El pasado martes, Wikileaks hizo público el supersecreto borrador final del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP) en la parte que se refiere a la Propiedad Intelectual. El acuerdo incluye a EEUU, Mexico, Canada, Australia, Malasia, Chile, Singapur, Peru, Vietnam, Nueva Zelanda, Brunéi y Japón. Tiene fecha de 5 de octubre, cuando se anunció que los gobiernos de los 12 países habían llegado a un acuerdo tras cinco años de negociaciones.
El propósito de este documento es establecer un marco común de propiedad intelectual para facilitar el flujo comercial entre los países involucrados, a los que pronto se sumarán, si nadie lo impide, Colombia, Panamá, Honduras y Costa Rica.
El propósito es muy razonable, tan razonable como el que la UE desarrolla con los países del Mercosur. Desde luego, las negociaciones se están produciendo con la misma opacidad en uno y otro caso, y las filtraciones de Wikileaks no hacen sino subrayar el marco de secretismo en el que se desarrollan, incluso para los doce países interesados. Lo que es doblemente alarmante, porque los ajustes que propone parecen estar diseñados para que las multinacionales que ya disfrutan de importantes monopolios puedan defender sus intereses económicos por encima de la protección legal que disfrutan -todavía y de momento- los ciudadanos de los doce países miembros.
Por ejemplo: las descargas ilegales
El acuerdo establece, por ejemplo, que los proveedores de Internet estarán obligados a facilitar todos los datos de descarga ilegal a los titulares de los derechos sobre el material. También se requiere que las telefónicas vigilen a los usuarios de su servicio en busca de reincidencias, y las reporten a los titulares de los derechos presuntamente vulnerados. Este propósito puede vulnerar las leyes de protección de datos de algunos de esos países. Para solucionar este problema, el borrador propone que todas las leyes locales que impidan el cumplimiento del acuerdo sean modificadas.
Vigilados por la compañía a la que pagan por el acceso a la Red y sin necesidad de que un juez medie en el asunto, ¿qué consecuencias tiene eso para aquellos que descargan o han descargado material protegido por copyright? Todo depende de la naturaleza de la infracción, que se castigará de acuerdo con un cuadro de daños preestablecidos que no ha sido determinado aún, pero que deberá ser suficiente y ejemplarizante para “compensar al titular de los derechos por el daño causado por la infracción, y con el propósito de desmotivar futuras infracciones”.
Independientemente de lo completamente inapropiado que es, además parte de una premisa errónea: que las grandes empresas siempre son titulares con derecho de aquello que dicen poseer. Como cuando Warner recaudaba una media de dos millones de dólares al año por una canción que no era suya (ni de nadie): Happy Birthday.
No sólo música: software, fármacos, semillas
Es importante recordar que hay tres tipos de propiedad intelectual: la marca, la patente y el copyright. Este tratado las contempla todas y afecta, no sólo a las películas, canciones y obras literarias sino también a los medicamentos, las tecnologías, el software, los microorganismos, el ADN sintético, las plantas y la explotación y uso de unos y de otras ante la ley. Entre muchas otras cosas.
Hace unos días, la eurodiputada alemana del Partido Pirata Julia Reda advertía que el nuevo acuerdo estaba diseñado para imponer las patentes de software en Europa y otros continentes.
Técnicamente, las patentes de software están prohibidas en la Unión Europea pero, como se dice vulgarmente, quien hace la ley, hace la trampa. No olvidamos que la mayor parte del software que utilizamos proviene de uno de los países que van a firmar el TPP. Con respecto a las patentes farmacéuticas, el nuevo tratado relaja todavía más el control, pero sólo en favor de las grandes firmas.
Para empezar, presiona a las oficinas de patentes nacionales para tramitar las solicitudes “de una manera eficiente y oportuna, a fin de evitar demoras innecesarias o irrazonables” y centraliza la base de datos de los doce países, normalizando las patentes norteamericanas, que son muchas, con las de otros países en desarrollo, que pierden la soberanía de sus propias materias primas.
El acuerdo propone unos márgenes de monopolio de entre cinco y diez años mientras se procesan las patentes, durante los cuales nadie puede explotar una fórmula, material, semilla o proceso que esté pendiente de patente. Finalmente, permite un proceso que en el sector se conoce como “evergreening”, mediante el cual las grandes corporaciones alargan de manera sistemática el monopolio sobre un fármaco, material o producto cuya patente va a expirar, patentan nuevos usos para ese fármaco, nuevos métodos de uso o nuevos procesos para su utilización, bloqueando su paso al dominio público y asegurándose un margen de monopolio de 50 años donde el acuerdo TRIPS establece que el límite es de 20.