El Anteproyecto de Ley contra la Trata de Seres Humanos redactado por el Ministerio de Justicia –Igualdad tiene otro– incluye castigar con penas de prisión que van de uno a cuatro años a los clientes que paguen por mantener relaciones sexuales con víctimas obligadas por terceros a prostituirse, según el texto al que ha tenido acceso elDiario.es.
De acuerdo al borrador del departamento que dirige Pilar Llop, la Ley introduciría un cambio en el artículo 177 del Código Penal pasando este a castigar a “quien, sin haber intervenido como autor o partícipe [del delito de trata], haga uso de los servicios, prestaciones o actividades de la víctima”. A la condena de entre uno y cuatro años cárcel se sumará una inhabilitación de entre tres y seis más que afectarán al ejercicio de “profesión, oficio, industria o comercio”.
La pena se rebaja en el caso de comisión del delito en su modalidad de “imprudencia grave”, entre seis meses y dos años y medio de cárcel. La diferencia radica, según fuentes jurídicas, en que la noma establece que en el primer caso, el cliente es consciente de que la mujer está obligada a prostituirse y, en el segundo, el de la imprudencia grave, alude al hecho de que pudiendo conocerlo ha decidido ignorarlo.
El citado artículo del Código Penal recogería un tercer punto para que quede “exento de pena” aquel que “habiendo utilizado ocasionalmente los servicios, actividades o prestaciones de una víctima denunciare el hecho a la autoridad”.
De incorporarse a la redacción definitiva de la ley sería la primera vez que se castiga en España al cliente de la prostitución y no sólo al proxeneta. La propuesta devuelve a un primer plano el debate en el seno de la izquierda y el feminismo sobre la abolición de la prostitución.
Este Anteproyecto de Ley contra la Trata se suma a la propuesta del Grupo Socialista en el Congreso para endurecer el castigo a los proxenetas, que sigue en estos momentos el trámite parlamentario, y que incluye multas a los clientes de prostitución, con independencia de si la persona que cobra por los servicios sexuales está siendo obligada a ello.
El impulso de una ley contra la trata lleva tiempo coleando en el seno del Gobierno y ha pasado por distintas fases. El Ministerio de Igualdad inició los trabajos para la elaboración de una norma circunscrita a la explotación sexual. Después Unidas Podemos y el PSOE anunciaron un acuerdo para llevarla por vía parlamentaria. Sin embargo, finalmente el Ejecutivo volvió a asumir el mandato y Justicia anunció que encargaría a un comité de expertos el impulso de una ley integral. Según el departamento dirigido por Irene Montero, el texto de Igualdad fue remitido a Pilar Llop el pasado enero.
La futura Ley de Trata que prepara Justicia también prevé penalizar el “el alquiler o puesta a disposición de locales de negocio, establecimientos comerciales o de lugares de alojamiento de las víctimas” obligadas a ejercer la prostitución o cualquier otra forma de explotación. Según el borrador, los dueños de esos locales o viviendas se enfrentarían a penas de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial de hasta seis más, alberguen prostitución o cualquier otra forma de explotación.
Como ocurre con la represión de los clientes de prostitución, haber actuado con “imprudencia grave” rebaja el castigo. Por su parte, la propuesta del PSOE que admitió a trámite el Congreso el pasado junio es más dura para estos propietarios, incluso si las personas prostituidas lo eran con su consentimiento: la condena de cárcel oscilaría entre los dos y los cuatro años.
Un delito específico de esclavitud
El espíritu de la nueva Ley contra la Trata del Ministerio de Justicia está en dejar de combatir únicamente el proceso por el que esas personas son llevadas a régimen de esclavitud y que se aborde también el periodo en el que ésta se ejerce. A partir de ahí, se introduciría en el Código Penal, como tal, el delito de esclavitud, con penas que superan a las ahora existentes relacionadas con la trata y que llegarían hasta los 12 años de cárcel.
Tal delito sería aplicable a quien “someta o mantenga a una persona en una situación de absoluta disponibilidad sobre ella y sus esferas de libertad personal” y estaría castigado con entre ocho y doce años de prisión. Se impondría en el grado más alto cuando las condiciones de la víctima sean “particularmente degradantes o vejatorias”, si es sometida a “agresiones sexuales reiteradas”, es especialmente vulnerable o quien comete el delito es autoridad o funcionario público.
Permiso de residencia
El Ministerio de Justicia ha trabajado en los últimos meses contrarreloj para que la Ley pueda ser aprobada en esta legislatura. Solo habían trascendido unas pocas novedades, tales como la suspensión automática de los procesos de expulsión del país a las personas que sean rescatadas o huyan de las redes de trata.
Finalmente, esta cuestión queda redactada en el Anteproyecto de Ley de la siguiente forma: “En el caso de las víctimas en situación administrativa irregular en España se garantizará la no incoación de un procedimiento de expulsión, la suspensión del que ya existiera y la no ejecución de la expulsión anteriormente acordada desde el momento de la detección y hasta que finalice el proceso de identificación”. Ese proceso de identificación no podrá producirse en un plazo inferior a 30 días.
Una vez identificadas, las víctimas tendrán derecho a obtener “un permiso de residencia por circunstancias excepcionales” y su tramitación tendrá carácter “preferente”. En ello no influirá de forma negativa que carezcan de un pasaporte u otro documento válido. La ley establece las ayudas que se otorgan a la población vulnerable, incluidas soluciones de habitabilidad.
Además, para ser considerado víctima de trata no será necesario que ésta colabore en las investigaciones contra las mafias que negocian con seres humanos, ni que haya una investigación penal en marcha. En el caso, por ejemplo, de las mujeres que llegan engañadas de otros países y son obligadas a prostituirse no será “en ningún caso” necesario que colaboren con la Policía para que sean consideradas víctimas de trata.
El Anteproyecto de Ley aborda el fenómeno de la trata desde varias perspectivas: la sensibilización de la sociedad, que hace especial incidencia en el plano educativo y en los medios de comunicación, la formación de funcionarios y la asistencia a las víctimas, así como el citado reproche penal o punitivo.
Un relator y un mecanismo de detección
El borrador también establece la creación de dos órganos relevantes. Por una parte, el Mecanismo Nacional de Derivación, que canalizará el fenómeno de la trata desde su detección hacia la asistencia social para las víctimas y la investigación por parte de la Fiscalía y las Fuerzas de Seguridad del Estado.
La creación del Mecanismo Nacional de Derivación parte del hecho de que cualquier ciudadano o entidad debe denunciar el régimen de explotación o esclavitud de terceros a este nuevo organismo, que lo primero que hará será derivar a una “entidad de primera acogida” de las comunidades autónomas, que atenderán las primeras necesidades médicas, psicológicas o legales, incluido un alojamiento de emergencia.
Otro de los organismos que pretende crear la futura Ley es la de un relator, con categoría de secretario de Estado o subsecretario, que se encargará de vigilar la evolución del fenómeno de la trata en España, de hacer seguimiento de la implantación de la ley, así como de formular mejoras legales o de atención a las víctimas, entre otros cometidos.
El Anteproyecto de Ley contra la Trata y la Explotación de Seres Humanos prevé la promulgación de otra Ley, denominada de Diligencia Debida, que establecerá obligaciones para las empresas, tanto locales como extranjeras que operen en España, que garanticen que no se produzcan situaciones de esclavitud.
“Dichas obligaciones –advierte el Anteproyecto– comprenderán no solo a las empresas matrices, sino también a sus filiales subsidiarias, proveedores y subcontratas a lo largo de toda la cadena de suministro”. Y advierte: si las empresas no pueden asegurarse de que las actividades que emprendan no escapan de la trata de seres humanos “deberán abstenerse de realizarlas”.
Esa futura ley, se advierte ya en este borrador del Gobierno, incluirá sanciones que irán desde multas, a inmovilización de capitales e incluso “prohibición de comercialización de bienes producidos en cadenas no limpias de trata y explotación”. En el extremo opuesto se crearán incentivos para las sociedades que implanten protocolos y vigilancias internas y el distintivo “Empresa libre de trata y explotación”.