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Juana Rivas, condenada a cinco años de cárcel y a seis de pérdida de la patria potestad por no entregar a sus hijos

Juana Rivas | EFE

Álvaro López

27 de julio de 2018 10:46 h

El Juzgado de lo Penal 1 de Granada ha condenado a Juana Rivas a un total de cinco años de prisión como autora de dos delitos de sustracción de menores después de que se marchara del domicilio que compartía en Italia con su expareja y padre de sus hijos, Francesco Arcuri, en mayo de 2016 y el verano pasado permaneciera un mes en paradero desconocido con sus dos hijos para evitar devolverlos al padre. Incumpliendo así las resoluciones judiciales que le obligaban a entregarlos a Arcuri al que acusa de unos malos tratos que hicieron que decidiera huir junto a sus hijos.

El magistrado, Manuel Piñar, que dictó sentencia en el mismo día del juicio, condena también a Juana Rivas a permanecer seis años sin ejercer la patria potestad sobre los niños, de doce y cuatro años, y a indemnizar a Francesco Arcuri en 30.000 euros, así como al pago de las costas incluidas por parte de la acusación. De este modo hace buenas parte de las peticiones de la Fiscalía y la acusación particular de su expareja que solicitaban dicha pena de cárcel aunque una inhabilitación de ocho años.

El juez entiende que la madre de Maracena (Granada) cometió los dos delitos de sustracción de menores que se le imputaban y por los que finalmente tendría que ingresar en prisión durante cinco años -dos años y medio por cada uno de los delitos de sustracción por los que se le condena-. No obstante, la defensa de Juana solicitó que se tuviese en cuenta la jurisprudencia existente en casos similares en los que se imputó un delito por dos menores y no uno por cada uno de ellos como en este caso. No en vano, la pena mínima para este tipo de delitos es de dos años según el Código Penal lo que exime del ingreso en prisión si se carece de antecedentes penales.

La sentencia, a la que ha tenido acceso eldiario.es/andalucia y contra la que Juana Rivas ya ha anunciado que va a recurrir ante la Audiencia Provincial de Granada, está fechada el 18 de julio, día en el que se celebró el juicio. Entonces, Rivas aseguró que se había marchado de la residencia que compartían en Carloforte (Italia) en mayo de 2016 porque “venía huyendo de maltrato” y que por ese motivo entendía que no debía regresar. La mujer sostuvo durante toda la sesión que lo único que quiso hacer fue proteger a los hijos que tiene en común con Francesco Arcuri pese a ser consciente de que había resoluciones judiciales que le obligaban a devolver a los menores.

Los supuestos malos tratos, obviados

La sentencia prueba que Juana Rivas cometió los delitos de sustracción de menores por los que ha sido condenada pero también deja patente que los supuestos malos tratos que ella denuncia no se han tenido en cuenta. No obstante, el juez advirtió en varias ocasiones durante la celebración del juicio que los mismos no eran objeto de la causa. Que lo que se estaba juzgando era el mes que la madre de Maracena estuvo en paradero desconocido.

Sin embargo, la defensa de Rivas trató de poner de relieve la situación de supuestos malos tratos de los que habría sido víctima durante su estancia en Italia junto a Francesco Arcuri. Un extremo por el que incluso la Fiscalía llegó a cuestionar el peso de dichas afirmaciones al preguntar que si Arcuri ya había sido condenado por un delito de lesiones en 2009 cuando ambos eran pareja, que por qué volvió con él.

Mal asesorada

En cualquier caso, el mal asesoramiento de Juana Rivas durante todo el proceso que sigue a su marcha del domicilio italiano y que culmina con la entrega de los menores a su padre un mes después de la fecha en que debía haberse producido quedó acreditado en el juicio incluso por la parte defensora de Rivas. Su abogado, José Estanislao López, que fue protagonista involuntario cuando se suspendió el juicio en junio porque no estaba disponible por problemas de salud, reconoció que él tampoco habría aconsejado a Juana Rivas tomar determinadas decisiones.

La versión de Arcuri, que compareció en el juicio mediante una videollamada, agravó la situación para la madre de Maracena cuando aseguró que desde que Juana le comunica en agosto de 2016 que no va a regresar, pasa casi un año sin poder comunicarse con sus hijos. No obstante, también llegó a confesar que Rivas le había trasladado que podía ver a sus hijos “siempre que quisiera” aunque sostuvo que desconocía el lugar exacto en el que se encontraban los menores pese a sospechar que estaban en casa de su abuela.

El relato de los hechos

La sentencia que ha dictado el magistrado Manuel Piñar es la consecuencia de una serie de acontecimientos que tienen su origen en mayo de 2016. En aquella fecha es cuando Juana Rivas se marcha de Carloforte en Italia junto con sus hijos en principio para pasar unos días de vacaciones en Maracena de donde es natural. Ya en Granada, se pone en contacto con el Centro de la Mujer del municipio granadino para solicitar asesoramiento y ayuda debido a que aseguraba estar siendo víctima de malos tratos por parte de la que entonces era su pareja.

Fruto del asesoramiento, Juana Rivas decide no regresar a Italia y pelear mediante una denuncia presentada en julio para quedarse con la patria potestad de sus hijos y evitar que tengan que regresar con el que ella considera un maltratador. De ese modo, primero suscribe una baja médica para retrasar los vuelos que tenía contratados para volver a Italia y después los deja de utilizar para quedarse definitivamente en suelo granadino. Pero no será hasta agosto cuando le confirme a Francesco Arcuri que no va a regresar.

A partir de ahí Juana Rivas escribe un correo electrónico y llama por teléfono a Arcuri para explicarle la situación. Desde entonces se contradicen las versiones porque mientras Rivas sostiene que sus hijos hablaban periódicamente y siempre que querían con su padre, este niega la mayor y explica que desde noviembre pierde todo contacto. Sin embargo, un informe forense en diciembre al hijo mayor de la pareja desmiente en principio esa afirmación ya que el menor llega a asegurar que sí que hablaba con su padre.

Precisamente entonces, en diciembre de 2016, se ratifica la denuncia presentada por Francesco Arcuri que obliga a Juana Rivas a devolver a sus hijos. En ella y en la resolución actual, no se tienen en cuenta los malos tratos denunciados por Rivas en julio de 2016 y cuya instrucción sigue paralizada. Así pasan los meses hasta que el 26 de julio ya, en 2017, Juana debe entregar a sus hijos a su padre en el Punto de Encuentro de Familiar de Granada al que no acude empezando su mes en paradero desconocido. Un mes en el que, entre el apoyo mediático y popular, llega a presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que no se admite y por el que acaba viéndose obligada a entregar a sus hijos a finales de agosto iniciándose la batalla legal que ahora concluye a la espera de que se resuelva el recurso que ha elevado la defensa de Juana Rivas ante la Audiencia Provincial de Granada.

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