Transparencia

RTVE vuelve a recurrir en los tribunales para ocultar los sueldos de sus directivos

RTVE presentará un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo que da la razón al Consejo de Transparencia y obliga a RTVE a hacer público el sueldo de sus directivos.

Así lo han confirmado fuentes de la dirección de la corporación a VERTELE, acogiéndose al derecho de apelación que se recoge en la misma sentencia, que fija un plazo de 15 días desde su publicación (6 de marzo) para que RTVE presente el recurso en el juzgado.

En octubre de 2016, un ciudadano, amparado por la Ley de Transparencia, solicitó por escrito a RTVE conocer cuál era “la retribución anual bruta percibida en 2014 y 2015 por el personal directivo”.

RTVE no atendió la demanda de este ciudadano, aduciendo que no tenían por qué facilitar esos datos al tratarse de “una sociedad mercantil”. También pusieron pegas al formato del requerimiento, asegurando que “no se pudo verificar la identidad del solicitante” porque presentó la petición “en papel” sin acompañarla de “original ni copia del DNI”.

El demandante acudió entonces ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Este organismo público independiente que se encarga del acceso a la información emitió una resolución en marzo de 2017 en la que criticaba la postura de RTVE por negarse a revelar cuánto cobran sus directivos y le instaba a hacer pública esta información.

Pese a lo contundente del escrito que le obligaba a facilitar esta información, RTVE lo recurrió ante la justicia. Un año después, la sentencia del magistrado del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo da la razón al Consejo de Transparencia.

El juez recuerda a RTVE que presta un servicio público, por lo que queda sujeto a las obligaciones contenidas en la Ley de Transparencia y cita un literal de la norma que señala que “la corporación de Radio Televisión Española queda sujeta a las obligaciones contenidas en la Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno”.

Señala, como en su momento hizo Transparencia, que no se puede negar por “motivos formales” el acceso a la información pública. Además, al no haber dado esta oportunidad al demandante de “subsanar los defectos formales”, la sentencia afirma que con la inadmisión de su demanda “se obstruyó de manera infundada el ejercicio del derecho constitucional”.

Por todo ello, el juez falla que desestima el recurso de RTVE e insta a la Corporación a que “en un plazo máximo de 10 días hábiles remita al reclamante la información solicitada”. Además, impone a la corporación “las costas causadas” en este proceso de recurso.

CCOO pide la apertura de un expediente disciplinario

Contra esta sentencia cabía recurso de apelación en el plazo de 15 días desde la fecha de publicación (6 de marzo), un derecho al que RTVE ya ha confirmado que va a acogerse ya que siguen discrepando con la decisión del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

Fuentes de la rama sindical de CCOO en RTVE señalan en declaraciones a VERTELE que el recurso era “lo previsible” y acusan a la corporación de usar “técnicas dilatorias” para evitar hacer pública esta información.

Avanzan, que en cualquier caso “no saldrán indemnes” ya que van a pedir la apertura “de un expediente disciplinario” para el secretario general y del Consejo de Administración de RTVE, Javier Lamana, por negarse a facilitar estos datos, ya que, según señala la sentencia, “se obstruyó de manera infundada el ejercicio del derecho constitucional”.

¿Cuánto cobran los directivos en RTVE?

Hasta la entrada en vigor de la norma 1/2015 de RTVE, los complementos de dirección y salarios base de los directivos eran públicos y se sabía lo que cobraba cada puesto directivo. Pero con la norma se establecieron unos rangos mínimos y máximos de salario base y complementos.

Así, la norma recoge que se establecen distintas “bandas” que tendrán “un límite inferior y un límite superior”. Añade que “el posicionamiento de cada persona en la banda de su puesto, dependerá de criterios de actualización objetivos” sin que se detallen en la norma cantidades o qué tipo de criterios son estos.

VERTELE ha tenido acceso a las cuantías de estas bandas salariales. En la estructura directiva, un director puede tener una retribución mínima de 50.000 euros brutos al año y máxima de 91.000 euros, con un complemento de 30.000 euros al año. En el caso de los directores de área, pueden cobrar un mínimo de 40.000 euros brutos al año a un máximo de 72.000, con un complemento de 25.000 euros brutos al año. Con estas horquillas las diferencias salariales entre unos directivos y otros pueden ser de miles de euros de forma totalmente discrecional.