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Un doble “error” policial, origen de las heridas por arma de fuego a dos personas en febrero en Linares

Javier Ramajo

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Un doble “error” policial fue el origen de las heridas de postas provocadas a dos personas durante los disturbios del pasado 12 de febrero y siguientes en Linares (Jaén) en protesta por la brutal agresión a un hombre y su hija de 14 años en una terraza de un bar. Es la principal conclusión que se deriva del informe que la Subdelegación del Gobierno en Jaén ha trasladado al Defensor del Pueblo de España a raíz de la solicitud de información planteada desde Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA) e Irídia (Centro de Defensa de Derecho Humanos). Cabe recordar que la investigación por esos disparos reales de la Policía Nacional en las protestas se saldó sin culpable, como ahora también se recoge en el informe oficial que se le ha hecho llegar al Defensor.

Fue una sucesión de errores, según se desprende del informe de la Subdelegación, que textualmente dice así: “Siendo imposible identificar al policía que, por error, facilitó el cartucho de postas así como quien fue el que hizo uso del mismo por error, ya que estamos hablando de armas de dotación colectiva, resultando imposible identificar el uso de esa escopeta con un funcionario concreto. Como consecuencia de este fatal error se causó heridas de postas a dos personas”.

El informe del Defensor se refiere en concreto a los enfrentamientos entre los ciudadanos y los agentes de la Policía Nacional en las cercanías de la Comisaría de Policía de Linares, donde los ciudadanos fueron convocados por redes sociales para protestar por los hechos y contra los agentes detenidos, se sucedieron cargas policiales contra algunos ciudadanos, en las que varias personas resultaron heridas. En ese punto, indica que la Subdelegación del Gobierno de Jaén informó de que los manifestantes fueron disueltos por policías pertenecientes a las Unidades de Intervención de Granada y que, en esos altercados, “se produjeron 14 detenciones, siendo algunos de ellos menores y resultaron heridos 21 policías”

La Subdelegación del Gobierno continúa informando de que, al existir dos jóvenes con heridas de armas de fuego, concretamente postas, se inició un atestado de la Comisaría de Linares donde “se recoge toda la información sobre lo que pasó con respecto al disparo de las postas, declaraciones de los funcionarios intervinientes, declaraciones de las dos personas heridas, informes periciales”. La conclusión fue que entre los cartuchos de proyección que se usaron ese día, se mezcló un cartucho de postas“, y que ”fueron tres policías los que usaron escopeta Franchi de dotación policial en esa zona y que tres fueron los policías que repartieron los cartuchos de proyección“, aludiendo al doble ”error“ citado al comienzo de esa información.

Investigación interna

Para el Defensor, al margen de la investigación judicial que se está llevando a cabo por estos sucesos, “lo ocurrido en Linares en el apaciguamiento de la manifestación ciudadana, en la que se hizo necesaria la intervención policial que ahora se cuestiona, pone en evidencia las fatales consecuencias que un error de este tipo, en el uso de determinado tipo de munición por la policía, puede causar en la vida e integridad física de los ciudadanos”.

Por ello, teniendo en cuenta el “error en el reparto de la munición de las escopetas utilizadas para el mantenimiento de la seguridad y el orden público en un contexto de graves desórdenes públicos, con las consecuencias que el mismo ha deparado en la integridad física de varios ciudadanos”, para el Defensor “se pone de manifiesto la necesidad de proceder a una regulación más detallada de determinados aspectos del uso del material antidisturbios por las unidades de intervención policial que garantice su uso proporcional, oportuno y congruente, y para minimizar el riesgo lesivo de su utilización”.

Asimismo, traslada una sugerencia: “ordenar una investigación interna sobre los hechos acontecidos en la localidad de Linares, respecto del uso incorrecto de los cartuchos utilizados en la dispersión de los manifestantes, de la que se pueda esclarecer la responsabilidad tanto en la decisión de la utilización del material antidisturbios, como en la asignación errónea del mismo a los agentes intervinientes con el resultado lesivo producido”.

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