Llegó la jornada de conclusiones en el juicio que se sigue en la Audiencia Provincial de Córdoba contra el empresario Rafael Gómez, conocido como Sandokán, y sus cuatro hijos por un presunto fraude de 53 millones a la Hacienda Pública entre 2003 y 2006…y apareció Lionel Messi. La Fiscalía trajo a colación la sentencia del caso del futbolista del Barcelona FC donde se señala que incurre en delito también quien actúa con ignorancia deliberada y, además, de no ser castigada esa actitud, se envía una mensaje a la ciudadanía de que “es preferible inhibirse que preocuparse”.
Y se trajo a colación porque la declaración de los acusados y parte de la estrategia de su defensa se ha escudado en la falta de formación y conocimientos fiscales del empresario para no responsabilizarse del presunto fraude por el que se le piden 40 años de cárcel a él por cometer diez delitos, y otros 19 años y 3 meses para cada uno de sus cuatro hijos por ser responsables de siete delitos cada cual.
“Yo no sé lo que es el IRPF ese”, llegó a declarar Gómez ante el juez, añadiendo a preguntas de su abogado que no sabía escribir y apenas leer y que, por tanto, no sabía nada y dejaba en manos de sus asesores –internos y externos al grupo empresarial- todo cuanto tenía que ver con el pago de impuestos.
“Expresiones como esa suenan como una bofetada al ciudadano medio que sí está atento” a sus obligaciones tributarias, ha dicho el fiscal para atacar la “ignorancia deliberada” del empresario cordobés quien, sin embargo, “era quien tomaba las decisiones, estaba en la médula y nada de lo que ocurría le era ajeno” en sus empresas. “Existe un deber de conocer. El que no quiere conocer pudiendo conocer acepta lo que está pasando. El Código Civil dice que la ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento”, ha esgrimido la Fiscalía contra Gómez y sus hijos, quienes a su juicio, intencionadamente “se han acogido a la tesis de la ignorancia y de la confianza ciega”.
Una confianza ciega en sus asesores del departamento financiero del grupo de empresas de Gómez y también en los auditores externos, que ha servido a la defensa del empresario como escudo para dirigir toda la responsabilidad de las cuentas y del pago de tributos de las sociedades hacia ellos. “No pueden ser responsables los administradores (Sandokán y sus hijos) y estar exentos los asesores y auditores”. Y, por ello, el abogado del constructor ha pedido su absolución y la ausencia de responsabilidad de las sociedades en el presunto fraude, apuntando también a errores de la Agencia Tributaria e intentando desacreditar la validez de la declaración e informes de sus inspectores.
“Somos una familia honrada, trabajadora y sin ánimo de lucro”
El propio Gómez ha tomado la palabra en un alegato final antes de que el juicio quedara visto para sentencia y ha hecho hincapié en los aspectos descritos por su defensa en el proceso: “Somos una familia honrada, trabajadora y sin ánimo de lucro”, ha dicho al final, tras hacer un relato de su vida y su trayectoria profesional.
En ese relato ha incidido en que es “analfabeto” y que por ese motivo contrató en su empresa “a los mejores para hacer lo que yo no sé hacer”, en alusión directa a los asesores que le llevaban la contabilidad y la fiscalidad tanto personal como de sus sociedades. “Profesionales preparados, cualificados”, ha descrito sobre ellos.
Además, el constructor y exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba ha negado que diera ninguna instrucción en el ámbito tributario ni a su personal ni a los asesores externos de sus sociedades: “La instrucción era cumplir con su deber. Hicieron su trabajo y lo hicieron correctamente”, ha defendido.
“Olvidos o errores” de millones de euros
Por su parte, las acusaciones –Fiscalía y Abogacía del Estado- señalan, sin embargo, los informes de los inspectores de la Agencia Tributaria que apreciaron “un conjunto de conductas tendentes a la defraudación tributaria” o también “una actitud, un hábito, una estrategia destinada a defraudar a Hacienda” en el grupo de sociedades de Gómez y su familia.
En ese sentido han mantenido en el juicio una visión de conjunto sobre las operaciones de todo el grupo de empresas que da la medida de su manera de actuar para no tributar las cantidades debidas. Por el contrario, la defensa se ha esforzado en señalar la individualidad de cada uno de los hechos, algunos de los cuales los ha calificado como “olvidos” o “errores”, eso sí, de millones de euros.
De hecho, la Abogacía del Estado ha concluido que Gómez “crea sociedades de manera ficticia para eludir el pago de tributos”, según se desprende de la prueba pericial donde informes de cinco inspectores de la Agencia Tributaria han puesto de manifiesto los hechos por los que se acusa al empresario, sus hijos y sus sociedades, en los que se aprecia “ocultación” de datos o “aplicación manifiestamente incorrecta de la normativa tributaria” en diversas operaciones de sus empresas y en sus declaraciones de impuestos.
El fraude por el que se ha juzgado al empresario y sus hijos también corresponde al impago del IRPF durante los mismos ejercicios -2003 a 2006-, mientras que las empresas a las que se señala sobre su fraude a Hacienda son Arenal 2000, Arenal 2001, Arenal 2000 de Inversiones y Grupo Inversor Arenal 2000, dedicadas principalmente a la construcción y promoción inmobiliaria.
Datos del fraude que se imputa a Rafael Gómez
El auto desgranó en su día el importe concreto de las cantidades supuestamente defraudadas. De esta manera, y en lo que se refiere al impuesto de sociedades,
- El Grupo Inversor Arenal 2000 no habría abonado 1,03 millones del ejercicio 2004 y 15,4 millones del ejercicio 2006.
- Arenal 2000 (que es la que más debe) debería un total de 3,49 millones del ejercicio 2003, 203.616 euros del ejercicio 2004 y 32,5 millones de euros por el ejercicio 2006.
- En el caso de Arenal 2001 se adeudarían 884.000 euros del ejercicio 2003, 903.107 euros del ejercicio 2004 y 6,44 millones de euros del ejercicio 2006.
- El Grupo de Empresas Rafael Gómez Sánchez no habría pagado los 390.000 euros correspondientes al ejercicio 2005
- Y el Grupo Inmobiliario Arenal 2000 debería otros 2,07 millones del año 2006.
En cuanto al IRPF, según el auto judicial, se detalla que el propio Rafael Gómez debe en concepto de IRPF un total de 211.293 euros en 2003, 844.912 en 2004 y 1,03 millones en 2005. Su mujer, D. S. M., debería también en concepto de IRPF 211.000 euros del año 2003, 857.000 del año 2004 y 803.000 del año 2005. Su hija E. G. S. también aparece en el auto por un débito de IRPF de 129.883 euros del año 2005.
En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, el magistrado estimó que Rafael Gómez debe 740.000 euros del ejercicio 2004 y su mujer (que ha quedado libre del complejo proceso de instrucción judicial) 677.000 del mismo año. Por último, se detalla otro débito con la Agencia Tributaria referido al ejercicio 2004 en el que no se habría aplicado retención por IRPF a la sociedad Mezquita Sur de Inversiones por un total de 1,1 millones de euros.