El Tribunal Supremo ha ratificado la indemnización de 50.000 euros que Sálvame y Mediaset España deben pagar a Cayetano Martínez de Irujo por vulneración del honor, informa Vozpópuli.
El Alto Tribunal ha confirmado, a través de un auto dictado el pasado 9 de junio, la multa impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid. No obstante, se ha desestimado el recurso de casación que interpuso el hijo de la duquesa de Alba y por el que reclamaba una indemnización aún mayor al programa de Telecinco, por valor de 291.000 euros.
Los hechos se remontan a las tardes de entre el 28 de noviembre y el 1 de diciembre de 2017, cuando se realizaron comentarios sobre el jinete que, de acuerdo al Supremo, no tenían carácter informativo y atentaban contra su honor. En primera instancia, se estimó parcialmente la demanda, al reconocerse la vulneración al honor del demandante, y se condenó a la otra parte a comunicar la sentencia y retirar los programas de la web. No obstante, los absolvió del pago de una indemnización.
El jinete pretendía aumentar la indemnización
La sentencia fue recurrida después ante la Audiencia Provincial de Madrid, que lo admitió parcialmente y fijó una cantidad de 50.000 euros de sanción en concepto de daños morales, manteniendo el resto de los pronunciamientos. Para determinar la cuantía, se tuvo en consideración, de acuerdo al dictamen, “el contenido y carácter ofensivo de las expresiones utilizadas, su reiteración e intensidad dado que eran varios colaboradores los que las proferían, el alto nivel de audiencia y difusión (ocho programas en cuatro días) y la imputación e intención delictiva que se le hizo carente de todo fundamento”.
No obstante, Cayetano Martínez de Irujo consideró que la indemnización impuesta era insuficiente, puesto que no tenía en consideración ni la audiencia obtenida de aquellos programas ni los ingresos publicitarios de este. Por ello, presentó un recurso de casación. Ahora, el Supremo ha rechazado esta pretensión de aumentar la indemnización.
Una nueva sanción a 'Sálvame'
Esta no es la única sanción que en fechas recientes ha tenido que asumir Telecinco por el magacín conducido por Jorge Javier Vázquez. En junio, el Supremo confirmó la multa de casi 1,1 millones de euros a Mediaset por la “emisión de contenidos perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores de edad, y con una calificación inadecuada” en el espacio, confirmando la sanción que impuso en su día la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y que el grupo había recurrido, y que se referían a unas emisiones de enero de 2018.
En su día, Mediaset calificó la multa impuesta por la CNMC de “absolutamente desproporcionada, arbitraria, injustificada y con imputaciones antijurídicas” y anunció que recurriría ante la Audiencia Nacional, que lo estimó parcialmente, rebajando la infracción de grave a leve y reduciendo la cuantía original. Las dos partes manifestaron su intención de seguir litigando, llevándose el caso al Supremo: este sí admitió a trámite el recurso del Estado, pero no el de la parte privada. El Alto Tribunal anuló la sentencia de la Audiencia Nacional y desestimó el recurso contencioso-administrativo del grupo de comunicación.