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EXCLUSIVA

El plan de los obispos para reparar los abusos excluye a las víctimas de la comisión de indemnizaciones

Obispos

Jesús Bastante

en religiondigital.com —
6 de julio de 2024 11:14 h

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La Conferencia Episcopal ha dejado por escrito que “las víctimas necesitan una respuesta, clara y precisa” tras padecer abusos en la Iglesia, pero, al mismo tiempo, los obispos han decidido que esas víctimas queden fuera de la comisión que decidirá sobre las indemnizaciones que van recibir, según describe el borrador del Plan de Reparación Integral para Víctimas de Abusos (PRIVA) al que ha tenido acceso elDiario.es

El documento, que se aprobará el próximo martes y se implementará a partir de septiembre en todos los órganos de la Iglesia española para indemnizar a las víctimas de la pederastia clerical cuyos casos hayan prescrito o no estén siendo juzgados por el ordenamiento civil o canónico, significa un paso adelante, pero, además de excluir a los supervivientes de esa comisión, el plan no podrá obligar a las diócesis a cumplir con las decisiones que se tomen.

Porque PRIVA no es un documento de obligado cumplimiento: cada diócesis o congregación religiosa decidirá si lo aplica o no, en cada caso. El texto reclama “poner en el centro la voz y las necesidades de las víctimas”. Y, sin embargo, será la mencionada Comisión Asesora, nombrada por los obispos, la que tendrá la potestad de nombrar, si así lo decide, a algún representante de las víctimas para que participe en las decisiones.

Lo que sí han hecho los obispos ha sido convocar este martes a las asociaciones de víctimas para el cierre de la plenaria extraordinaria. Antes, como adelantó elDiario.es, los supervivientes se encontrarán con el Gobierno en Moncloa, en una reunión que se celebrará este lunes y que ha provocado el malestar en el seno de la Conferencia Episcopal.

El plan también salva de cualquier indemnización a “los casos de abusos de poder o de autoridad” que no concluyan en abuso sexual.

Toma de conciencia

El documento, enviado este jueves a los obispos españoles para su análisis a lo largo del fin de semana, consta de 32 páginas, y está dividido en dos partes. En la primera, se ofrecen unas ‘Líneas de trabajo de las instituciones de la Iglesia católica en España’ tras el informe del Defensor del Pueblo. En la segunda, se desgrana el plan. En su introducción, la Iglesia española asume cómo “en los últimos años hemos tomado conciencia de la importancia de abordar con honestidad, transparencia, rigor y coherencia el doloroso fenómeno de los abusos sexuales cometidos en el interior de nuestras instituciones”. Al tiempo, valora positivamente el informe del Defensor del Pueblo, que permitió ser “aún más conscientes de que queda aún mucho por hacer en el seno de las instituciones de la vida religiosa, en la vida Diocesana y en otros ámbitos de la Iglesia”.  

“Las víctimas necesitan una respuesta, clara y precisa, y esta solo puede venir de un marco que debería contemplar una relación colaborativa entre las diferentes sensibilidades y realidades de la Iglesia, los poderes públicos y otras instituciones, haciéndonos cargo de la evidente responsabilidad que tenemos en este doloroso asunto que ha hecho sufrir a tantísimas personas, poniendo en el centro la voz y las necesidades de las víctimas”, constata el documento.

Colaboración con el Gobierno

Para ello, “creemos que la mejor manera de contribuir a que se inicien procesos de abordaje de los abusos sexuales en otros ámbitos de la sociedad es afrontar con claridad y rigor los desafíos y retos que están pendientes de respuesta en nuestras instituciones, haciéndonos cargo de la responsabilidad que concierne a la Iglesia”. En lo tocante la relación con el Gobierno, los obispos ven “la oportunidad de sistematizar las líneas de trabajo de las instituciones de Iglesia Católica en los diferentes ejes” que se apuntan en el informe Gabilondo, “para afrontar aquellos aspectos en los que las respuestas no han sido suficientemente claras y poder lograr una posible colaboración entre la Iglesia y los poderes públicos”.

A su vez, los obispos anuncian que colaborarán con el “acto público de reconocimiento a las víctimas propuesto en el plan del Gobierno”, a la espera de “consensuar de manera conjunta, la forma de llevarla a cabo, junto a las asociaciones de víctimas que decidieran asistir”. La Iglesia también trabajará “con los poderes públicos en la elaboración del estatuto de la víctima a partir de criterios rigurosos y profesionales”. Y les ofrecerá el plan PRIVA.

¿Y qué es PRIVA? Un plan que busca “atender y reparar adecuadamente a las víctimas” en los casos en los que “el cauce legal no sea posible, bien porque el delito está definitivamente prescrito o bien porque el victimario ha fallecido o no tiene capacidad para ser parte de un proceso civil o canónico y, por tanto, la sentencia no puede establecer el marco de reparación oportuno”.

Un procedimiento “no judicial” ni obligatorio

La Conferencia Episcopal va a crear “un órgano para asesorar a las autoridades eclesiásticas implicadas sobre la tramitación de estos casos”. Un mecanismo que “tratará de coordinar la respuesta integral a las víctimas en casos prescritos o donde el victimario no pueda ser procesado”.

Los obispos subrayan que se tratará de un procedimiento “no judicial”. El objetivo, abundan, es “verificar cada caso para ver la condición de los hechos y recomendará el marco posible de reparación, partiendo de lo que la propia víctima solicita para su sanación y buscando siempre una reparación integral”.

El dictamen, en todo caso, no será obligatorio, admite el texto: “Serán las diócesis y entidades religiosas las que libremente acogerán estas recomendaciones para implementarlas”, mientas que “la CEE y la Conferencia Española de Religiosos (CONFER) apoyarán este proceso subsidiariamente”.

¿Quién paga?

Uno de los puntos más polémicos del borrador está en saber quién decidirá las indemnizaciones, en qué consistirán y quién las pagará. En este sentido, el plan episcopal asume que “las personas que han cometido los actos o comportamientos tipificados como delitos de abuso sexual” (los autores, pero también los cómplices o cooperadores necesarios), “son los primeros responsables y también los obligados a su reparación”. Sin embargo, “para los casos en los que los victimarios han fallecido o están prescritos, la Iglesia, desde una responsabilidad moral, tratará, subsidiariamente, de reparar cuando el agresor no pueda o no se den las condiciones”. No habrá límite temporal para la presentación de las denuncias, pero sí quedarán excluidos explícitamente de la normativa “los casos de abusos de poder o de autoridad” que no concluyan en abuso sexual.

El documento sí detalla “compensaciones económicas en forma de indemnizaciones en virtud de sentencia judicial firme; compensaciones económicas en especie en forma de prestación de servicios asistenciales o asunción, por parte de la Iglesia, de gastos derivados de asistencia médica y terapéutica; compensaciones económicas en forma dineraria reconocidas y asumidas voluntariamente por la Iglesia de forma unilateral, al término del procedimiento establecido al efecto”. En todos los casos, “la Iglesia, por medio de la CEE y la CONFER, debe arbitrar los medios para que se pueda propiciar un resarcimiento de los daños ciertos y reales padecidos por las víctimas”.  

Quiénes conformarán la Comisión Asesora

El documento informa de que se formará una comisión para establecer “criterios precisos” de puesta en marcha. Los miembros de esta Comisión Asesora serán nombrados por la Conferencia Episcopal y deberán de suscribir “un documento de confidencialidad”.

La comisión estará compuesta por “profesionales independientes de alto prestigio”, detalla el borrador, con un mandato de cuatro años renovables. De ellos, cuatro vendrán del ámbito jurídico que “no deben encontrarse en servicio activo”; dos médicos psiquiatras forenses y otros dos psicólogos forenses “especialistas en la atención, tratamiento y asistencia de víctimas de abusos sexuales”, además de un representante de la CEE, y otro de CONFER, que se turnarán anualmente en la presidencia.

A petición de la propia Comisión, “se podrá convocar a una persona representante de asociaciones de víctimas o de asociaciones que trabajan con víctimas”. Esto es: las víctimas no formarán parte de la comisión asesora, o si lo hacen será de manera residual y puntual. 

La comisión se reunirá mensualmente, y elaborará informes personalizados de los casos existentes y que le lleguen, “y que estarán siempre circunscritos a aquellos que no pueden ser juzgados ni en foro civil ni en foro canónico”.

A su vez, llevará a cabo “un posible baremo o sistema de valoración de los daños y perjuicios padecidos”, con la ayuda de la Vicesecretaría de Asuntos Económicos de la CEE. “Cada caso remitido a la Comisión Asesora se estudiará de forma singular” y se establecerán “pautas que promuevan y ofrezcan garantías en el resarcimiento de daños, si los hubiere, y que sirvan de referencia” para otros casos. En algunos casos, “la compensación en especie sustituirá a la indemnización” cuando “resulte más adecuada y convenga al interés de la víctima”, se añade.

El proceso podrá “iniciarse de oficio o por reclamación de la víctima o de sus representantes legales”, se lee en PRIVA. Una vez se admite a trámite, las víctimas serán notificadas, teniendo un plazo de siete días “para que aporten cuantas alegaciones, documentos o información estimen conveniente en apoyo de su reclamación”. La ponencia la llevará a cabo el relator correspondiente.

Durante la instrucción, la comisión podrá recabar informes, emitidos en el plazo de diez días; practicar diligencias, que no se prolongarán más de veinte días; e informar a las víctimas, a las que se facilitará “una relación de los documentos obrantes en las actuaciones, a fin de que puedan obtener copia de los que estimen convenientes, y concediéndoles un plazo no inferior a diez días ni superior a quince para formular alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes”.

Tras el proceso, y en un plazo de veinte días, la Comisión Asesora hará su propuesta, pronunciándose “necesariamente, sobre la existencia o no de los hechos alegados, la procedencia de la reparación, así como la valoración del daño causado y la forma y cuantía de la indemnización, explicitando los criterios utilizados para su determinación”. La resolución se enviará al obispo, superior o autoridad eclesiástica implicada, que será quien decidirá si hace o no caso a la propuesta de indemnización. En total, todo el proceso no debería superar los tres meses de duración.

Toda la información en www.religiondigital.org

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