El BOE ha publicado la orden ministerial que desarrolla las condiciones en las que se permitirá salir a la calle a partir de este sábado día 2. Los mayores de 14 años podrán dar paseos una vez al día con un acompañante y en un radio de un kilómetro, sin limitación de tiempo, como ya anunció el jueves por la tarde el ministro de Sanidad, Salvador Illa. Quien quiera hacer deporte tendrá que hacerlo de forma individual una única vez al día, y tampoco tendrá un límite de tiempo, siempre que sea dentro del municipio y de las franjas horarias estipuladas.
En la medida de lo posible, los paseos y la actividad física deberán realizarse de manera continuada “evitando paradas innecesarias en las vías o espacios de uso público”. Está prohibido coger vehículos motorizados o transporte público para desplazarse a otros lugares en los que practicar deporte. Por lo demás, se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes que estén autorizadas, siempre que se respeten los límites de distancia. No estará permitido el acceso a instalaciones deportivas cerradas para la práctica de estas actividades.
El texto que se publica este viernes en el BOE, vigente hasta el final del estado de alarma, recoge que los residentes en centros sociosanitarios de mayores no podrán salir a practicar actividad física por tratarse de unos de los colectivos más vulnerables.
El plan está condicionado a horarios, como adelantó Illa: para el ejercicio y paseos, se podrán hacer entre las 6.00 y 10.00 de la mañana o de 20.00 y 23.00 horas. Quienes tengan que salir asistidos por un cuidador, tendrán que hacerlo de 10.00 a 12.00 o de 19.00 a 20.00. Es la misma franja que se reserva para los mayores de 70 años tanto para hacer deporte como para pasear. Los paseos con los niños quedan limitados desde las 12.00 a las 19.00 horas, y se mantiene el límite de una hora como máximo.
Una persona puede salir para realizar deporte o pasear en la franja que le corresponda y también acudir ese mismo día con los menores en su horario de paseo, según consta en el BOE y ha confirmado después Fernando Simón, responsable del Centro de Alertas y Emergencias Sanitarias. Ocurre lo mismo con las compras en el supermercado o las farmacias, por ejemplo: estos desplazamientos para hacer ejercicio o pasear “se entienden sin perjuicio de los permitidos con carácter general” en el decreto inicial sobre el estado de alarma.
Habrá dos excepciones en las que no se aplicarán las franjas horarias: en los municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes (el horario será entre las 6:00 horas y las 23:00 horas) y en los casos en los que por razones médicas “debidamente acreditadas” y “motivos de conciliación justificados” se deba hacer a otras horas.
Para posibilitar que se mantenga la distancia de seguridad, las entidades locales facilitarán el reparto del espacio público “a favor de los que caminan y de los que van en bicicleta, en ese orden de prioridad”.
Por otro lado, aunque la práctica no profesional de deporte debe ser individual, habrá una excepción para las personas que “por necesidad tengan que salir acompañadas” y podrán hacerlo por “una persona conviviente, una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual”.
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