Tres ministros: Fátima Báñez, Ana Mato y Alberto Ruiz-Gallardón. El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce. Y representantes de otros dos ministerios. Todo un cónclave para tratar un tema espinoso: la actuación de las administraciones con los niños inmigrantes que llegan solos a España. Sin embargo, y aunque la firma del protocolo de Menores Extranjeros No Acompañados (MENAS) que se produjo este martes afecta a casi la mitad de la plana mayor del Gobierno, no se ha brindado ningún tipo de detalle sobre él, y se ha conminado a los periodistas asistentes a descubrir su contenido cuando aparezca en el Boletín Oficial del Estado.
“En él (el protocolo) se establece cómo, cuándo y quién debe actuar cuando un menor extranjero no acompañado por un adulto aparece en territorio español”, recoge el comunicado del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que presidía la reunión. Los tres interrogantes en cambio no han sido desvelados en la comparecencia. Fuentes de la cartera dirigida por Báñez aseguran que, de momento, “no pueden dar más detalles del protocolo”, que se publicará “en los próximos días” en el BOE. Tampoco pueden ofrecer datos sobre la fecha de publicación.
El acuerdo entre los ministerios de Empleo y Seguridad Social, de Justicia, de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de Asuntos Exteriores y de Interior (estos dos últimos representados por el secretario de Estado de Interior, Francisco Martínez, y el subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores, Cristóbal González Aller) aborda temas que han generado mucha controversia.
Por ejemplo, el de las pruebas de determinación de la edad que se practican a estos niños; “la orientación de la política sobre menores extranjeros no acompañados al retorno a su país de origen”; mejorar el Registro de MENAS; y las situaciones de especial vulnerabilidad en materia de protección internacional y de prevención de trata de seres humanos. Cómo se modifican estos puntos respecto al anterior protocolo MENA, de 2005, no se ha hecho público.
La fiscalía, tal y como ha expuesto Eduardo Torres-Dulce, también había pedido repetidas veces la necesidad de unos “criterios seguros de interpretación y un sistema eficaz de coordinación” para la determinación de la edad de los menores “cuya minoría de edad no quedara suficientemente acreditada”. Según el fiscal, durante los últimos tres años se han tramitado más de 6.000 expedientes a menores. En total, el Registro de MENAS contiene los nombres de 2.841 menores de edad solos en nuestro país (a 31 de diciembre de 2013).
En las normativas enunciadas por el fiscal general del Estado, como base del protocolo, no ha habido rastro del reciente acuerdo del Tribunal Supremo al respecto. El pleno del tribunal estableció el pasado viernes que no es legal someter a pruebas médicas de verificación de edad a todos los inmigrantes cuyos documentos demuestren su minoría de edad, de manera indiscriminada. Los papeles identificativos de sus países de origen les conceden una protección legal especial.
La posición del Supremo fue recibida con satisfacción por la Fundación Raíces, una organización que defiende los derechos de estos niños y adolescentes. Hace unos meses presentaron el informe Sólo por estar solo en el que denuncian “las malas prácticas” de la Administración con estos menores.
Los puntos conflictivos del protocolo
“Tenemos el temor de que el acuerdo que han firmado hoy no incluya la posición del Supremo”, apunta Lourdes Reyzábal, la presidenta de Fundación Raíces. Su miedo viene fundado por las circulares internas de la fiscalía que Torres-Dulce ha nombrado en su comparecencia (circulares 2/2006, 1/2009 e instrucción 1/2012) y que, en su opinión, contradicen lo fijado por el Supremo. Más aún, por la omisión de este último acuerdo.
“El Supremo ha dado cordura a la situación actual en la que se estaban practicando pruebas de determinación de edad a menores con pasaporte y otros documentos que acreditaban su minoría de edad”, explica. Según el artículo 35 de la ley de Extranjería, estas pruebas están previstas para los menores indocumentados, pero tanto la asociación como la Defensora del Pueblo habían denunciado que se practicaban a adolescentes con documentación.
“Las circulares de la Fiscalía habían permitido que se hiciesen estas pruebas”, recuerda la presidenta de Fundación Raíces. Ahora, según lo dispuesto por el Supremo, habrá que justificar por qué no se da por válida la documentación del país de origen. Los magistrados exponen que será necesario un “juicio de proporcionalidad y ponderar adecuadamente las razones por las que se considera que el documento no es fiable y se debe recurrir a las pruebas de determinación de edad”.
Las propias evaluaciones de edad también han sido objeto de críticas de la Defensora del Pueblo en su último informe de 2013 porque “no se ajustan a las recomendaciones efectuadas por los expertos forenses”. Desde la Fundación Raíces destacan su amplio margen de error: dos años, según los casos que han estudiado.
El nuevo protocolo “reordena el régimen y naturaleza de las pruebas médicas bajo los principios de especialización, la posibilidad de pluralidad de pruebas, y el control del Ministerio Fiscal”, ha afirmado Torres-Dulce. En qué consisten las nuevas pruebas, otro interrogante.
El retorno es un aspecto más que inquieta a Lourdes Reyzábal. “Esperamos que se tengan en cuenta las posiciones de Tribunal Constitucional, que estipuló la obligatoriedad de la asistencia letrada para las órdenes de repatriación”, dice. “No queremos que se vuelva a las repatriaciones de menores sin apoyo de abogados y sin la posibilidad de recurrir su expulsión, como ocurría años atrás”, continúa.
Del “especial cuidado” en la detección y protección de los menores extranjeros no acompañados en situaciones de riesgo, solicitantes de asilo y en riesgo de ser víctimas de trata de seres humanos Torres-Dulce asegura que se “unifican los criterios de actuación de las administraciones” y se responsabiliza de ellos a la Policía en todas las regiones.
En “los próximos días” el protocolo saldrá publicado en el BOE, del que Reyzábal espera “más asistencia letrada en todas las decisiones que afecten a los menores” y “unas pruebas de edad, cuando sean necesarias, lo más garantistas posibles con los derechos de la infancia”.