Este miércoles se cumple un año desde que Samba Martine visitara el servicio médico del CIE de Aluche por última vez. Con fuertes dolores, Samba fue llevada al servicio médico del centro en el que estaba internada al mediodía. A las 13.00 horas la ingresaron en el hospital madrileño 12 de Octubre. Murió alrededor de las 19.30 horas, debido a una criptococosis, una infección producida por hongos que se da en personas con las defensas muy bajas. Era seropositiva.
Martine llegó a Melilla en agosto de 2011. Era de la República Democrática del Congo. Nada más pisar territorio español, entró en el CETI (Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes). Estuvo allí tres meses, hasta el 12 de noviembre, cuando, por sobreocupación del CETI, la trasladaron al CIE (Centro de Internamiento de Extranjeros) de Aluche, en Madrid, con la intención de expulsarla del país. Permaneció interna en el CIE, lugar en el que la veían como un número, el 3106, poco más de un mes. Murió el 19 de diciembre tras visitar el servicio médico del centro en doce ocasiones aquejada de diferentes síntomas y no recibir el tratamiento adecuado.
Hace apenas tres meses, el Juzgado de Instrucción número 38 de Madrid decretó el sobreseimiento y archivo de la denuncia de la familia de Samba Martine y la acusación popular, la asociación Ferrocarril Clandestino y SOS Racismo, por negligencia en la muerte de Martine. El auto asegura que los errores de diagnóstico “no son tipificables como infracción penal salvo que constituyan una equivocación inexcusable” y en este caso, afirma el juez, la enfermedad de Martine hacía que resultara “irrelevante” la diagnosis de la criptococosis. “El grado de afectación era tal, que el tratamiento antifúngico hubiera resultado irrelevante para el desenlace final”, recoge.
En el archivo de la causa, el juez excusa a los servicios médicos del CIE de Aluche ya que estos no sabían que fuera portadora de VIH. “No lo conocían porque no constaba en la historia médica, porque no existían elementos que hiciesen pensar que padecía tal enfermedad”, señala. Y no se queda ahí, sino que además argumenta que “la Constitución no obliga a los ciudadanos extranjeros que provienen de determinados países a efectuarse un obligatorio análisis de determinadas enfermedades infectocontagiosas”.
Pero lo cierto es que sí debían saberlo. Aunque entonces la familia y la acusación popular no tenían constancia de ello, hace unas semanas, poco después de presentar el recurso ante la Audiencia Provincial por el sobreseimiento y el archivo, ambos descubrieron que en el CETI de Melilla sí sabían que Samba Martine era seropositiva. “Sabemos que tenían conocimiento de ello porque hemos tenido acceso a las analíticas del CETI”, explica Nino, abogado de Ferrocarril Clandestino, para añadir que “por tanto, el CIE de Aluche debería haberlo sabido si existiera una buena coordinación entre ambos centros”. “No podemos afirmar de forma tajante que si lo hubieran sabido Samba estaría viva, pero seguro que el tratamiento habría sido el adecuado y se habrían paliado los resultados”, dice.
Ahora, ambas acusaciones están a la espera de saber si en Madrid conocían o no la enfermedad de Martine cuando la encerraron en Aluche. No obstante, cuentan con informes médicos que todavía avalan su denuncia. “Tenemos dos informes que defienden que ante los síntomas mostrados por Samba, lo correcto habría sido trasladarla a un hospital para realizarle un análisis”, apunta el abogado.
Además del recurso ante la Audiencia Provincial, la familia prepara una reclamación patrimonial frente al Estado por la vía contencioso-administrativa ante el “mal funcionamiento del CIE y la peor coordinación con el CETI”.
Los CIE, ¿cárceles?
Pocos días después de la muerte de Samba Martine, el 6 de enero de 2012, Idrisa Diallo fallecía en el CIE de Zona Franca de Barcelona. Ambas muertes explotaron definitivamente la burbuja que hacía invisibles estos centros a ojos de buena parte de la población.
Aunque a nivel legal los CIE no son cárceles, distintos informes del Defensor del Pueblo, el último, de la Defensora en el año 2011, resaltan su “carácter penitenciario”. En ellos se internan personas cuyo único delito es encontrarse en España en situación irregular, sin papeles. En dicho informe, la Defensora del Pueblo recuerda que el Tribunal Constitucional estableció que la medida de internamiento no debe aplicarse solo porque se haya decretado la expulsión de una persona, sino que deben aducirse motivos de seguridad u orden público. Pese a todo, concluye la Defensora, “se puede decir que esa doctrina del tribunal no ha sido aplicada con la debidad claridad por parte de los distintos organismos con competencias en el internamiento de extranjeros”.
La Defensora del Pueblo denuncia además que en los CIE “se ha identificado una acusada tendencia a priorizar las medidas de seguridad y control policial de los centros en detrimento de las condiciones de vida de los internos y del mantenimiento de sus derechos no afectados por la privación de libertad deambulatoria”.
De hecho, tras la muerte de Samba Martine, el Juzgado de Instrucción número 6 de Madrid, en funciones de control del CIE de Aluche, emitió unas órdenes al director del centro en las que le reclamaba una mejora de las condiciones del lugar. El juez, Ramiro García de Dios, había constatado “el palmario hacinamiento existente en el CIE, donde no existen habitaciones individuales ni dobles ni triples, tan siquiera, sino que mayoritariamente existen habitaciones absolutamente inapropiadas, en cuyas habitaciones, incluso, se carece de cuarto de aseo”. “No resulta por tanto extraño que enfermedades infecciosas como cierto tipo de meningitis -los servicios médicos del CIE pensaban en un principio que Martine tenía meningitis- se puedan propagar con extrema y alta facilidad”. Asimismo, denunciaba que “ni tan siquiera existe una habitación de enfermaría, donde los internos enfermos pudieran estar aislados de los sanos”.
eldiario.es se ha puesto en contacto con el CIE de Aluche y con el Ministerio de Interior para averiguar si el centro había hecho caso a las órdenes del juez. No han querido contestar.
El futuro de los CIE
Cristina Manzanedo pertenece al Centro Pueblos Unidos, que pertenece al colectivo Que el derecho no se detenga a la puerta de los CIE, lleva varios años trabajando con migrantes y ha realizado diferentes informes sobre los Centros de Internamiento de Extranjeros. En 2011 publicaron uno titulado Miradas tras las rejas. Informe de Pueblos Unidos sobre el CIE de Aluche en 2011. En él, plantearon tres peticiones al Gobierno para modificar los CIE en 2012. Pedían: “Adecuación de la práctica administrativa al marco legal sancionador; elaboración urgente de un reglamento de los CIE; mejora de las condiciones de internamiento en el CIE de Aluche”.
En opinión de Manzanedo, a estas alturas solo se ha cumplido, y en parte, la elaboración de un reglamento, aunque lo valoran “muy negativamente”. Consideran que no es suficiente.
Con este nuevo reglamento, Interior, que según Manzanedo apenas modifica lo que había con el anterior Gobierno socialista, quiere acabar con los CIE. Al menos con esa denominación, ya que ahora pasarán a llamarse Centros de Estancia Controlada de Extranjería (CECE). “Es algo improcedente. Entenderíamos el cambio de nombre si realmente hubiese un cambio de modelo, pero todo lo que han hecho ha sido para reforzar las medidas de seguridad, no para respetar los derechos de las personas”.
La asociación Ferrocarril Clandestino publicó este martes un vídeo en el que reclama Justicia para Samba.
+ Modelo de gestión: permanece intacto. Todo depende del Ministerio del Interior y este además puede subcontratar iniciativa privada para la gestión médica, social y de seguridad de los centros. La titularidad de todos los CIE continúa siendo de la policía. El director siempre es un policía.
+ Retrocesos en varios aspectos: de la visita diaria se pasa a dos visitas semanales, excepto en el caso de cónyuges o hijos menores de edad. Retroceso también en la entrada sociales a los CIE. Normalmente pueden entrar, pero ahora quieren restringir sus visitas. Ya solo podrán asistir si una de las personas internas lo solicita, y si lo hace, tendrán que solicitar una autorización explicando el motivo.
+ Empeora la fórmula de quejas. En algunos CIE las reclamaciones pueden entregarse directamente a los juzgados, sin intermediarios. Ahora, si una persona quiere quejarse a un juez del director, tendrá que presentar dicha reclamación al propio director antes de que llegue a un juzgado.
+ Permite que los funcionarios de los centros de internamiento puedan restringir las visitas y realizar registros hasta el punto de desnudar a una persona “por motivos de control y seguridad”. El colectivo considera que dicha afirmación no se trata de un concepto jurídico y deja lugar a un sinfín de interpretaciones.
+ No se desarrolla el derecho a información dentro de los centros. Uno de los mayores problemas que existen es que la gran mayoría de las personas internas desconocen por qué lo están. Tampoco se incluye la notificación de expulsión con el tiempo suficiente para que pueda avisar a su familia, abogados, etc.