El Supremo da la razón a los sindicatos

La Audiencia Nacional decidirá si RTVE debe subrogar a todos los trabajadores externalizados

Sede de RTVE

Marcos Méndez

El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional por el conflicto colectivo de los trabajadores de RTVE con la Corporación, dando la razón a los sindicatos al considerar que RTVE tiene la obligatoriedad de incluir cláusulas de subrogación para todos los trabajadores en los pliegos de condiciones de sus licitaciones.

Esta sentencia, a la que ha tenido acceso Vertele, responde a un recurso de casación presentado por el sindicato FeSMC-UGT, al que se adhirieron también USO (Unión Sindical Obrera) y SI (Sindicato Independiente de comunicación y difusión), contra una sentencia previa de la citada Sala de lo Social de la Audiencia Nacional el 16 de abril de 2018.

Para la batalla judicial, los sindicatos se han apoyado en lo que establece el Acuerdo para la Constitución de la Corporación RTVE, firmado en julio de 2006 y que en su apartado quinto referido a la externalización establece literalmente que la Corporación debe velar por “la equiparación de condiciones laborales entre los trabajadores de las empresas contratistas y subcontratistas y el personal de la Corporación”, y también “se compromete a incluir en el pliego de condiciones de los concursos públicos o peticiones públicas de ofertas que en el futuro puedan convocarse para la prestación de servicios en la Corporación, la subrogación de trabajadores de las empresas de servicios en el caso de cambio de titularidad de la contrata”.

La petición de los sindicatos es clara y directa por este mismo motivo, y pide literalmente que “se declare la obligación de la CRTVE de incluir, en los pliegos de condiciones para la prestación de servicios en la Corporación, de una cláusula que imponga la subrogación de los trabajadores de las empresas de servicios en el caso de cambio de titularidad de la contrata, condenando a la empresa a estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos legales oportunos”.

La Audiencia Nacional tiene la última palabra

La sentencia del Supremo hace que el caso vuelva ahora a la Audiencia Nacional, cuya Sala de lo Social decidirá en aproximadamente un mes si obliga a RTVE a dejar de saltarse su propio Acuerdo de constitución y debe empezar a incluir las subrogaciones de todos los trabajadores de todas las empresas externas que presten un servicio a la Corporación.

La Audiencia Nacional ya ha dictado sentencias favorables a los sindicatos en diferentes casos judiciales particulares, lo que puede indicar que ahora también les dará la razón contra RTVE en una sentencia que englobaría a la generalidad de los contratos de la Corporación.

De ser así, la siguiente petición de los sindicatos será que también se cumpla lo que establece el Acuerdo para la Constitución de la Corporación y se equiparen las condiciones laborales de los trabajadores de RTVE y los de los subrogados de empresas externas, con las importantes consecuencias económicas que se derivarían.

Al mismo tiempo, esta sentencia podría sentar jurisprudencia a la que podrían agarrarse por ejemplo los trabajadores de televisiones autonómicas que están externalizados y exigen su internalización o subrogación. Un ejemplo actual es el de los profesionales de la autonómica pública balear IB3, como explicamos el pasado viernes durante la celebración de sus “viernes negros”. En su caso, los nueve miembros del comité de empresa ya han interpuesto demandas individuales contra IB3 y la productora de Mediapro Liquid Media por cesión ilegal de trabajadores.

Un conflicto judicial que se alarga desde hace casi una década

La Dirección de RTVE, presidida en el año 2016 por José Antonio Sánchez, se acogió a la legislación europea para no incluir en sus pliegos de licitación la subrogación de los trabajadores de empresas externas, explicando que “la inclusión de una cláusula de subrogación de todos los trabajadores afectados por la licitación en los pliegos de condiciones generales de contratación, supondría un aumento en el precio de licitación, con lo cual ya no sería el más bajo y, por ende, la oferta adjudicataria sería menos económica, lo que vendría a contravenir lo dispuesto en la Ley y en las Directivas Europeas de contratación, normas de rango superior que prevalecen sobre el Acuerdo”.

Las reclamaciones judiciales de los sindicatos se remontan a febrero y diciembre de 2011, cuando el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña declaró como “no ajustada a derecho” la conducta de RTVE de no incluir la cláusula de subrogación en el pliego de condiciones de una licitación. En abril de 2014, fue el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº6 de Madrid el que declaró la actuación “disconforme a derecho”.

Ya el 22 de noviembre de 2013 la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó una sentencia en la que estimaba parcialmente la demanda de CCOO, considerando que no se ajustaba a derecho e incumplía el Acuerdo para la Constitución de la Corporación RTVE que no se incluyesen en los pliegos de condiciones de las licitaciones las cláusulas de subrogación de los trabajadores de las empresas de mantenimiento en el caso de cambio de titularidad de las contratas. Sin embargo, se declaraba jurisdiccionalmente incompetente.

En el año 2016, durante la reunión de la Comisión Paritaria del II Convenio Colectivo de CRTVE celebrada el 30 de junio, la Parte Social volvió a plantear que se estaba incumpliendo ese apartado quinto en lo referente al derecho de trabajadores de las contratas de que incluyan cláusula de subrogación en los pliegos de licitación, y la equiparación de condiciones laborales.

El recurso de casación que ahora ha resuelto la Sala de lo Social del Tribunal Supremo fue la respuesta de los sindicatos después de que el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº6 de Madrid dictase en octubre de 2017 una sentencia favorable a RTVE, considerando “ajustados a derecho” los pliegos de condiciones de contratación del servicio centralizado de reprografía para los Centros de la Corporación.

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