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Nuevo complemento económico para el profesorado universitario: cobrarán por trasladar avances científicos a la sociedad

“Por fin”, repiten estos días investigadores universitarios. “Por fin” el Ministerio de Ciencia, Universidades e Innovación ha sacado a consulta pública el borrador de Real Decreto que cristalizará en la convocatoria de sexenios de transferencia que tanto anhelaban, celebran miles de profesores. La transferencia consiste en que las investigaciones se traduzcan a la vida cotidiana mediante, por ejemplo, patentes de hallazgos o la creación de empresas tecnológicas.

“Vaya”, lamentaron poco después de ver el borrador cuando los mismos investigadores empezaron a leer el texto y vieron que tendrán que decidir si el trabajo de un año se utiliza para este nuevo complemento retributivo o mejor para el de investigación. Para los dos no se puede.

Seis años después de una prueba piloto que no salió todo lo bien que habría gustado, el Ministerio de Ciencia, Universidades e Innovación se ha decidido a instalar –de manera definitiva, según se desprende de los términos propuestos por el ministerio– los sexenios de transferencia. Los sexenios son un elemento básico en la carrera académica e investigadora en España –no son habituales en el resto del mundo–. Son periodos de seis años en los que si un investigador demuestra ciertos méritos obtiene complementos, principalmente salariales (entre 1.700 y 2.000 euros al año, según el nivel de cada uno), pero también son necesarios para poder realizar según qué actividades.

Existen sexenios por investigar (tanta productividad en esos seis años), pero hasta ahora no a la transferencia, al traslado del conocimiento que se genera en esa investigación a la calle: a la sociedad, al sistema productivo, a la vida real, en definitiva. En cierta manera ya existían en forma de quinquenios para los investigadores de los OPIs (Organismos Públicos de Investigación), pero no para el profesorado universitario, que lo venía reclamando con insistencia. Ya están aquí (casi).

El texto no se queda en los sexenios. Es un “decreto omnibús”, como lo califica Isidro F. Aguilo, responsable del laboratorio de Cibermetría del Instituto de Políticas y Bienes Públicos del CSIC, “que pretende organizar lo que estaba un poco desorganizado”, porque la creación de estos nuevos sexenios obliga a tocar otra normativa, a aclarar límites con otros complementos (por ejemplo, con los mencionados quinquenios) y forzará probablemente en un futuro a modificar las convocatorias de los sexenios de investigación para evitar duplicidades.

Con la creación de este sexenio de transferencia el ministerio también ataca la que los expertos señalan como la principal debilidad de la investigación en España. En las universidades nacionales se investiga mucho (o al menos se publican muchos artículos), pero luego eso no baja a la sociedad. “Los resultados obtenidos en indicadores tales como spin-off, patentes y de transferencia son inferiores a la capacidad potencial que se infiere de la excelencia investigadora”, explicaba la Fundación Conocimiento y Desarrollo en su informe La contribución de las universidades españolas al desarrollo.

La lectura política: Aneca se desentiende

Las novedades también tienen una lectura política. Habitualmente es la Aneca (la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad Universitaria), un organismo que cuelga del Ministerio de Universidades pero que es autónomo, la que se ocupa de estas cuestiones relacionadas con la evaluación de la actividad del profesorado universitario. Pero esta vez el departamento que dirige Diana Morant ha publicado el proyecto de borrador por su cuenta, como se ha encargado de dejar claro la responsable de la Aneca, Pilar Paneque, ante las protestas de algunos profesores por la imposibilidad de aportar el trabajo realizado durante un año tanto para los sexenios de investigación como para los de transferencia.

“No tiene ni pies ni cabeza”, reprocha Marian Chaparro, profesora en la Universidad Complutense de Madrid. “Como personal docente investigador (PDI), somos profesores, investigadores y hacemos transferencia de manera simultánea. Que nos obliguen a elegir entre investigación o transferencia es un disparate”. Paneque ha desviado el tiro: “Este proyecto de Real Decreto es del Ministerio, no de la Aneca. Aneca será responsable de los criterios de evaluación que se desarrollen (que sacaremos a consulta pública) y de la propia evaluación, pero no del marco regulador”.

Este periódico ha preguntado al ministerio, que se ha limitado a comentar que “el proyecto de real decreto se ha puesto a exposición pública, está en proceso de revisión y puede sufrir modificaciones”, explicando que comentarán cuando sea definitivo.

¿Divulgar es transferir?

La mejor noticia del proyecto de Real Decreto es que exista en sí mismo, más que el contenido, coinciden varios expertos en el tema. Al ser un RD tan “normativo”, en palabras de Susana Sánchez-Gil, analista de cienciometría en el IFIMAC (Centro de Investigación Física de la Materia Condensada de la UAM y unidad de excelencia María de Maeztu), no se ha bajado a los detalles, que tendrán que esperar a las convocatorias específicas para su definición. Por ejemplo, qué entiende el Ministerio de Universidades que es la transferencia.

Si sirve de referencia, la convocatoria piloto de 2018 estableció cuatro bloques, que incluían como transferencia cuestiones tan diversas como el número de personas contratadas para proyectos de I+D+i, las tesis industriales y/o empresariales dirigidas, los periodos de excedencia/comisión servicios/servicios especiales en el periodo evaluado y la pertenencia a comités de alta relevancia en el ámbito, la facturación por royalties, la participación en contratos con empresas o ser socios de spin-offs activas (empresas surgidas de la universidad para comercializar un producto). En el aire queda una de las cuestiones que augura más polémica: si se incluye o no la divulgación científica y en qué términos (¿es lo mismo montar una empresa que dar una conferencia o conceder una entrevista? Es la pregunta que sobrevuela este asunto).

“Se desincentiva la transferencia”

Entre los elementos más valorados del texto está la creación de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad de Transferencia (CNEAT). Esta comisión se integrará en la Aneca y será la encargada de evaluar esa actividad de transferencia que presenten los aspirantes al sexenio. “Es una señal inequívoca de que los sexenios de transferencia vienen para quedarse”, valora Sánchez-Gil. La experiencia pasada (la prueba piloto en 2018 que nunca se convocó otra vez) despertaba recelos entre los investigadores.

Algunos expertos creen que, aunque era necesario establecer el sexenio de transferencia, lo que por ahora está en el proyecto de normativa no la incentiva como debiera y la margina respecto a la investigación. Uno de los aspectos más criticados es que los investigadores tendrán que decidir si su trabajo de un año se utiliza para pedir un sexenio de investigación o uno de transferencia.

Porque para los dos simultáneamente no se va a poder, según aclara el texto. “Esto supone un desincentivo a la transferencia”, valora Ángel M. Delgado Vázquez, Jefe de Servicio de Soporte al Aprendizaje y la Investigación Biblioteca/CRAI de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla. “Porque los profesores saben cómo se evalúan los sexenios de investigación”, dice en alusión a que más del 90% de los solicitantes los consigue, “pero nadie sabe nada del de transferencia, por lo que apostarán a caballo ganador”.

También quien esté pensando en acreditarse para algunas figuras de profesor universitario, por ejemplo, optará por el sexenio de investigación, augura Delgado. “Para las acreditaciones lo que tiene que ver con investigación vale más que lo de transferencia. Para profesor titular, con un sexenio de investigación ya tienes el mínimo y te da 30 puntos. Con dos llegas al máximo y son 40 puntos. Pero con el de transferencia te dan menos puntos (10) por un sexenio (no se puede tener más porque no ha habido más convocatorias), y el tope del área son 20 puntos” ,explica.

Aguilo entiende la queja de los profesores: “Si estás investigando debes transferir inmediatamente, no estás un sexenio investigando y otro transfiriendo”, valora en línea con lo que criticaba Chaparro. Pero también entiendo que desde el punto de vista de Hacienda, si se pudiesen pedir a la vez dos sexenios (y por tanto obtener dos complementos retributivos) los profesores tardarían la mitad en llegar al máximo salarial“. Y eso es mucho dinero para las arcas públicas. Ahora no se limita el número de sexenios máximos que se pueden pedir, pero sí los que se pueden cobrar: seis. A partir de ahí, seguir pidiendo es una cuestión de hacer currículum o de tener un ”sexenio vivo“ (un periodo inferior a seis años sin pedir un sexenio, si se supera el plazo se da por acabado), requisito imprescindible en algunas universidades para ciertas actividades, como dirigir tesis o estar en tribunales de plazas, pero no estará remunerado.

Otro elemento disuasorio es que para pedir un sexenio de transferencia hay que tener concedido previamente uno de investigación o méritos equiparables demostrables, algo que no acaba de entender Sánchez-Gil porque considera que “son dos cuestiones diferentes evaluadas por comisiones diferentes”.

Otras novedades de la propuesta de Universidades es abrir las convocatorias de quinquenios de transferencia a muchos perfiles de investigadores (no profesores universitarios) que se estaban quedando fuera por no trabajar en un Organismo Público de Investigación. Profesionales de prestigio con los mejores contratos (Ramón y Cajal, Juan de la Cierva) a los que por trabajar fuera del sistema oficial público o en organismos internacionales no se les reconocía la experiencia y ahora podrán solicitarlo.