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“El Gobierno improvisa porque España no tiene un marco normativo para afrontar crisis biológicas”

El Gobierno improvisa en su gestión de la crisis del ébola porque “España carece de un cuerpo normativo completo y eficaz para afrontar las crisis biológicas”. Así lo explica Emilio José Armaza, investigador postdoctoral de la cátedra de Derecho y Genoma Humano de las universidades de Deusto y el País Vasco. “La Administración de turno toma las decisiones políticas que cree adecuadas en cada momento, improvisando sobre la marcha”, remarca. Por ejemplo, creando una comisión para gestionar la crisis pasados cinco días después de que estalle.

Una referencia normativa también habría evitado que el Gobierno decidiera por su cuenta y riesgo repatriar a los misioneros infectados, porque se habría limitado a cumplir lo que la ley previera. Armazas, que trabaja como asesor del Consorcio Europeo EDEN (End-user driven Demo for Chemical, Biological, Radiological and Explosive), advierte de que las consecuencias de que no exista este marco legislativo específico aún pueden tener más consecuencias. “Es cierto que las normas al final las interpreta alguien, pero también establecen límites de actuación”.

¿Estamos ante una crisis biológica o con un solo caso aún no?

En efecto, estamos ante una crisis biológica, o al menos en el inicio de una crisis que, según cómo la gestionemos, podría llegar a ser muy grande.

¿Tiene España la regulación apropiada para afrontar este tipo de emergencias sanitarias?

No. España carece de un cuerpo normativo completo y eficaz para afrontar las crisis biológicas. A lo largo de todo el ordenamiento jurídico español tenemos artículos muy específicos incrustados en leyes más amplias que tratan otro tipo de cuestiones. Y dentro de estos documentos se han incorporado algunos preceptos que tratan de forma residual este tema. Pero son aspectos mínimos. Por ejemplo, tenemos documentos que regulan la producción y liberación voluntaria de organismos modificados genéticamente. O el Código Penal cuenta con una serie de artículos que sancionan la producción y uso de armas biológicas, pero ninguno de estos textos sirve para enfrentar de forma eficaz las crisis biológicas.

¿Qué consecuencias tiene que no exista un marco normativo específico?

Ahora se están tomando las decisiones políticas que la Administración cree adecuadas. Estamos actuando conforme a los protocolos de seguridad de los que disponemos, pero sin un plan nacional de gestión o respuesta frente a este tipo de crisis. Desde mi punto de vista, por ejemplo, fue un error traer a las personas enfermas. Primero debió determinarse si somos o no capaces de tratar a personas con ébola en España garantizando la seguridad de la población –parece ser que a nivel técnico no tenemos las instalaciones necesarias–, entre otras cuestiones.

¿Debería estar legislado?

Por supuesto. Las leyes siempre son interpretadas por alguien, pero también establecen límites de actuación. Si la norma marca los límites, la Administración puede actuar pero no sobrepasarlos. Como no tenemos un marco legal completo, no podemos exigir a la Administración que actúe conforme al marco legal. Entonces actúan según su criterio, improvisando sobre la marcha, según lo que creen que es adecuado.

¿Como, por ejemplo, crear una comisión del Gobierno cinco días después de que se contagie la enfermera?

Debería haberse hecho días antes. Esto debería haberlo previsto ese cuerpo normativo que, como digo, no tenemos: cuando haya una crisis se creará un comité que velará por la correcta gestión de la misma. Pero como no tenemos una regulación específica de esta cuestión, cada uno opinaba una cosa distinta. Que la coordine la ministra de Sanidad. O el presidente. O la vicepresidenta. Al final se ha creado, pero por inercia, no porque estuviera previsto; debería haberse hecho enseguida.

¿Qué consecuencias imprevistas podemos encontrarnos para las que no haya respuesta?

Ya se han dado casos de personal biosanitario que ha manifestado que no quiere ir a su centro de trabajo por miedo a contraer la enfermedad. Es una realidad. De momento no nos llama la atención porque sólo hay un caso confirmado y la alarma social no se ha extendido. Pero si el número de enfermos se incrementase, es previsible que muchos profesionales de la salud se negaran a ir al puesto de trabajo por miedo a poner en riesgo su propia vida. Es plenamente comprensible, si se comprueba que no tenemos la capacidad de ofrecerles un puesto de trabajo seguro. No se les podría exigir desde un plano ético que arriesgaran su vida y la de la colectividad para atender a los enfermos.

Es importante resaltar que el Código Penal (artículo 196) sanciona al profesional que deniega asistencia sanitaria o abandona los servicios sanitarios. Pero el propio Código establece una excepción a dicha incriminación en el caso de que el sujeto ponga en riesgo su propia vida. Entonces no se les puede exigir ni penalmente ni moralmente. Podríamos incluso llegar al supuesto extremo de que no tuviéramos suficiente personal sanitario para atender a los enfermos de una crisis biológica mucho mayor que esta. Y nos conduciría a una catástrofe sin precedentes.

¿Qué solución tendría esto?

Deberían desarrollarse políticas legislativas que traten aspectos como la formación técnica de los médicos, que aprendan a utilizar los instrumentos, ponerse los trajes, qué conductas son de riesgo y cuáles no; parece que no les estaban dando la formación adecuada. Se podría trabajar también con incentivos económicos a los médicos que asuman el riesgo añadido de tratar a un enfermo de ébola (por la excepcionalidad y el enorme riesgo que supone este puesto de trabajo), y una tercera vía en la que se podría incidir es en la estructuración de mecanismos seguros, para él y su familia. Para regular todas estas vías tendrían que establecerse normas o criterios que puedan ser ajustados al caso concreto. En los contratos de los médicos, seguramente, no viene nada respecto de las obligaciones de los médicos frente a catástrofes biológicas.

¿Algún otro ejemplo hipotético que pudiera ocurrir?

No sabemos hasta qué punto la Administración, en este caso autonómica, puede reestructurar la plantilla de médicos en caso de emergencias. En el hipotético caso de que el 30% de los médicos no estén yendo al centro de trabajo por miedo a contagiarse, no sabemos hasta qué punto la Administración puede reorganizar al personal para poder cumplir las carencias en un momento determinado. Por ejemplo, si puede llevar a un neurólogo a urgencias (si éste quiere y está capacitado, claro). Habría que determinar los límites.

¿Es habitual no tener un marco legislativo?

En EEUU tienen una ley que trata de forma completa las cuestiones de bioseguridad y bioterrorismo. La aprobaron en 2002. Como todas, dicha norma tiene una serie de defectos que los especialistas ya han detectado y seguramente tendrá muchos más, pero al menos tienen una norma que permite establecer una base desde la cual las agencias de la Administración pueden empezar a actuar.

¿Se podría haber evitado lo sucedido si hubiésemos tenido un marco normativo específico?

Sí o no, eso dependería de cuán bien esté planteado. Podría haberse evitado si, por ejemplo, contemplara que los pacientes infectados con enfermedades muy contagiosas no pueden ser trasladados al país si no existen los medios para tratarlos sin poner en riesgo la salud o vida de los demás miembros de la colectividad. O que la norma estableciera que los criterios para garantizar la seguridad en las instalaciones sanitarias fueran más rigurosos. Si hubiéramos tenido un plan normativo con anterioridad, las cosas habrían estado pensadas. Mejor o peor, pero no se habrían improvisado.

¿Tenía el Gobierno la facultad de tomar la medida unilateral de traer a los misioneros pese al riesgo que comportaba?

Sí la tenía, porque no hay nada regulado. Está permitido todo lo que la ley no prohíbe, y no hay ley que lo prohíba. Otra cosa es que sea más o menos recomendable conforme al sentido común, teniendo en cuenta la importancia de velar por la salud pública. Quizá debieron pensárselo dos veces, ver si teníamos las instalaciones y otras medidas para garantizar la seguridad de los demás ciudadanos.