El juez que redactará la sentencia de Gürtel cree “acertado” y “aconsejable” colaborar con la fundación del PP
- Ángel Hurtado sustituirá como ponente al recusado Enrique López gracias a un reciente cambio normativo en la Audiencia Nacional
El presidente del tribunal que juzgará la primera época de las actividades de la trama Gürtel y ponente de su sentencia, Ángel Hurtado, ha defendido que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional debió mantener al magistrado Enrique López en el juicio, al entender que el Partido Popular (PP) es un “actor secundario” en este procedimiento y que su participación en seminarios de la FAES es “acertada” y “aconsejable”, informa Europa Press.
Hurtado, un magistrado con aspiraciones a acceder al Tribunal Supremo -decisión que depende del CGPJ-, será el presidente del tribunal de Gürtel gracias a un reciente cambio normativo en la Audiencia Nacional. Adoptado en julio, el cambio impedía cualquier posibilidad de que el único magistrado progresista de la Sección Segunda, José Ricardo de Prada, pudiera redactar la ponencia o presidir el tribunal.
Hurtado ha formulado un voto particular a la decisión mayoritaria de apartar a López y a Concepción Espejel --nombrada inicialmente como presidenta del tribunal--, al que se han adherido los magistrados Juan Francisco Martel, Fermín Echarri y Nicolás Poveda.
Este último ha emitido un voto concurrente en el que critica el “ejercicio de politización” efectuado el pasado 30 de octubre por 14 de los 18 integrantes de la Sala de lo Penal. “Los magistrados debemos alejarnos de tal mediatización de las cuestiones que nos ocupan”, añade Poveda.
En su voto particular, los cuatro magistrados discrepantes comparten que el PP, como partícipe a título lucrativo, ostenta una condición procesal “secundaria y colateral” y se preguntan “hasta qué punto es tolerable que la implicación de un actor secundario pueda condicionar la formación de un tribunal penal, con la afectación que entraña en relación con el derecho al juez predeterminado por la ley”.
Además, denuncian la “campaña mediática”, en la que se han vertido opiniones “no positivas” sobre López y Espejel, que han generado “auténticos juicios paralelos” y no han contado con el rigor jurídico que hubiera sido, en su opinión, deseable. Aunque entienden que no ha repercutido en la decisión mayoritaria, sí avisan de que “ha sido imposible que esa campaña pasara desapercibida”.
A su entender, ha sido la afinidad ideológica de Espejel y López con el PP la causa “real” para apartarles del tribunal, algo que no está tasado como motivo de recusación en la ley. Con todo, consideran un argumento “insuficiente” que el magistrado participara en seminarios de la FAES y creen que sus cargos en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) o el Tribunal Constitucional (TC) no le inhabilitan para enjuiciar el caso.
A su juicio, la participación de López en 68 actividades de la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), vinculada al PP y dirigida por el expresidente del Gobierno José María Aznar, es “acertada” y debió haber sido valorada “en positivo” en la medida en que la participación de un jurista en un centro de concentración política “no deja de ser aconsejable”.
“Se trata de actividades académicas que no deberían perder tal consideración por el lugar donde se desarrollen y son, desde luego, compatibles con la actividad judicial”, indican.
Finalmente, recuerdan que el Pleno desestimó en 2013 una anterior recusación planteada por IU contra López en la causa sobre la caja B del PP, en la que también se invocó su amistad con Federico Trillo y con la propia formación política, y concluyen que no ha habido “nada nuevo” desde entonces, salvo su presencia en cuatro actividades de la FAES.