La Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto a la suspensión de la ejecución de las penas impuestas por el caso de los ERE tanto al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán como a otros ocho antiguos altos cargos de la administración autonómica. Esos nueve condenados tienen penas de cárcel tras la sentencia avalada por el Tribunal Supremo que les consideró autores de un delito de prevaricación en relación de concurso medial con un delito de malversación de caudales públicos.
Recuerdan los fiscales delegados en Sevilla de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada la Fiscalía en su escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es Andalucía, que el Tribunal Supremo en su sentencia confirmando sus penas ya recogía sobre la naturaleza de estos delitos que se trata de “una forma mas de 'corrupción política' cuando analiza la tipicidad de la malversación” y que “el correcto entendimiento del delito de prevaricación administrativa sólo puede realizarse, como ha señalado la doctrina científica, desde una concepción democrática del poder público”. En ese punto recuerdan que “la corrupción política y administrativa y la desviación de poder son incompatibles con un estado democrático de derecho, en el que han de prevalecer principios como la igualdad ante la ley, el control del poder público, la imparcialidad y la corrección en la actuación administrativa”.
Acerca de la suspensión de la ejecución de la pena, señala la Fiscalía que “son numerosas las resoluciones de Audiencias Provinciales reiterando el carácter excepcional de la suspensión”. “El Tribunal Constitucional sigue manteniendo que la suspensión de la pena se configura como una medida de carácter excepcional y de aplicación restrictiva dado el interés general en la efectividad de las decisiones judiciales y en particular de la ejecución de las mismas como manifestación de la potestad jurisdiccional; del que sólo se exceptúan aquellos casos en que se acredite suficientemente la irreparabilidad del perjuicio que supondría una respuesta tardía que hiciera ilusoria y nominal del derecho constitucional vulnerado”, cita de una de ellas, en concreto de la Audiencia de Vizcaya.
Por otro lado recuerdan los fiscales que “durante la tramitación de toda la causa no se han producido dilaciones que hayan merecido la consideración de indebidas con la consiguiente atenuación de la pena”, como ya advirtió el Supremo. “La ejecutoria, a la fecha, no ha sufrido dilaciones más allá de las que se derivan de la tramitación de las solicitudes presentadas por las representaciones de los condenados que por tanto no pueden ser calificadas como indebidas”, insiste la Fiscalía.
Un posible indulto
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla había solicitado al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas que informaran sobre la solicitud de suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad mientras se tramitaban los indultos planteados por nueve exaltos cargos de la Junta de Andalucía, condenados a entrar la cárcel por malversación de caudales públicos, entre ellos el expresidente andaluz y del PSOE José Antonio Griñán.
Paralelamente a su petición de indulto, apoyado por políticos, académicos y personalidades, la defensa del expresidente Griñán formalizó ante el Tribunal Supremo su anunciado incidente de nulidad respecto a la sentencia de los ERE que le condena a seis años y dos días de cárcel y 15 años y dos días de inhabilitación por delitos continuados de malversación y prevaricación. Dicen los fiscales ahora que, tras la sentencia de los ERE, “la duración de las penas impuesta de inhabilitación absoluta y de prisión son lo suficientemente largas (...) para que se pueda estimar que la posible concesión del indulto no se vea frustrada por el inicio de las ejecuciones”
Según la agencia EFE, el PP, que ejerce la acusación particular en este caso, tiene previsto presentar la próxima semana en la Audiencia de Sevilla su escrito sobre si se debe paralizar o no la entrada de Griñán en prisión. Fuentes de la Audiencia de Sevilla han explicado a EFE que lo lógico sería que el tribunal que debe ejecutar la sentencia condenatoria respecto a Griñán y los otros ex altos cargos de la Junta espere al menos a que el Supremo resuelva el incidente de nulidad presentado por su abogado. Ese incidente de nulidad, la petición de amparo al Constitucional y la solicitud de indulto parcial presentada ante el Gobierno por su mujer y sus hijos son las bazas de Griñán para evitar la cárcel.
El Supremo ratificó en líneas generales la tesis de la Audiencia de Sevilla con un tribunal dividido (tres votos a favor y dos en contra) y condenó a prisión a nueve ex altos cargos del Gobierno andaluz por aplicar entre 2000 y 2009 un sistema de concesión de ayudas sociolaborales a sabiendas del “descontrol” y de las “gravísimas ilegalidades” que se cometían, a pesar de lo cual no hicieron nada para impedirlo.
Fue precisamente la condena a Griñán por malversación (delito que implica pena de prisión) la que generó discrepancias entre los magistrados: dos de los cinco afirmaron que este castigo se basó en “una mera especulación” sin “prueba seria y sólida” y que suponía un “sorprendente y significativo salto al vacío”. El Supremo también ratificó las condenas a inhabilitación por un delito de prevaricación de otros ex altos cargos como el también expresidente andaluz Manuel Chaves y los exconsejeros Gaspar Zarrías y Magdalena Álvarez.
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