- Texto publicado originalmente en el número 20 de la revista de eldiario.es: Internet, el futuro y la libertadInternet, el futuro y la libertad
Aunque aún no sea tu caso, hay muchas personas en España a las que hoy dirigen algoritmos. Les asignan las tareas en el trabajo, controlan sus tiempos y saben si los clientes están satisfechos con su desempeño. Recogen toda esta información, y mucha más, para tenerla en cuenta en sus próximos encargos. Bienvenidos a la economía de plataformas, también conocida como gig economy. La forman aquellos servicios que se prestan mediante plataformas digitales, como Deliveroo, Glovo y Uber, pero también de otras menos conocidas, como Joyners y Sharing academy. Cada vez son más y ya se extienden a un gran número de profesiones diferentes. También proliferan sus conflictos en los tribunales, con batallas judiciales en todo el mundo por los derechos laborales de sus trabajadores. Una pelea a la que muchas personas asisten como espectadoras, pero puede que se estén discutiendo sus futuros derechos. Y los tuyos.
La gig economy –también llamada economía de los pequeños encargos– obtuvo alrededor de 4.000 millones de euros de ganancias en la UE en 2015, según un estudio del Parlamento Europeo. En los últimos años estas app se han multiplicado como setas en las grandes ciudades. Las aplicaciones actúan de intermediarias entre los trabajadores y los clientes que solicitan un servicio. Recurres a Deliveroo, por ejemplo, para que te traigan a la oficina el menú de un restaurante que te gusta y a Uber para que te envíen un coche que te traslade a tu destino. Estas dos compañías son dos de las plataformas más conocidas en España, así como la catalana Glovo, de envío de comida a domicilio, Cabify, también española y de transporte de personas, y Stuart, de envío de paquetes.
Los transportes y la logística son dos de las áreas en las que más ha proliferado la economía de plataformas, pero los expertos advierten de que muchos puestos son ‘gigificables’ (gigified), en palabras del profesor de Derecho en la Universidad de Oxford Jeremias Prassl, autor de ‘Los seres humanos como servicio: la promesa y los peligros del trabajo en la gig economy’. “Todo lo que sea prestación de servicios es susceptible de convertirse en trabajo de plataformas. Otra cosa es que tenga más arraigo o menos, pero siempre que sea una prestación individual, como en el caso de los cocineros, guías turísticos o fontaneros, el trabajo es susceptible de transformarse. De hecho, de todo esto ya hay plataformas”, explica Adrián Todolí, profesor de Derecho del Trabajo en la Universidad de Valencia y especialista en estas nuevas formas de trabajo.
¿Cuántas personas trabajan ya en estas plataformas? Mari Luz Rodríguez, profesora del Derecho del Trabajo en la Universidad de Castilla-La Mancha e investigadora de la gig economy, subraya la inexistencia de datos: “En España no podemos decir cuánto mide o cuánto pesa, no hay ningún estudio oficial ni análisis”. Una de las pocas fuentes que ha abordado su magnitud es el Parlamento Europeo, a través de un estudio encargado a la Universidad de Leeds, que apunta que entre un 1% y un 5% de la población en edad de trabajar en la UE ha participado en algún tipo de trabajo “pagado” de estas plataformas. Al otro lado del Atlántico, una reciente encuesta de la Oficina de Estadísticas Laborales estadounidense cifra el trabajo “no tradicional” –en el que encuadra la gig economy, pero también empleados de empresas de trabajo temporal y trabajadores autónomos, entre otras– en un 10% de los trabajadores.
“Hay quien dice que son un porcentaje muy limitado de la población activa, pero para mí lo relevante no es el número que representa en la actualidad sino el que puede representar en el futuro. Se podrá replicar este modelo en casi todos los puestos de trabajo”, advierte Anna Ginès Fabrellas, profesora de Derecho en ESADE, que recomienda diferenciar la economía colaborativa de la gig economy.
“Estas plataformas como Uber, Deliveroo y Amazon Mechanical Turk se aprovechan de utilizar una fórmula similar de funcionamiento de las plataformas de economía colaborativa para meter un modelo de negocio”, argumenta la profesora. En su opinión, BlaBlaCar podría ser un ejemplo de economía colaborativa: ofrezco mi coche para compartir un viaje. Pero sitúa a Uber como una empresa de la gig economy: “Ahí no estoy compartiendo el trayecto, estoy ofreciendo un servicio”. Así lo ha considerado también el Tribunal de Justicia de la UE, que falló que Uber tenía que regularse como un transporte, en una de las sentencias más importantes para la economía de plataformas hasta el momento.
Un modelo laboral contra las cuerdas
El trabajo a través de apps ha llegado ya a la dependencia con Joyners. “Dicen que somos el Uber de la atención a la tercera edad”, se publicita la plataforma, una red de “cuidadores profesionales para mayores” con servicios a demanda “a domicilio, hospital o centro residencial en tan solo 1 hora. Para particulares y para empresas”. Sharing Academy pone en contacto profesores con alumnos universitarios, de Bachillerato y ESO para dar clases particulares: “Gana dinero enseñando las asignaturas que ya has aprobado”.
Aunque cada aplicación es diferente, muchas repiten el mismo esquema laboral: los trabajadores no están en plantilla de la plataforma sino que deben darse de alta como autónomos, asumir ellos el pago de impuestos y la mayoría de costes vinculados a su actividad. El resultado: su desprotección social y bajos ingresos. Según el estudio de la Eurocámara, el 70% de los trabajadores de plataformas no tienen protección social, es decir, no cotizan para una pensión y carecen de prestaciones de maternidad o paternidad, entre otros beneficios sociales. Sus ingresos están entre un 62% y un 43% por debajo del resto de trabajadores.
Las apps son las que distribuyen el trabajo, ahora fragmentado en tareas, entre la masa de personas dispuestas a trabajar y activas en la plataforma. Ahí entran en juego los algoritmos, que priman generalmente la eficiencia, tiempos y buenas valoraciones que hayan recibido los “colaboradores”, y penalizan las malas opiniones.
Este modelo no está convenciendo a la Inspección de Trabajo ni a los tribunales de varios países, entre ellos España. La autoridad laboral española ha resuelto expedientes al menos contra Deliveroo y Joyners porque considera que cometen fraude en la relación laboral: es decir, deberían dar de alta a sus “colaboradores” como asalariados. Así lo ha concluido también la primera sentencia en España sobre el trabajo en plataformas, respecto a la denuncia de un rider de Deliveroo. Según estas resoluciones, la plataforma es la herramienta que genera el negocio, organiza y manda a los trabajadores, que dependen de la app y por tanto deberían ser trabajadores laborales.
“Hay iniciativas que tratan de eludir sus responsabilidad laborales y fiscales”, reconoce a este medio Joaquín Nieto, director de la Oficina de la OIT para España. Deliveroo y otras apps se amparan en la “flexibilidad” para defender su modelo de autónomos, gracias a la que los trabajadores tienen la capacidad de trabajar o no hacerlo, de rechazar pedidos y de colaborar con otras plataformas.
El control indirecto vía app
Aureliano trabaja como rider de Deliveroo. “Aunque lo estoy dejando”, explica mientras se fuma un cigarro. No se llama así, pero ha elegido el nombre del célebre personaje de Gabriel García Márquez para relatar su experiencia como trabajador de plataformas. La mayoría de sus compañeros riders en Madrid son inmigrantes latinoamericanos, explica. “La flexibilidad solo es un eslogan, el trabajo en la práctica está lleno de mecanismos que la contrarrestan”.
El joven explica que los repartidores pueden rechazar pedidos, pero el algoritmo no olvida y después te asigna menos trabajo. “A mí una vez me pilló una moto repartiendo y me destrozó la bici. Al día siguiente estaba trabajando en Bicimad (el servicio público de bicicletas de la capital). He trabajado con 39 de fiebre y sinusitis también porque tenía que hacer cierta cantidad de pedidos para tener la plata que necesito”. Aunque los repartidores eligen unas franjas horarias en las que estarán disponibles, es el algoritmo de la app el que reparte los horarios y finalmente el trabajo según distintas variables, como su reputación en la aplicación y su situación.
En el caso de la app de atención a la dependencia Joyners, la valoración a los trabajadores también es clave. “Si tu trabajo es excelente serás reconocido por los clientes como un gran profesional y tus futuros usuarios lo sabrán”, informa la empresa en un anuncio para captar cuidadores. A los que quieren contratar el servicio les indica que pueden evaluar cada visita y a cada cuidador “de forma que puedas elegir como favoritos a aquellos que quieres volver a ver”.
Deliveroo y Glovo se promocionan como formas de trabajo complementario, pero Aureliano insiste en que con la cuota de autónomos y otros gastos “solo es rentable si tienes dedicación completa y ahí entras a competir con gente que necesita esto para vivir”. En su opinión, la flexibilidad queda anulada por la gran competencia: cada vez hay más riders activos por lo que el trabajo a repartir es inferior. El joven está dejando la plataforma porque cada vez le asignaban menos horas y no le compensa económicamente. “Tengo un amigo que mantiene a dos hijos y a la pareja, que no tiene papeles para trabajar. Ese tipo está dispuesto a hacer todo y tú estás compitiendo con él”.
Nueva regulación y sus riesgos
No todos los tribunales han concluido que los trabajadores de plataformas deberían ser asalariados. Es el caso de juzgados de Francia e Italia, lo que para Mari Luz Rodríguez evidencia las dudas sobre este tipo de trabajo. Tras las numerosas causas en los juzgados de todo el mundo, las denuncias de trabajadores y sindicatos y las actuaciones de las Inspecciones de Trabajo, muchos responsables de estas empresas están demandando ajustes en la regulación laboral que ampare esta nueva organización del trabajo.
Los derechos de estos trabajadores están sobre la mesa, con dos visiones enfrentadas: las de aquellos que consideran que la legislación laboral actual puede ser el marco jurídico del trabajo en la gig economy y las de los que opinan que son necesarias adaptaciones. El debate está presente en cada foro académico sobre el futuro del trabajo, pero ya se está trasladando a las administraciones públicas. Gonzalo Pino, secretario de Política sindical de UGT, considera que el Gobierno debe actuar para “frenar estas empresas que precarizan el empleo y meterlas en vereda por la vía fiscal”.
Joaquín Nieto insiste que “si se necesita” ese cambio en la regulación laboral debe valorarse desde el “diálogo social” y censura a aquellos que han entrado al mercado incumpliendo las leyes: “Lo que no es aceptable es que primero se hace una práctica que está fuera del derecho del trabajo y luego se pide que se modifique”. La tendencia de las demandas de las empresas, explica el director de la OIT en España, se inclina a “la máxima disposición de los trabajadores, con la protección social y la remuneración mínimas posibles”. La OIT está abierta a cambios, “pero siempre desde la perspectiva del trabajo decente”.
Mari Luz Rodríguez propone crear un “catálogo de derechos básicos” común para todo tipo de trabajador, independientemente de que sea autónomo o asalariado, para que ambas categorías no compitan entre sí. Las instituciones y sindicatos europeos están explorando esta opción en la actualidad. Para Adrián Todolí, las opciones que ofrece la tecnología para que el trabajador elija su propio horario pueden requerir adaptaciones en la regulación. “Pero no tiene que ver con una pérdida de derechos”, precisa, “ahora hay derecho a conciliar, a pedir que te cambien el horario por las necesidades familiares, pero quizás en el siglo XXI tal vez tiene sentido una verdadera conciliación personal”.
A veces, la tecnología solo habilita un nuevo vehículo para hacer las cosas, aunque las prácticas continúan siendo en esencia similares. “Tenemos que estar atentos a lo que llamo la ‘paradoja de la innovación’: solo porque una empresa utilice una nueva tecnología no significa que las reglas tradicionales ya no se apliquen”, argumenta Jeremias Prassl. Anna Ginès coincide con el profesor de la Universidad de Oxford y apuesta por identificar los indicios de laboralidad –aquellos que evidencian en la regulación actual el trabajo asalariado– en los nuevos escenarios digitales: “En las plataformas hay control indirecto de los trabajadores, más sutil, pero no es menos control”.