La jueza Mercedes Alaya ha vuelto a notificar a los expresidentes de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y a cinco exconsejeros de la Junta, que se personen en la causa abierta por los expedientes de regulación de empleo (ERE) presuntos fraudulentos “si ese fuera su interés”. En un auto fechado el 18 de diciembre, la jueza que instruye el denominado caso ERE pide así que se dé cuenta de “la existencia” del procedimiento judicial a los dos expresidentes y a los que fueran consejeros José Antonio Viera, Francisco Vallejo, Carmen Martínez Aguayo, Manuel Recio y Antonio Ávila, todos ellos “en calidad de imputados”, reconociendo su condición de aforados pero dirigiéndose hacia ellos “a los efectos del artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.
La magistrada responde así al rechazo por parte de la Audiencia de Sevilla, a petición de la Fiscalía, de su auto del pasado 10 de septiembre en el que preimputaba a estos aforados, a fin de que motivara más profundamente los hechos delictivos por los que podrían verse afectados. En este nuevo escrito, de 28 folios, la magistrada recuerda que la investigación penal se refiere a la concesión de subvenciones por la Dirección General de Trabajo entre los años 2000 y 2011, “que habrían supuesto la aplicación de fondos públicos en una cantidad aproximada de 700 millones de euros” a través del Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), que pasaría a ser luego la agencia IDEA, partidas que, según el auto, se concedieron “sin la fiscalización” necesaria y al margen de lo fijado por diferentes normas en materia de hacienda pública y subvenciones.
Alaya se remite así al informe de fiscalización de la Cámara de Cuentas, que determinaba la utilización se forma “inadecuada” de determinadas transferencias de financiación. Reconoce, no obstante, que todavía no se ha podido incorporar el contenido del informe de la Intervención General del Estado recientemente remitido a su juzgado, dado su “extraordinario volumen”.
En el auto detalla que el supuesto uso fraudulento se hizo “en virtud del programa 22E y más tarde 31.L., que habría supuesto la aplicación de fondos públicos en una cantidad aproximada a 700 millones de euros, y ello a través de la partida presupuestaria de transferencias de financiación a IFA/IDEA, quien se encargaría del pago de las mismas”. Alaya añade que se trata de la “actuación continuada de concesión de ayudas al margen de lo establecido” que se habría podido producir “gracias a la presupuestación también continuada de dicha partida de transferencias, primero a través de las modificaciones presupuestarias y luego a través de las propias leyes de Presupuestos”.
Alaya precisa que todas las modificaciones presupuestarias “fueron aprobadas” por el Consejo de Gobierno, “constituido por el presidente de la Junta, Manuel Chaves, y el resto de los consejeros, a propuesta de la consejera de Hacienda, Magdalena Álvarez, salvo una relativa a Santana Motor que fue aprobada por ella”. “La aplicación presupuestaria de destino no era adecuada de acuerdo con la clasificación del gasto, adecuación que constituye uno de los requisitos para que pueda autorizarse la modificación presupuestaria”, precisa.
Las consecuencias del sistema de ayudas
Al respecto, el auto da cuenta de “las consecuencias” del sistema de concesión de ayudas sociolaborales, a través del análisis de los distintos expedientes, aludiendo a la “ausencia absoluta de trámite administrativo: ni solicitud, ni justificación económica, ni justificación de la finalidad pública o interés social de la ayuda que se solicita, ni resolución motivada por órgano competente que razone este interés”, siendo los expedientes de ayudas tramitadas en la Dirección General de Trabajo “un cúmulo de papeles inconexos sin ningún orden o iter procedimental”.
Entre otras consecuencias del uso del sistema estaría “la mencionada ausencia, por la Intervención General de la Junta, de la fiscalización previa del gasto”, así como “la ausencia de bases reguladoras como publicidad, lo que determinó la ausencia de criterios objetivos para la concesión y el cumplimiento del principio de igualdad”, incidiendo en que, “como reconoció Francisco Javier Guerrero, las ayudas concedidas fueron discrecionales, terminando por concederse a aquellas personas o empresas que estaban en un entorno cercano a los sindicatos o a la Junta”.
Aunque la jueza dice que hace un “esbozo, parcial y sucinto”, detalla también que la concesión de ayudas sociolaborales se dirigía “a personas individuales que no han sido afectadas por ERE por el solo hecho de encontrarse desempleadas”, lo cual “motivó que cierto número de ayudas fueran concedidas a amigos, familiares o personas del entorno de ciertos cargos de la Consejería de Empleo, que fueron receptoras incluso de varias subvenciones”, así como la inclusión de 'intrusos' y “la intervención habitual de intermediarios que traficaban con la influencia que tenían sobre los cargos de la Consejería de Empleo para conseguir la financiación de la Junta”.
Asimismo, también alude al “pago sin límite de comisiones a las mediadoras de seguros, que cobraban enormes sumas por encima de la media del mercado”, al “fenómeno de los 'pagos cruzados'”, o a la “concentración inusitada de ayudas a empresas de la Sierra Norte de Sevilla, algunas de las cuales carecían de actividad”. Acerca de ese punto, concreta que tanto Guerrero como el exconsejero Antonio Fernández manifestaron que la decisión sobre “tal cúmulo de ayudas” fue tomada por el también exconsejero de Empleo José Antonio Viera“.