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El puchero de Castilla-La Mancha

  • Fernando Mora y Trinidad Noguera analizan las principales novedades de la futura ley electoral de Castilla-La Mancha. Sus principal conclusión es que con el nuevo texto se reforzará de forma excepcional el partido más votado haciendo más accesible la mayoría absoluta.

El mes de julio pasado las Cortes castellano-manchegas aprobaron una reforma de Estatuto de Autonomía con los votos del Partido Popular y la total disconformidad de la oposición, que se ausentó de la Cámara en señal de protesta. Hace algunos días –de nuevo con el apoyo del PP y el rechazo de la oposición- el Congreso completó su tramitación.

El objetivo de esta reforma estatutaria es hacer posible un cambio en la ley electoral de Castilla-La Mancha, que María Dolores de Cospedal justificó apelando a “una nueva filosofía”. La filosofía en cuestión tiene en realidad poco de nueva, porque recuerda al gerrymandering, vetusta técnica consistente en rediseñar las circunscripciones de forma que el resultado de los comicios sea siempre el que a uno le conviene. En este caso, por una drástica reducción y redistribución del número de escaños. Dicho de otro modo, el fin perseguido es institucionalizar el pucherazo. ¿Por qué? Veamos:

Uno de los rasgos más comentados de la reforma del Estatuto y de la futura ley electoral –cuya concreción definitiva está aún por ver- es la disminución del número de parlamentarios de los 49 actuales a una horquilla de entre 25 y 35. Hace sólo un año la propia Cospedalya había modificado el número de diputados en un sentido contrario, elevando la cifra a 53 escaños. Poco después aprovechó para eliminarles el sueldo (cuestión que merece reflexión aparte), de modo que la reducción de ahora no reporta ahorro alguno a las arcas públicas.

¿Mejora tal vez la representatividad? Para que ésta aumentase disminuyendo el número de parlamentarios sería preciso establecer una circunscripción única. Pero la reforma no va en esa dirección. Todo lo contrario: se dividen la cifra de diputados que la ley electoral señale (entre 25 y 35) entre las cinco provincias actuales, atribuyendo escaños pares o impares a cada circunscripción en función de criterios por determinar (y mucho nos tememos que el criterio principal para otorgar más escaños a una provincia no será el poblacional, sino otro, digamos, menos objetivo, como ya hicieron en la anterior reforma).

El efecto fundamental obvio de esta reforma será hacer más accesible la mayoría absoluta al reducir el umbral necesario para obtenerla, reforzando desproporcionadamente al partido que obtenga mayor número de votos y reduciendo la proporcionalidad del sistema.Para ello, la reforma podría alterar sensiblemente el peso de cada circunscripción electoral (si se trata de reforzar aquellas provincias donde el partido gobernante es más fuerte).

Además, se incrementa el umbral efectivo en algunas circunscripciones (el porcentaje de votos mínimo necesario para acceder a la representación). Por ejemplo, en los distritos con menor número de diputados, las fuerzas políticas más pequeñas podrían obtener porcentajes superiores al 19% de los sufragios y aún así quedar sin representación parlamentaria. A menor tamaño de las circunscripciones (menor número de escaños en cada una), menores son las posibilidades de obtener escaño para los partidos pequeños. El Parlamento resultante no será más representativo, sino menos.

A falta de la aprobación de la norma definitiva, hemos elaborado una proyección hipotética de cómo podría ser el futuro Parlamento castellano-manchego. Damos por buena nuestra sospecha de que en la nueva ley el PP se inclinará por la combinación de reglas que maximice sus posibilidades de mantenerse en el Gobierno y ponga más obstáculos a sus adversarios. Partimos así de tres supuestos cuya combinación resultaría especialmente favorable a sus intereses:

  1. Un número bajo de escaños (el ejemplo se calcula con 27 escaños).
  2. Asignación de escaños impares a tres provincias (las que hasta ahora se han mostrado más proclives al Partido actualmente en el Gobierno).
  3. Un aumento sensible de los votos a los partidos pequeños.

Como puede apreciarse en el cuadro 1, aplicando esos supuestos y distribuyendo votos y escaños entre cuatro partidos (A, B, C y D), el primer partido disfrutaría de mayoría absoluta incluso empatando con el segundo en porcentaje de votos a nivel regional. En algunas provincias (donde hemos asignado sólo tres escaños), las terceras y cuartas fuerzas podrían necesitar un 33,3% de votos y nunca menos del 19% para obtener escaño, dependiendo de si la diferencia entre las dos primeras fuerzas es mayor o menor. La representación de los partidos pequeños en la Cámara autonómica estaría claramente sesgada a la baja.

Fijémonos que en este caso, la representación de algunas provincias quedaría necesariamente perjudicada: así, según nuestra proyección Cuenca o Guadalajara pasarían de tener el 17% de escaños al 11%, mientras que Toledo pasaría del 24,5% de escaños al 33,3%.

A título comparativo, cabe señalar que dados los mismos porcentajes de voto, con los 53 escaños actuales y la distribución de escaños por provincias que establece la ley vigente, el partido A seguiría obteniendo mayor número de escaños, pero no la mayoría absoluta, y el escaño resultaría proporcionalmente menos costoso para los partidos pequeños:

Resumiendo, el resultado hacia el que parece dirigirse el sistema electoral castellano-manchego, de la mano del PP de Cospedal, consiste en dejar sin representación a un porcentaje altísimo de la ciudadanía, mientras se refuerza exageradamente la presencia parlamentaria del partido más votado. Un resultado que conculca el espíritu de los artículos 23 de la Constitución y 10.2 del Estatuto de Autonomía, si no directamente su letra. Y que supone además una agresión para cualquier conciencia democrática. No obstante, convendría tener presente que el día de las elecciones los ciudadanos pueden desatar lo que sequiere atado y bien atado. Y de eso también hay experiencias.