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Empadronarse, un procedimiento legítimo pero arduo para las personas migrantes de asentamientos chabolistas

Un inmigrante transporta agua para beber y cocinar en un asentamiento en Lepe.

Javier Ramajo

22 de abril de 2022 20:50 h

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Estar empadronado es la puerta principal para acceder a los servicios de los municipios. Permite solicitar prestaciones sociales, tener atención médica con la tarjeta sanitaria, pedir una plaza en escuelas infantiles o solicitar o renovar el DNI o el pasaporte, entre otros derechos, como el de votar, por ejemplo. O puede suponer, directamente, el paso previo para optar a alquilar una vivienda y dejar atrás una chabola de plástico y madera que, como el pasado jueves, suelen ser solamente noticia si un incendio acaba con ella, en este caso, terminando con la vida de un joven marroquí de 25 años que se ganaba el pan trabajando en labores agrícolas.

Vivir en un asentamiento es malvivir pero es vivir en un lugar. Desde hace dos años, según normativa estatal, “las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el padrón”. En realidad, esas instrucciones técnicas que deben seguir los ayuntamientos en la gestión del padrón municipal ya estaban vigentes desde 2015, pero en los asentamientos de personas inmigrantes de Palos de la Frontera (Huelva) o de Níjar (Almería) está habiendo problemas con esta cuestión, según denuncian la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) y Alianza por la Solidaridad-ActionAid, que destacan que la mayor parte de los procedimientos de inmigración demandan que se adjunte el alta en el padrón municipal.

“El padrón debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio”, dice la resolución de 2020 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, que se publicó en pleno confinamiento.

Pero en los asentamientos la realidad no es siempre la que se pinta en el BOE y se da una “problemática en aumento” que no se atiene a la norma por “falta de voluntad” de la administración local, en este caso, en dos municipios que albergan asentamientos de personas inmigrantes que trabajan en el campo. “No hay voluntad de empadronar a personas en las chabolas y eso supone una doble discriminación, por vivir en un asentamiento y por ser extranjero” comenta Ana Gómez, coordinadora de Alianza por la Solidaridad-ActionAid en Andalucía.

Mientras muchos inmigrantes en Lepe se pudieron empadronar en el confinamiento en sus chabolas, el Ayuntamiento de Lucena del Puerto aseguró que no empadronaría a las personas inmigrantes que ocupaban un monte público, recuerda asegura Carmen Vázquez, de la APDHA en Huelva. Recientemente, durante unas jornadas en Huelva, repitió lo mismo, señala Ana Gómez. “En Palos están exigiendo a algunos el DNI, un contrato de alquiler de vivienda o una dirección, pero no tienen y se valen de eso para rechazar su solicitud”, explica. Por eso, APDHA ha acudido estos días al asentamiento junto al polígono industrial San Jorge, que alberga unas 700 chabolas, para informar de manera amplia y asesorar acerca de cómo pedir cita online para pedir el empadronamiento.

“Tienen derecho a empadronarse”

“Los están rechazando y eso no puede ser”, señala. La Delegación de Huelva de la APDHA ha denunciado recientemente que el Ayuntamiento de Rociana del Condado ha negado el empadronamiento a más de 70 familias que residen desde hace más de siete años en el sector conocido como ‘calles peatonales 1 y 2’. En el otro municipio señalado por Alianza tras un amplio estudio cualitativo que están realiando, Níjar, malviven 1.342 personas en 34 asentamientos según los informes del Equipo de Atención al Inmigrante de la Guardia Civil (EDATI), aunque, según las asociaciones, son bastantes más, unas 5.000.

Según detalla Ana Gómez, desde el “recibimiento” a la persona o la dificultad de la “barrera idiomática”, o simplemente el “trato” cuando acude a la oficina municipal, el tránsito hacia el empadronamiento no resulta “nada fácil”. “Se les piden requisitos que a veces son difíciles de conseguir” y la sensación que da es la de querer “cansar” a las personas inmigrantes cuando la realidad es que “tienen derecho a empadronarse”. Otras veces “no se les da resguardo de su solicitud” por lo que, aunque pasados tres meses sin respuesta podría empadrobarse por “silencio positivo, ”no pueden hacerlo porque no pueden probarlo“. ”O aducen dificultades para notificarles pero es que están trabajando“, apunta. ”No hay política de ayudar“, resume acerca de una cuestión ”bastante estructural“ que ”se replica en otros municipios del Estado“, añaden fuentes de APDHA.

Lo cierto es que existe alguna dificultad añadida si se trata de un asentamiento ubicado en terrenos de titularidad privada, porque la persona que solicita el empadronamiento necesita del permiso del dueño del suelo. Pero es una cuestión menos común, comenta Gómez, que destaca que, aunque la competencia es local, ninguna otra administración, y en este aso apunta a la Dirección General de Políticas Migratorias de la Junta de Andalucía, no ha movido ficha para intentar “sentar y hablar” con los ayuntamientos para “llegar a algún tipo de acuerdo” y que terminen de resolver esta problemática que se da en los asentamientos, “aunque no pueda oblgarles. ”Las quejas que se han interpuesto ante el Defensor del Pueblo no han prosperado porque es difícil hacer el seguimiento de casos concretos“, aludiendo en sentido positivo a casos que otra asociación de Lepe (Asnuci) ha conseguido ganar en los tribunales.

También alude la coordinadora de Alianza por la Solidaridad-ActionAid en Andalucía a que la denegación del empadronamiento que se pretende solicitar “fomenta un comercio ilegal puesto que las personas afectadas se ven abocadas a pagar entre 300 y 1.500 euros por conseguir el documento del padrón al que tienen derecho”. Supone, también, una “traba muy importante” a la hora de poder conseguir con posterioridad la regularización de su situación administrativa. “Es un círculo vicioso” por una “dejación de funciones” y un “bloqueo por parte de la administración”, señala, ya que “no se les ofrece otra alternativa habitacional” a su estancia en los asentamientos.

La condición de vecino

Fuentes del Ayuntamiento de Níjar consultadas por este periódico informan de que por parte de los responsables municipales que se dedican a esta cuestión “no hay ningún problema, todo lo contrario”. Explican que una vez que las personas inmigrantes presentan su formulario “con la documentación que deben aportar se tramita y se comprueba, con ellos mismos allí, que todo está correcto para evitar nuevos desplazamientos”.

“El único problema que ha existido, por llamarlo así, es cuando se ha hecho la comprobación del domicilio aportado y sencillamente no están o nunca han estado, o estuvieron y ya se fueron, sobre todo porque Níjar no suele ser el lugar donde se quedan, sino que mayoritariamente es un lugar de paso en su ruta hacia países del norte o zonas de España más pobladas o donde el trabajo que puedan encontrar no esté sujeto a la temporalidad que va unida al sector hortícola”, detallan la fuentes municipales, en sintonía con lo manifestado por Ana Gómez en cuanto a las dificultades para contactar con estas personas en horario laboral.

Según las fuentes del Ayuntamiento de Níjar, “salvo que no se resida realmente en el lugar que indican, no hay problema alguno”, detallando que el artículo 15 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local “supedita los efectos de la inscripción patronal a la subsistencia del hecho que la motiva, es decir, de la residencia habitual en el respectivo municipio”. “La inscripción padronal por sí sola no otorga al inscrito la condición de vecino de un municipio ni constituye prueba fehaciente de su residencia y domicilio. Para que ello ocurra es necesario que quien pretenda hacer valer esos efectos, además de estar inscrito, resida habitualmente en el municipio”, indican desde Níjar.

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