“La mayoría de edad de Julia Janeiro, hoy, en Sálvame”. Ese fue el reclamo del programa de Telecinco el 18 de abril de 2021, el día en el que 'Juls' Janeiro, hija de Jesulín de Ubrique y María José Campanario, cumplía 18 años. “Odiaba las cámaras, ahora las ama. De niña a influencer”, rotulaba el programa, anunciando como un “día histórico” para ellos el poder mostrar en antena el rostro de la joven por alcanzar la mayoría de edad, y utilizando fotos de sus redes sociales.
Casi dos años después, la Justicia le ha dado la razón a la joven y ha condenado a Mediaset y a Kiko Hernández, imponiéndole una multa de 220.000 euros por un “delito de intromisión ilegítima en el derecho al honor, la intimidad personal y familiar y a la propia imagen” de Julia Janeiro al considerar que la cadena incurrió en una campaña de acoso físico y online, como desvela El Confidencial tras tener acceso a la sentencia del caso.
Así lo ha dictado el Juzgado de Instrucción número 2 de Arcos de la Frontera (Cádiz), aunque Mediaset y Kiko Hernández podrán recurrir ante la Audiencia Provincial. La condena obliga a Mediaset a pagar 190.000 euros a la joven, a los que se suman otros 30.000 que deberá abonar Kiko Hernández por las declaraciones realizadas en dos programas de Sálvame.
Puede cambiar la relación de la TV con los influencers
Esta victoria judicial es importante para Juls Janeiro, pero además puede sentar una importante jurisprudencia para el resto de influencers, en respuesta a una pregunta ya típica: ¿Es legal que los medios usen fotos de las redes sociales?
Aunque sean redes sociales públicas, al acceso de todos los seguidores, el contenido es privado y no por ello puede ser utilizado. Los abogados de la joven explican al citado medio que en su caso ha sido fundamental que ella nunca había concedido ninguna exclusiva, ni había aparecido en medios de comunicación, por lo que puede invocar el derecho a la intimidad. ¿Y en otros casos? ¿Deben los medios dejar de usar las fotos en redes sociales de influencers?
Los mismos abogados explican que dependerá de cada caso, que deberá ser estudiado uno a uno. Pero sí esta claro que esta sentencia, si se reafirma en la Audiencia Provincial o en el Supremo, sienta jurisprudencia para que influencers o creadores de contenido que comparten su día a día en sus redes, pero no a través de medios ni conceden exclusivas, puedan denunciar a los programas y cadenas por rellenar sus parrillas lucrándose de esas imágenes sin su permiso.