RTVE ha presentado este viernes ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional una demanda de ejecución provisional de la sentencia sobre las oposiciones con el fin de “continuar los procesos selectivos en marcha con seguridad jurídica en beneficio de las personas candidatas y en busca de un mejor desarrollo de nuestra labor de servicio público”.
Así lo ha anunciado la dirección de la corporación, que ha informado de las novedades que se han producido en relación con la sentencia estimatoria parcial de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional 106/2023, que anulaba la baremación de méritos y la antigüedad como requisito. Desde la cadena pública se reitera que “desea alcanzar un acuerdo unánime con las secciones sindicales de la Corporación y con el resto de las partes afectadas y seguirá trabajando con determinación para conseguirlo”.
La baremación, el punto de fricción entre sindicatos
El problema con la gestión y consolidación de los interinos había sido el eje de los problemas. Ya que la convocatoria previa de oposiciones databa de 2007, en estos 15 años se incrementó sobremanera la temporalidad en la radiotelevisión pública. La presente convocatoria pretendía incorporar a 1.082 trabajadores fijos procedentes de los procesos de consolidación de empleo temporal (315, según precisa la convocatoria), con una convocatoria pública abierta de 767 plazas.
La inclusión de los méritos en los baremos tenía por objetivo reducir la temporalidad y consolidar a los empleados en esta tesitura. No obstante, generó fricción entre los sindicatos: UGT y el SI (Sindicato Independiente de Comunicación y Difusión) estaban de parte de la regulación de las oposiciones; CGT y CCOO se mostraron en contra y comenzaron a litigar.
La sentencia del 5 de octubre estimaba parcialmente la demanda de la Federación de Espectáculos, Información y Artes Gráficas de la CGT, con la adhesión de CCOO, y declaraba la nulidad de la baremación de méritos por vulnerar los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público, en tanto que las bases ponderaban la experiencia en RTVE de forma desproporcionada. Por la misma razón declara la nulidad del requisito de participación de 1 año de experiencia, por considerarlo arbitrario y carente de justificación.
Propone “nuevos plazos de presentación de solicitudes”
Hay que recordar que ya en octubre, solo un día después de conocerse el fallo judicial, la cadena aseguró que las oposiciones se mantendrían, aunque adaptadas en conformidad con la sentencia. Eso implicaba adaptar las bases para que el proceso selectivo pudiese ser retomado, lo que a su vez obligaba inevitablemente a aplazar los exámenes.
Ahora, la Corporación ha explicado que en la demanda de ejecución provisional propone “la apertura de nuevos plazos de presentación de solicitudes de participación en todos los procesos selectivos de la Convocatoria 1/2022 cuyas bases específicas exigieron como requisito específico un año de experiencia retrotrayendo la tramitación de tales procesos al inicio de la fase de admisión de solicitudes de participación”.
Respecto a los procesos selectivos de la Convocatoria 1/2022 cuyas bases específicas no exigían el requisito de un año de experiencia, se propone “dejar sin efecto todos los listados de puntuaciones, provisionales y definitivos, resultantes de la aplicación de la ponderación de méritos declarada nula por sentencia”. Para las personas ya admitidas en estos procesos con carácter definitivo, se abrirían nuevos plazos de presentación de documentación para que puedan acreditar documentalmente los méritos puntuables conforme a la nueva ponderación de méritos.
Asimismo, RTVE pide que se mantenga la validez de todos los actos realizados en los procesos que sean ajenos a la aplicación de la ponderación de méritos de los Anexos 5 y 6 de las Bases Generales de la Convocatoria 1/2022 declarada nula por la sentencia Nº 106/2023 de la Sala de lo Social del Audiencia Nacional.
En relación con el baremo de méritos contenido en el Anexo 5 de las Bases Generales de la Convocatoria 1/2022 (aplicable a los procesos de estabilización previstos en la Ley 20/2021), la sentencia declara que la experiencia en la ocupación tipo en RTVE no puede quintuplicar el valor de la puntuación de la experiencia en otros puestos análogos.
Los nuevos baremos para la ejecución provisional
En la propuesta del nuevo baremo que plantea la Corporación en esta ejecución provisional, la experiencia en la ocupación tipo convocada en RTVE respecto a la obtenida fuera se pondera una ratio situada entre 2 y 2,7 veces la de RTVE respecto a la externa.
Por otro lado, el máximo de puntos que se puede obtener por dicha experiencia profesional se sitúa en 55 puntos y es alcanzable por todas las personas candidatas con una experiencia en torno a 16-17 años. Además, se elimina el mérito valorable con 15 puntos por ocupar a 30/06/2022 la concreta plaza de estabilización identificada con un asterisco (*) en Anexo 7.
En cuanto al baremo de méritos contenido en el Anexo 6 de las Bases Generales de la Convocatoria 1/2022 (aplicable a los procesos en los que se ofertan plazas de tasa de reposición ordinaria), la sentencia anuló la tabla de puntos que establecía 5 puntos por experiencia en RTVE respecto a 1 punto por experiencia en puestos análogos del sector audiovisual. La máxima puntuación que se podía obtener por ambos colectivos era de 60 puntos y de 15 puntos respectivamente.
En la propuesta del nuevo baremo que plantea en esta ejecución provisional, la experiencia en la ocupación tipo convocada en RTVE respecto a la obtenida fuera se pondera una ratio situada entre 1 y 2,7 veces la de RTVE respecto a la externa.
El máximo de puntos que se puede obtener por dicha experiencia profesional es de 50 puntos y es alcanzable por todas las personas candidatas que tengan una experiencia profesional de 16-17 años.
Por último, se elimina tanto en el Anexo 5 como en el Anexo 6 la valoración de la experiencia profesional adquirida dentro de RTVE desde el 1 de enero de 2007 en distinto ámbito ocupacional (al del puesto convocado) en ambos baremos de méritos.
Se mantienen, sin modificación, el resto de los méritos valorables contenidos en los baremos de los Anexos 5 y 6 (cursos, idiomas, etc.), los cuales no han sido cuestionados en el conflicto colectivo interpuesto ni, por tanto, en el fallo de la sentencia a ejecutar, según ha detallado.
Finalmente, RTVE ha indicado que ha remitido a las partes personadas en esta demanda y a la representación sindical de los trabajadores de la Corporación esta propuesta y confía “en alcanzar un acuerdo ante la Sala con todos ellos a la mayor brevedad”.