

“Al solicitar un par de notas simples, nos dimos cuenta de que era un asunto muy grave. Es lo que nosotros llamamos un escándalo monumental”, recuerda Larunbe. Ermitas, iglesias, catedrales, basílicas, locales parroquiales pero también casas, atrios, cementerios, frontones, viñas, pastizales, prados, garajes... inscritos a nombre del Arzobispado de Pamplona y Tudela.

La única ocasión en la que se ha conseguido un listado de bienes inmuebles inmatriculados por la Iglesia sucedió en Navarra en el año 2008. El grupo Izquierda-Ezkerra solicitó esa información a la presidenta del Parlamento autonómico, Elena Torres (PSOE). Ella cursó la petición al Ministerio de Justicia, presidido en ese momento por Mariano Fernández Bermejo (PSOE). Justicia trasladó el requerimiento a los registros de la propiedad correspondientes y, en cuatro meses, se obtuvo la respuesta: 1.087 bienes inmatriculados entre 1998 y 2007, de los cuales, un 80% son lugares de culto. No obstante, la información quedó incompleta, pues el Registro de la Propiedad número 3 de Pamplona se negó a proporcionarla.

El 'making of' de Navarra

“Si cada comunidad autónoma hiciera lo propio –propone Pascual Larunbe–, sabríamos de cuántos bienes estamos hablando en todo el Estado”. Y se atreve a un cálculo, grosso modo: “Si en Navarra sólo conocemos 1.000 a partir de 1998, échale al menos otros 1.000 por las casas parroquiales de los más de 600 concejos navarros que puedan haber sido inmatriculados antes de ese año. Ahora multiplica 2.000 por las 50 provincias españolas, por decir algo. En todo el Estado deben de ser miles y miles, y económicamente no se puede valorar porque a la casa del cura le puedes poner un precio pero no a una catedral”.

“Estamos reivindicando bienes públicos”, añade. “A los ciudadanos les interesa saber qué está pasando con las ermitas y las casas de sus pueblos porque son ellos los que las han pagado”. El patrimonio que la Iglesia está registrando a su nombre va desde la ermita de Santa Engracia en el pueblo zaragozano San Mateo de Gállego hasta la Mezquita-Catedral de Córdoba; desde las 29 fincas de pastos, viñas y olivares del pueblo navarro de Eslava hasta la mismísima catedral gótica de Tudela.

Pero la propuesta de Pascual Larunbe no está funcionando y la vía política se ha bloqueado con el Gobierno del PP. “Nosotros hicimos un calco del sistema navarro”, admite Jorge A. García, presidente de la asociación aragonesa Movimiento Hacia un Estado Laico (MHUEL). Ni las Cortes de Aragón ni la Mesa del Congreso de los Diputados pudieron cursar las peticiones de la Chunta Aragonesista.

Primero, el Ministerio de Justicia se declaró no competente y después aseguró que la responsabilidad de la publicidad de los datos es de los registradores. De postre, criticó que la manera en la que se obtuvo el listado navarro no era “el procedimiento propio” y que prueba de ello era que uno de los registradores se negara.

Tras la pista del IBI

De oca a oca, MHUEL se dirigió al Registro de la Propiedad. “Nos dijeron que carecemos de legitimación para pedir esa documentación” explica García. “Son contestaciones que hacen ruborizar”, opina el portavoz de esta asociación en defensa del laicismo, cuyo objetivo ahora es “la concienciación” de cada ayuntamiento. “Con el tema de la exención del IBI se pueden detectar inmatriculaciones, pero tienen que ser los ayuntamientos los que saquen esa información si tienen voluntad política de hacerlo”. Izquierda Unida y Chunta Aragonesista pidieron al Ayuntamiento de Zaragoza que lo hiciera, pero con la negativa del PP y la abstención del PSOE, la moción no salió adelante.

En Valencia, un tercer caso. La coalición Compromís registró dos proposiciones no de ley en las Cortes Valencianas. En la primera de ellas afirmaba que “algunos de estos bienes (casas y tierras) están siendo vendidos por el Arzobispado, obteniendo unos cuantiosos beneficios”, por lo que la diputada Mònica Oltra instaba a la Generalitat a que consiguiera a través del Ministerio de Justicia un listado de inmatriculaciones realizadas por el Arzobispado de Valencia.

Un portavoz de Compromís recuerda que “la Mesa de Las Cortes, con mayoría del PP, la inadmitió por ser ofensiva con la Iglesia”. “Hay que destacar –añade– que Juan Cotino, muy vinculado a la Iglesia católica, es el presidente de Les Corts y de la Mesa”.

La Diócesis de Valencia ha inmatriculado, al menos, las ermitas de la Muntanyeta (Alberic) y la de la Virgen del Lluch (Alzira), además de la Fortaleza de Xàbia, “una torre defensiva mantenida y reformada por los ciudadanos con fondos públicos municipales”, recalca la proposición. En la segunda de ellas se pedía que la Dirección General de Patrimonio tomara la iniciativa de inmatricular para “conservar el patrimonio valenciano en poder del pueblo”.

eldiario.es ha preguntado al gabinete de prensa del Ministerio de Justicia por qué esta cartera no proporciona o facilita el acceso a la información sobre inmatriculaciones y su respuesta es la misma que en la vía política: diríjanse al departamento de prensa del Colegio de Registradores.

Desde el Colegio aclaran que “cada registrador tiene la facultad de elegir si proporciona o no esta información”. Al ser “jurisdiccional”, unos pueden pensar “que prevalece el derecho a la información sobre la protección de datos, o no. Esa independencia explica que la registradora del número 3 de Pamplona denegara la información al Ministerio de Justicia, una decisión que, según Pascual Larunbe, podría tener que ver con que se trata de “una conocida miembro del Opus”. “Ya está bien que una registradora incumpla su deber profesional de proporcionar una documentación que es pública y ha sido solicitada en toda regla”, se queja.

“El Registro de la Propiedad es independiente de la política”, explica una portavoz del Colegio, “actúa con criterios de su jurisdicción y no con criterios políticos”. Preguntados por si en el hipotético caso de recibir una orden del Ministerio de Justicia podría el Colegio de Registradores recabar de todos los registros de España las inmatriculaciones de la Iglesia católica en el conjunto del Estado español, la respuesta es sí, el Colegio podría hacerlo.

Perder el juicio

Ser el más rápido en “la carrera de pillos” no asegura la victoria. Xabier Iltzarbe cuenta con “bastante rabia y desilusión” la historia de la ermita de su pueblo, Garísoain (Navarra), del cual él es el alcalde. Alertado, Iltzarbe comprobó que la ermita de Nuestra Señora del Pilar no estaba inmatriculada, así que la inscribió a nombre del concejo de su pueblo. Al darse cuenta el obispo, demandó al municipio reclamando la propiedad de la ermita. El juicio, en los Juzgados de Primera Instancia de Estella-Lizarra, se celebró en 2011 y lo perdió el Arzobispado. Pero no contento con el resultado, lo recurrió en la Audiencia Provincial. La apelación cambió el sentido de la sentencia y concedió a la Iglesia la titularidad de la ermita. La prueba decisiva fue la aportación de un título de propiedad a nombre de la Diócesis sobre el terreno que la circunda.

“Somos un pueblo pequeño –relata Iltzarbe–, y ahora tenemos que pagar las costas del juicio, pero no tenemos dinero porque ya estamos pagando un crédito que pedimos para hacer un frontón”. La paradoja llega a la hora de buscar financiación para pagar las costas judiciales: “Le hemos ofrecido al obispo un trato para vender un terreno urbanizable que tenemos a medias la Diócesis y el Ayuntamiento y, si lo vendemos, sacaríamos de ahí el dinero para pagar el juicio que hemos perdido contra ellos”.

En opinión del alcalde, este ha sido “un juicio político” que no pensaban que iban a perder. “En Navarra, tanto la Iglesia como el Opus tienen mucho poder” y, “si se da batalla, es de ciudadanos de a pie, de concejos, pero no de la élite, que sigue siendo muy derechona”.

Diez años para reclamar

Mejor acabó el juicio del obispo de Lugo, Alfonso Carrasco Rouco, sobrino del expresidente de la Conferencia Episcopal, contra 53 vecinos de la aldea de Ribadulla (A Coruña) que inmatricularon un campo. El denominado “campo da festa” o “campo do cruceiro” es un terreno rústico que la Diócesis quería vender junto a una casa parroquial. Pero los vecinos fueron más rápidos. El juez de Arzúa los absolvió.

Pero esta batalla, explican los que la libran, no puede ser de los David contra el gran Goliat. Carmen Urriza, de la Plataforma Navarra, reclama que sin un inventario general “no sabemos de lo que estamos hablando” y que, aunque en Navarra el tiempo para reclamar una inmatriculación es de 20 años, en el resto del país es sólo de 10. Para la Mezquita de Córdoba, por ejemplo, el plazo se cumple en 2016.

“Las inmatriculaciones son inconstitucionales”

Gracias al art. 206 de la Ley Hipotecaria y al art. 304 del Reglamento Hipotecario, los obispos quedan equiparados a otros funcionarios públicos de las diferentes administraciones a la hora de certificar que un bien es suyo, con el objetivo de inmatricularlo.

Inmatricular significa inscribir un bien inmueble, por primera vez, en el Registro de la Propiedad. Y aunque es cierto que la inmatriculación no da automáticamente la propiedad del bien, a la larga sí la otorga si nadie la cuestiona.

Sólo un funcionario público a cuyo cargo esté la Administración del Estado, la provincia o el municipio puede emitir certificaciones de dominio. Pero el art. 304 del Reglamento Hipotecario recoge que, cuando los bienes son de la Iglesia católica, el diocesano –obispo o arzobispo– puede hacerlo también. Por eso las diócesis están inmatriculando sin freno, incluyendo templos gracias a la reforma hipotecaria que hizo el Gobierno de Aznar en 1998. Hasta esa fecha, los templos no eran susceptibles de ser inscritos en el Registro de la Propiedad.

Para el catedrático Alejandro Torres, los citados artículos de la Ley Hipotecaria de 1966 son inconstitucionales, pues van en contra del principio de laicidad del Estado. “Si ninguna confesión tendrá carácter estatal”, el profesor Torres se pregunta “¿cómo es que los obispos pueden emitir unos certificados de dominio que les equipara a los notarios?”.

Según estos expertos, los artículos que respaldan esta masiva campaña de inmatriculaciones son inconstitucionales porque van no sólo contra el principio de laicidad del Estado, sino también contra el de igualdad, pues concede a la Iglesia un privilegio que no tienen las demás confesiones.