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Sanidad propone a las comunidades el cierre de la capital y de otras nueve ciudades de Madrid

El borrador del documento que el Ministerio de Sanidad va a presentar a las Comunidades Autónomas obliga, a las ciudades que cumplan los criterios propuestos, a: restringir la entrada y salida de personas de los municipios salvo por motivos de fuerza mayor –laborales, educativos, sanitarios, de cuidados, entre otros–; reducir las agrupaciones de personas a un máximo de 6 tanto en vía pública como en espacios privados –se permiten más solo si son convivientes–; y suspender las actividades de los parques infantiles –es decir, cerrar las zonas de columpios y toboganes–. No implica que no se permitan los desplazamientos dentro del municipio. Sí especifica el documento, al que ha tenido acceso elDiario.es, varias restricciones de aforo en velatorios (limitados a quince personas en exteriores y diez en interiores), lugares de culto (al 30%) y establecimientos de todo tipo (al 50%, 60% en terrazas exteriores). Las comunidades deberán igualmente “reforzar sus capacidades de detección precoz y control de la enfermedad”.

Todo está sujeto a que todas las consejerías autonómicas lo aprueben la tarde de este miércoles en Consejo Interterritorial, aunque hay “un ambiente propicio”, adelantó ayer noche el ministro Salvador Illa, que está en contacto con todos. Ayer martes, Illa también especificó que esta Declaración de Actuaciones Coordinadas será para aplicarse en ciudades de más de 100.000 habitantes, incidencia superior a 500 por 100.000 habitantes los últimos 14 días, positividad –porcentaje de PCR que se hacen que confirman el caso– de más del 10% y ocupación de UCI en la comunidad por encima de 35%. La tasa de 500 de incidencia la califica el Ministerio de “extrema”.

Son criterios que cumple Madrid y otras nueve ciudades de la Comunidad Autónoma, con cuyo gobierno Sanidad pactó el principio de acuerdo. Los municipios que ya estén en esa situación tienen 48 horas para decretar las medidas en sus territorios y que luego entren en vigor. El borrador especifica que la tasa de incidencia “por encima de los 250 casos por 100.000 habitantes” ya puede considerarse “un indicador de alto riesgo de transmisión descontrolada en el territorio afectado” y, por lo tanto, no se debe esperar a tener la tasa de 500 sino que en ese punto ya “se debe garantizar un alto nivel de capacidad de detección”. La media de España está ahora mismo por encima de esa cifra (en 294).

Los comercios tendrán que cerrar a las 22:00 y los bares, restaurantes y casas de apuestas a las 23:00, aunque no podrán aceptar clientes a partir de las 22:00. No estará permitido el consumo en barra. Hay en total once medidas restrictivas para los grandes municipios gravemente afectados que cumplan los criterios y dos recomendaciones: evitar todo movimiento o desplazamiento “innecesario” de la ciudadanía dentro de los límites de la localidad –pero es eso, una recomendación y no una prohibición– y la aprobación de planes de actuación autonómicos para controlar la expansión del virus en aquellos territorios que, aunque no cumplan el requisito de los 100.000 habitantes, sí presenten una incidencia superior a los 500 casos, una tasa de positividad que supere el 10% y una ocupación de UCI del 35%.

Las acciones son de obligado cumplimiento y de mínimos, es decir, las comunidades podrán aplicar restricciones extra que consideren convenientes, o tomarlas antes. Por ejemplo, será la Comunidad de Madrid la que decida si mantiene o no el cierre de parques en general, más allá de zonas infantiles, queya ha estipulado en algunas áreas. Se corresponden con lo que Illa había recomendado para Madrid el pasado viernes, el día que la región decidió continuar con medidas restrictivas solo en las 45 zonas de salud con incidencia superior a 1.000 casos. Tras días de reuniones y de presiones por parte del Gobierno, ayer martes se alcanzó este principio de acuerdo que unificaba criterios en toda España. Aunque no se aplicarían los cierres a las 22:00 y aforos de terrazas a toda la región de Madrid, como pedía el Gobierno. Formalmente, se trata de una Declaración de Actuaciones Coordinadas, la misma herramienta que en agosto decretó el cierre del ocio nocturno en toda España y prohibió fumar en la vía pública a menos de 1,5 metros de otra persona.

El texto considera “urgente” la adopción de medidas en los territorios que cumplan con los criterios porque una tasa de incidencia en 14 días superior a los 500 casos, especifica la propuesta, “duplica la considerada de alto riesgo” y es un umbral muy elevado “a partir del cual puede calificarse la situación como extrema”. Los municipios que superan ese indicador se enfrentan a una situación “de enorme gravedad de la propagación de la enfermedad”. Una tasa superior “demuestra que tanto las medidas de control como de refuerzo de las capacidades” no han logrado hacer frente a la expansión del virus, concluye el texto.

Una vez esté en vigor, los gobiernos autonómicos tendrán que tomar las medidas en un máximo de 48 horas desde que las comunidades tienen conocimiento de que en ese municipio concurren los parámetros y los notifican. Serán revisadas semanalmente “de manera conjunta” entre Sanidad y comunidades. Si se aprueba el acuerdo en Consejo Interterritorial, entrarán en vigor en cuanto las comunidades las publiquen en sus respectivos boletines oficiales. De la adopción de las medidas severas están excluidos los municipios en los que, aún presentando una incidencia superior a 500 casos, un 90% de los positivos detectados estén asociados a brotes no familiares “perfectamente identificados y controlados”. En todo caso, deben haber sido “convenientemente comunicados” a Sanidad.

El Ministerio justifica las tres prohibiciones en el documento. La limitación de la movilidad hacia fuera y hacia dentro del municipio “pretende disminuir la probabilidad de transmisión entre zonas con distinta situación epidemiológica. Es una medida de urgencia para evitar la cadena de transmisión del virus y su expansión”. La reducción de grupos a 6 personas, que está vigente en Madrid y en otras regiones, la achacan a “la evidencia empírica en relación con el ámbito de ocurrencia de los brotes existentes señala que en su mayoría éstos tienen un carácter social, relacionado con reuniones familiares y amigos”. Y la suspensión de la actividad de parques infantiles “procura evitar la interacción en grupos mayores de 6 personas y evitar aglomeraciones, que en dichos espacios pueden contribuir a la mayor transmisión del virus”.