La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha condenado al expresidente de la empresa de capital riesgo Invercaria, adscrita a la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), y a la que fuera vocal de la entidad Isabel de Haro Aramberri, exsecretaria de Desarrollo Industrial y Energético de la Consejería de Innovación; a tres años y un día de prisión y seis años y un día de inhabilitación absoluta; por un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación, a cuenta de las ayudas por 1,5 millones de euros concedidas por Invercaria a la sociedad Cedes Electria.
Pérez-Sauquillo, recordémoslo, fue ya condenado a tres años y medio de cárcel por el préstamo de Invercaria a la empresa Aceitunas Tatis, a dos años y tres meses de prisión por los gastos de personal de la citada entidad y a tres años y un día de cárcel y seis años y un día de inhabilitación absoluta por el préstamo participativo de 300.000 euros concedido a la empresa jiennense Fumapa.
Además, y en esta sentencia difundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), los empresarios promotores de Cedes Electria Federico Mañero Ruiz y Enrique García Chelle son condenados a un año y medio de cárcel y tres años de inhabilitación absoluta como inductores de un delito de malversación, siendo de otro lado absueltos del delito de prevaricación por el que también fueron juzgados.
Ello, con la aplicación en todos los casos de la atenuante de dilaciones indebidas, toda vez que después de que tanto la Fiscalía como el PP-A retirasen su acusación respecto al que fuera igualmente encartado Bienvenido Martínez Martínez, exdirector de IDEA y consejero de Invercaria, la sentencia refleja su absolución formal.
Además, los cuatro condenados deberán indemnizar de manera conjunta con 1.363.281 euros a Inverseed sociedad heredera de Invercaria.
La petición de la Fiscalía
Recordemos que en el juicio, celebrado entre el 31 de enero y el 8 de marzo de este año, con las testificales del exconsejero de Innovación Francisco Vallejo y el consejero delegado de Repsol y expresidente del Partido Nacionalista Vasco (PNV), Josu Jon Imaz; la Fiscalía pedía para Pérez-Sauquillo e Isabel de Haro seis años de prisión e inhabilitación absoluta por 15 años por un delito de malversación; y diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito de prevaricación.
Para Mañero Ruiz y Enrique García Chelle, en paralelo, solicitaba dos años y seis meses de prisión e inhabilitación absoluta por cinco años por el delito de malversación.
Según el tribunal, Cedes Electric fue creada en agosto de 2008 como sociedad de desarrollo de proyectos energéticos, encontrándose en Madrid su domicilio social y de operaciones, aunque “con la finalidad de cometer los hechos que se describen y de manera que pareciera que era un proyecto andaluz y se vinculara a Andalucía, se establecieron de forma ficticia” en la sede de la propia Invercaria y, posteriormente, en otra dirección, ambas en Sevilla capital.
El primer encuentro de los promotores de Cedes con Isabel de Haro y el entonces consejero de Innovación Francisco Vallejo, según la sentencia, derivó de la “relación de conocimiento” entre el empresario José Luis Manzano, ya fallecido, e Isabel de Haro.
El tribunal pone de manifiesto que el expediente de concesión de fondos a Cedes Electria obrante en Invercaria “carecía de documentación alguna”, mientras que “el plan de negocios aportado por el promotor fue incorporado posteriormente, cuando las inversiones ya estaban efectuadas”, añadiendo que “la realidad era que la actividad de Cedes estaba siendo desarrollada a través de las empresas de los propios socios” de la entidad.
“Mero instrumento”
“Mediante ello, los socios han mantenido el nivel de actividad de sus empresas, no siendo Cedes más que un mero intermediario e instrumento, de tal manera que los fondos públicos invertidos en la misma terminaron en aquellos, y ello al margen de las remuneraciones directas percibidas por los mismos”, asevera la Sección Primera, que agrega que Cedes, “por decisión de su presidente José Luis Manzano (ya fallecido) y la total pasividad de Isabel de Haro y Tomás Pérez-Sauquillo, siempre ejerció su actividad a través de terceros y se sirvió de las compañías de sus socios, de tal manera que enriqueció a estos con una fuerte contratación con entidades vinculadas”.
“Consta acreditado documentalmente el desvío de fondos desde Cedes a las empresas del entorno” de los socios de dicha mercantil, subraya la Audiencia, según la cual “no se siguió procedimiento alguno para la concesión de los préstamos” y “no consta análisis económico, financiero ni de viabilidad” para su concesión, “más allá del proyecto aportado por los empresarios, cuya documentación, según consta, se aportó con posterioridad a la constitución” de Cedes Electria.
La Audiencia condena a los dos socios de Cedes como inductores de un delito de malversación “en la medida en la que los mismos fueron, a través del entramado societario organizado, los beneficiarios, si bien en menor escala, de las concesiones de los préstamos participativos destinados a fines distintos para los que fueron concedidos, propiciando así el desvío de fondos desde Cedes a Eolincyl y a sus propias sociedades (...), aceptando la financiación, sin garantía alguna de devolución”.