Del caso de Héctor, el adolescente de Dos Torres (Córdoba) que al inicio de este curso escolar escribió al equipo directivo de su instituto diciendo que “ya no podía más” con los crucifijos en las aulas y las visitas del obispo, ya tiene constancia directa la Delegación de Educación de la Junta de Andalucía, en concreto la delegada, Inmaculada Troncoso. Este lunes, Córdoba Laica ha acompañado al joven de 14 años ante la sede administrativa, donde ha presentado un escrito denunciando la presencia de simbología religiosa en su centro educativo y donde indica que “son ustedes los que deben velar para que nosotros tengamos todos los derechos y libertades reconocidos por la Constitución, la Convención de los Derechos del Niño y el Estatuto de Autonomía, para que nuestro interés sea el principal frente a cualquier otro tipo de intereses, como dice la Ley de los Derechos y la Atención al Menor de Andalucía”.
Al escrito entregado en el registro de entrada de la Delegación de Educación, al que ha tenido acceso este periódico, el joven ha adjuntado los “cuatro escritos” que ha ido entregando al equipo directivo del IES San Roque solicitando la simbología religiosa del centro. “Señora delegada, estamos en Córdoba,la ciudad de las tres culturas, de la tolerancia y la convivencia, una ciudad que supo cómo sobrevivir a los problemas y crear una situación favorable para el desarrollo de las artes y las ciencias, una cidad donde la tolerancia y el respeto hacia todas las creencias, pero las de todos, no solo la de un grupo determinado, hicieron grande a esta ciudad”. “En esos valores y en el cuplimiento de la ley es donde deberían educarnos”, sugiere.
El joven se pregunta “¿qué es lo que no entiende el director de mi instituto, el consejero y usted de que el Estado español es aconfesional, como dice la Constitución? ¿Y de que la educación será laica, como dice el Estatuto de Autonomía? ¿O es que me están educando para que no cumpla la ley?”.
“El hacerme estar hoy aquí, presentando estos escritos y teniendo que batallar una lucha de derechos fundamentales, para los que vienen detrás, para decir que los seres humanos tenemos los mismos derechos, aunque estemos en mayoría o minoría, y que hay que cumplir la ley, hace que no me sienta protegido, no me sienta amparado, no me sienta defendido por quien debe hacerlo, por ustedes, por la Administración que nos representa a todos los ciuadadanos/as”, señala el escrito.
Derechos fundamentales del alumno
Cordoba Laica ha presentado también su propio escrito reclamando el cumplimiento constitucional y del Estatuto de Autonomía, así como el respeto de los derechos como la libertad de conciencia y los derechos del menor. Según el Estatuto, “la enseñanza pública, conforme al carácter aconfesional del Estado, será laica” (art.21); según la Constitución, “ninguna confesión tendrá carácter estatal” (art. 16.3). La admInistración andaluza lleva al menos 15 años dejando la decisión del mantenimiento o retirada de los símbolos religiosos en los colegios públicos en manos de los consejos escolares. La organización cordobesa, al igual que ya hizo Andalucía Laica, argumenta que “la instalación de los citados símbolos es una manifestación inequívoca de que la Administración Pública se decanta a favor de la religión católica en detrimento de las creencias o convicciones de quienes no profesen esa religión”.
La asociación ha solicitado “que se adopten las medidas necesarias para la retirada de todos los símbolos de carácter religioso confesional existentes en ese centro escolar dependiente de la Junta de Andalucía”. También indica Córdoba Laica que tienen constancia de que la Junta tiene conocimiento de la resolución del Defensor del Pueblo en el sentido de que no se trata de una competencia del Consejo Escolar, por lo que se trata de “una responsabilidad de esa dirección del centro como un aspecto de funcionamiento general del mismo, pero que en este caso afecta a derechos fundamentales de un alumno del centro, por lo que procede su inmediata intervención para subsanarlo”.
El escrito presentado por Córdoba Laica alude a una de las sentencias en España que abordó la cuestión se dictó en diciembre de 2009. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCL) determinó que los crucifijos presentes en las aulas de los colegios públicos sólo han de ser retirados previa petición de los padres del alumno. Aquel fallo obligó a la retirada de las cruces del Colegio Público Macías Picavea de Valladolid, así como del resto de dependencias comunes del colegio como pasillos, salón de actos y comedor. La sentencia fue la respuesta al recurso de la Junta de Castilla y León al fallo de un tribunal de lo Contencioso-Administrativo que obligaba a la retirada de todos los crucifijos del colegio, sin excepción. La Junta consideraba que no había que retirar las cruces puesto que así lo decidió el Consejo Escolar que regía el centro.
“Contra la libertad de conciencia”
En resumen, tanto el joven como Córdoba Laica denuncian que “en el IES San Roque de Dos Torres (Córdoba) existen crucifijos y símbolos religioso en aulas y dependencias del centro” y que su existencia “atenta contra la libertad de conciencia que protegen la Constitución Española y el derecho internacional de aplicación en España como la Convención de Derechos Humanos y la Carta Europea de Derechos Humanos y por identificar una institución del Estado aconfesional con una religión particular”.
¿Qué es lo último que ha hecho la Junta al tener que decidir sobre estas cuestiones? Según se recoge en un escrito de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación de septiembre de 2018, “parece que sea el Consejo Escolar, como órgano de participación de la comunidad educativa en el gobierno de los centros, el que debería decidir sobre la presencia de dichos símbolos religiosos, en virtud de su representatividad y de la genérica competencia atribuida en el art.127 g) de la LOE de proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad y la no discriminación, competencia inalterada por la nueva redacción de la LOMCE”. “No obstante, si esa decisión hubiera de realizarse en el ámbito del plan de convivencia del centro, correspondería a la persona que ejerce la dirección”, concluyó la Consejería en 2018.