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La jueza Alaya cifra el desvío de fondos de los ERE en 855 millones de euros

Alaya dice que los ERE fueron una "subversión del orden jurídico" de 855 millones de euros

EFE

Sevilla —

La jueza de los ERE, Mercedes Alaya, dice en su exposición razonada al Tribunal Supremo que las ayudas investigadas alcanzaron la cifra de 855 millones de euros y fueron “una auténtica subversión del ordenamiento jurídico”.

En dicho texto, al que ha tenido acceso Efe, la jueza afirma que “esta subversión normativa y procedimental” determinó, en gran parte de los casos, que las ayudas terminaran “en manos de personas y empresas próximas al entorno de los sindicatos, de cargos de la Junta de Andalucía o del PSOE andaluz”.

La jueza de instrucción 6 de Sevilla, después de tres años de investigación, eleva al Supremo la causa por la existencia de nueve aforados: los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán; los exconsejeros Carmen Martínez Aguayo, José Antonio Viera, Manuel Recio, Antonio Ávila y Francisco Vallejo; y otros dos exconsejeros a los que aún no había notificado su preimputación: Gaspar Zarrías y Mar Moreno.

La jueza analiza las ayudas sociolaborales y a empresas por parte de la dirección general de Trabajo entre 2000 y 2012 y concluye que supuso una “ilegal aplicación de fondos públicos por importe de 855 millones de euros” a través de una partida presupuestaria “claramente inadecuada” como eran las transferencias de financiación.

Esta figura estaba definida por “numerosas órdenes y leyes emanadas del propio parlamento andaluz” como destinada estrictamente a “equilibrar la cuenta de pérdidas y ganancias” de las agencias IFA e IDEA, que pagaron los fondos.

La consecuencia de no utilizar el crédito adecuado, según Alaya, fue permitir de “manera intencionada” una serie de irregularidades como eludir el procedimiento legalmente previsto para el otorgamiento de subvenciones, evitar los controles de la Intervención de la Junta y “la existencia de una clara y palmaria discrecionalidad en el uso de los fondos públicos”, pues las subvenciones se concedían “sin solicitud, sin documentación justificativa” y además por un órgano “manifiestamente incompetente”.

“Se producía, pues, una auténtica subversión del ordenamiento jurídico”, pues “amén de las normas reguladoras de las subvenciones, se infringieron preceptos tan elementales como la Constitución y el Estatuto de Autonomía”.

Además, se tejió un “selecto círculo de influencias que iban desde los sindicatos, agencias o mediadores de seguros y despachos de abogados, que tenían importantes beneficios económicos por su gestión”.

Se trataba de tres tipos de subvenciones: sociolaborales, ayudas directas a empresas y ayudas individuales a personas físicas, estas últimas otorgadas a familiares y amigos de algunos de los ex altos cargos o mediadores imputados.

Sobre estas últimas, la exposición razonada recoge que se basaron solo en “las relaciones personales, al margen de cualquier criterio legal o igualitario, por ser los beneficiarios amigos, parientes, compañeros de partido o sindicato, cargos políticos o incluso por ser conocidos del mismo pueblo”.

Las agencias andaluzas IFA e IDEA “prestaban una colaboración necesaria e imprescindible para que el sistema pudiera llevarse a efecto”, mediante el falseamiento de su presupuesto, en un proceso que “necesariamente implicaba una coordinación a tres niveles: Consejería de Empleo, IFA e IDEA y Consejería de Economía y Hacienda”, según el texto.

A juicio de Alaya, la implicación de los expresidentes andaluces deriva de que era necesaria “una amplia coordinación para la indebida inclusión de las transferencias de financiación en el proceso de elaboración de los presupuestos” y al presidente de la Junta le corresponde “asegurar la coordinación entre las distintas consejerías y fijar las directrices generales de la acción de gobierno”.

Alaya analiza el proceso de elaboración de los presupuestos y concluye que “es difícil pensar” que en el grupo de trabajo y en la comisión delegada no obtuvieran sus integrantes una imagen “fiel y exacta” del contenido del programa 31L con el que se otorgaban las ayudas y del hecho de que las subvenciones se concedían “sin fiscalización previa, creando un déficit presupuestario con importante menoscabo de fondos públicos y sin cobertura presupuestaria”.

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