Consumo Responde es un espacio respaldado por la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía pensado para el consumidor, para divulgar y dar a conocer herramientas y derechos que los consumidores y consumidoras ante la realidad. Una realidad que nos hace vulnerables como consumidores y poderosos al mismo tiempo, porque hoy, más que nunca, las decisiones del consumidor pueden marcar diferencias en los mercados, en las empresas y en la sociedad. Más información en www.consumoresponde.es y consumoresponde@juntadeandalucia.es (900 21 50 80)
Claves para alquilar una vivienda con garantías
Cada vez son más las personas que apuestan por el alquiler de vivienda frente a la compra. Ya sea porque te quieres independizar, porque cambias de lugar de residencia y necesitas una nueva vivienda, o por cualquier otra cuestión, es importante que le dediques tiempo y esfuerzo a la búsqueda, para que cuentes con la máxima información posible antes de cerrar la operación, y evites así que puedan surgir problemas más tarde.
Si ya te has decidido por el alquiler, en primer lugar debes hacer un cálculo de cuánto estás dispuesto a pagar por la vivienda. No valores únicamente el coste del alquiler en sí mismo; también debes tener en cuenta otros gastos adicionales que se puedan generar, como por ejemplo los gastos de transporte para desplazarte desde la vivienda a tu lugar de trabajo, estudio, etc. Como regla general, se recomienda que los gastos totales por alquiler no superen del 30% al 40% de los ingresos mensuales.
Una vez que tengas el presupuesto claro, comienza el proceso de búsqueda. Si te decides por una determinada zona o barrio, hazte una idea del precio medio de las viviendas en alquiler similares en la zona, para tener una referencia a la hora de comparar opciones. Desconfía de precios excesivamente bajos en relación con esa media, ya que pueden esconder defectos en la vivienda, o intentos de fraude o estafa.
Es importante que veas varias viviendas para poder comparar calidades y precios antes de decidirte por una u otra opción. Cuando visites las viviendas, es recomendable que tomes nota de todos aquellos datos que vayas observando, como el entorno, las características más notables de la vivienda, ventajas y desventajas de cada una, presencia de supermercados cerca,... Todas estas anotaciones harán más fácil la toma final de decisiones.
Elige viviendas que tengan una dirección fija en la publicidad ofrecida. No te fíes de la publicidad que oferta una determinada vivienda y sólo te facilita como contacto un teléfono o un correo electrónico. Tampoco facilites nunca dinero por adelantado sin haber visto vivienda alguna.
Antes de cerrar el alquiler
Si ya te has decidido por una vivienda en concreto, es importante que tengas en cuenta una serie de recomendaciones antes de cerrar la operación de alquiler, para hacerlo con todas las garantías:
- Si cierras la operación directamente con una persona particular, asegúrate de que la persona que dice ser arrendadora es efectivamente la propietaria de la vivienda, algo que puedes comprobar solicitando una Nota Simple en el Registro de la Propiedad.
- Si realizas la operación a través de una agencia inmobiliaria, ten en cuenta que deberá facilitarte de forma gratuita una copia del Documento Informativo Abreviado (DIA) de la vivienda Documento Informativo Abreviado (DIA) de la vivienda, con carácter previo o simultáneo a la firma del contrato.
- Antes de firmar el contrato, es aconsejable visitar la vivienda para comprobar en qué estado se encuentra, realizando un listado de los desperfectos que se observen y anotándolos o, incluso, fotografiándolos para que, de este modo, quede constancia de los mismos y se haga alusión a éstos en el propio contrato. Es fundamental, del mismo modo, que al contratar, se realice un inventario con los electrodomésticos, muebles, enseres, etc., con que cuenta la vivienda.
- No facilites dinero alguno en concepto de anticipo sin antes haber visto la vivienda. Si por cualquier circunstancia te vieras en la necesidad de adelantar algún importe monetario, es importante que exijas que dicha circunstancia sea recogida por escrito.
- Si bien se acepta la contratación verbal entre las dos partes en el alquiler de una vivienda, es recomendable hacerlo siempre por escrito y con la presencia simultánea de ambas partes.
- Antes de proceder a la firma del contrato, es importante que lo leas detenidamente y sin agobios. Llévatelo a casa y estúdialo con tranquilidad y sin posibles presiones. Al proceder a la firma del mismo, no olvides firmar todas las hojas que pudieran formar parte del documento contractual.
- Es importante saber si los suministros (agua, luz, gas,…) están dados de alta, y que le pidas los datos del contrato a la persona arrendadora para poder encargarte del pago.
- El documento contractual es libremente pactado por las partes, por lo que puede ser negociable entre las mismas. Vigila especialmente la posible inclusión de cláusulas oscuras o abusivas y reclama su eliminación en caso necesario. Se deben tener especialmente en cuenta los derechos y obligaciones que asisten, tanto a las personas arrendadoras, como arrendatarias, en materia de alquiler.
- Para una mayor comodidad y garantía entre las partes en el contrato de arrendamiento, es aconsejable que siempre que sea posible el pago de la renta se haga a través de una domiciliación bancaria.
- Cada vez que realices un pago en concepto de renta, exige el correspondiente recibo o justificante del pago. Asimismo, es aconsejable que te asegures de que la persona arrendadora deposita la fianza en el correspondiente organismo de la Administración Autonómica.
- Desde el 1 de junio de 2013, es obligatoria la existencia de certificado de eficiencia energética certificado de eficiencia energética para todo inmueble cuando su propietario o propietaria desee venderlo o alquilarlo.
En todo caso, si sigues teniendo alguna duda sobre este asunto, puedes ponerte en contacto con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web www.consumoresponde.es, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es o del perfil de Twitter @consumoresponde.
Sobre este blog
Consumo Responde es un espacio respaldado por la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía pensado para el consumidor, para divulgar y dar a conocer herramientas y derechos que los consumidores y consumidoras ante la realidad. Una realidad que nos hace vulnerables como consumidores y poderosos al mismo tiempo, porque hoy, más que nunca, las decisiones del consumidor pueden marcar diferencias en los mercados, en las empresas y en la sociedad. Más información en www.consumoresponde.es y consumoresponde@juntadeandalucia.es (900 21 50 80)