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La Junta de Andalucía no se libra de los contratos exprés: una sentencia ordena reincorporar e indemnizar a una interina cesada

Néstor Cenizo

25 de febrero de 2022 20:19 h

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La decisión de montar un sistema de convocatorias exprés para contratar durante la fase aguda de la pandemia a cientos de interinos, en todo tipo de puestos, sigue persiguiendo a la Junta de Andalucía. Los tribunales tumbaron en cascada todas las convocatorias por vulnerar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Ahora, la administración ha resuelto que no valorará el tiempo de servicio y los méritos que acumularon esos interinos. Hará como si nunca hubiesen existido.

Así lo dispone una resolución de la Consejería de Presidencia, que ordena cancelar las inscripciones de nombramiento, toma de posesión y cese en el Registro de Personal, y todos los actos derivados. La eliminación de cualquier rastro es el efecto de 48 sentencias de primera instancia que declararon nulas, sin excepciones, 21 convocatorias exprés para cuerpos tan diversos como administradores generales, técnicos de pesca, archiveros o conservadores de patrimonio.

Sin embargo, hay decenas de antiguos interinos que están poniendo en cuestión que no cuente para nada lo que hicieron para la Junta de Andalucía, y los tribunales siguen dirimiendo los efectos de la nulidad, que la Junta parece tener claros: ¿qué derechos tienen quienes fueron contratados de forma irregular? ¿Va la administración contra sus propios actos? ¿Se está vulnerando la seguridad jurídica y atentando contra la buena fe de los contratados exprés aplicándoles retroactivamente los efectos de la nulidad?

Por ahora, cuatro sentencias dictadas por los juzgados de Sevilla confirman que quienes estaban en el colectivo 3 de las bolsas de trabajo en razón del tiempo que fueron “interinos exprés” están bien expulsados de las bolsas. Pero una sentencia dictada por un juzgado Córdoba, a la que ha tenido acceso elDiario.es Andalucía, da una nueva vuelta de tuerca ordenando a la Junta de Andalucía que vuelva a contratar a una de ellas.

Una sentencia ordena readmitir a una interina

El juzgado contencioso-administrativo 2 de Córdoba se ha apartado del criterio mayoritario, anulando el cese de una interina y ordenando su reincorporación. También obliga a la administración andaluza a reconocer su tiempo de servicio y los méritos acumulados, y reconoce su derecho a que se le paguen los salarios desde que fue cesada hasta que la reincorpore.

En este caso, la interina fue contratada sucesivamente para dos puestos. La primera contratación es nula por derivar de una convocatoria exprés anulada. Pero el segundo contrato duraba tres años y fue realizado justo antes de la sentencia que anuló la primera convocatoria. La Junta de Andalucía cesó a la interina de ese segundo puesto alegando que lo había logrado a través de la bolsa de interinos, en la que no hubiese estado de no ser por la convocatoria anulada en primera instancia. Pero el juzgado cordobés concluye que los efectos de la nulidad de la primera convocatoria no pueden alcanzar sin más al segundo nombramiento.

Esto abre una nueva vía para cientos de interinos exprés que están en situación similar. “La sentencia concluye que no podía cesarlos sin más, sin darles audiencia y posibilidad de alegaciones”, resalta Federico Lara, del despacho Ramón y Cajal Abogados, que ha representado a la interina.

“Se requería de revisión de oficio, un procedimiento extraordinario que exige dictamen del Consejo Consultivo, valorar las circunstancias de cada caso y quizás una indemnización”, añade el letrado, que ha presentado 32 demandas similares contra la Junta. “Esperamos que sea la primera sentencia estimatoria de muchas otras”.  

Javier Adriaensens, afectado por la situación y abogado de varios compañeros, lleva una quincena de demandas. “Hay gente a la que la nueva resolución le ha tocado la fibra y va a demandar ahora”, advierte. También UGT lleva algunos procedimientos. En total, habría al menos medio centenar de casos de interinos que están pidiendo la nulidad de su cese. El asunto acabará llegando otra vez al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y, quizás, al Tribunal Supremo.

Adriaensens apunta a otra paradoja: aunque se borren del registro andaluz, los méritos acumulados constan en la vida laboral impresa de cientos de interinos exprés. También en el SAE. Los candidatos tienen diplomas de los cursos. ¿Alguna administración, además de la andaluza, va a comprobar que se anularon?

Una resolución ordena al registro cancelarlo todo

Casi en paralelo a esta sentencia, la Junta de Andalucía ha tratado de dar cobertura legal al borrado de todo rastro de las convocatorias exprés. Una resolución de la Consejería de Presidencia del 16 de febrero, publicada el pasado lunes, trata de zanjar para siempre la cuestión de cuáles son sus efectos. Ninguno, según la administración andaluza. Todo lo que vino después debe ser borrado. Mantener en las bolsas los méritos adquiridos por personal interino que logró plaza en una convocatoria que no respetó los principios constitucionales equivaldría a vulnerar nuevamente esos principios, razonan las sentencias que cita la administración.

De hecho, los interinos exprés ya fueron excluidos de la bolsa del colectivo 3 (interinos que han prestado servicio alguna vez) a lo largo de 2021, a medida que se iban dictando las sentencias que anulaban sus convocatorias. Sindicatos como SAF siempre han advertido de que haber logrado un trabajo por el rápido envío de un correo electrónico no podía otorgar preferencia frente a los colectivos 4 y 5, integrado por personas que han aprobado algún proceso de oposición o, al menos, algún examen de convocatorias en curso. Ahora, la nueva resolución da un paso más: no solo serán excluidos de las bolsas de interinos, sino que no contará el tiempo que trabajaron y lo borrará de los registros. También cancelará “todos aquellos actos no sujetos a reconocimiento”.

Francisco Javier Adriaensens cree que esto da pie a que se eliminen incluso los cursos de formación que realizaron los interinos a través de la plataforma de la Junta. En su caso, 25 cursos, algunos de ellos de 40 horas. De esta forma, los puntos obtenidos a raíz de los contratos exprés quedarán reducidos a cero.

La resolución, firmada por Natalia Márquez, Directora General de Recursos Humanos y Función Pública, sólo les concede el derecho a mantener las retribuciones y las cotizaciones percibidas por su trabajo. Si es por la Junta de Andalucía, eso es lo único que les quedará.

Un sistema cuestionado desde el principio

Este notable lío administrativo y judicial tiene su origen en unas convocatorias polémicas desde el principio. Bajo el amparo de una norma dictada en abril de 2020 y pensada para contratar de urgencia a personal de primera línea en la lucha contra la pandemia (trabajadores de hospitales o de residencias), la Junta articuló un sistema sui generis con el que nutrirse de interinos para casi todo. En menos de 24 horas debía presentarse la candidatura, que la Junta evaluaba solo en función de la rapidez: el primero en presentarla lograba el puesto. De las convocatorias se excluía a embarazadas o enfermos crónicos. Muchos alertaron de su inconstitucionalidad.

La premura impedía garantizar que las convocatorias fueran conocidas por todos los posibles candidatos, y pronto se extendió la sospecha de que algunos dispusieran de información privilegiada para quedarse con los puestos registrando la solicitud antes que nadie. El sistema fue criticado por todos los sindicatos, y algunos como SAF o CCOO acudieron a los tribunales, que fueron tumbando una a una todas las convocatorias.

Sin embargo, la Junta solo lo abandonó cuando llegó al Tribunal Superior de Justicia. En una resolución muy dura con la administración, este se declaró sorprendido por que se hubiese puesto en pie un sistema de selección que vulneraba “de forma evidente, notoria e incluso grosera” los principios constitucionales que rigen el acceso a la función pública. El TSJA zanjó la cuestión declarando su nulidad, pero no explicitó cuáles eran los efectos de esa nulidad. De ahí, el actual embrollo.

El SAF pide la dimisión de la directora general, a la que responsabilizan del desaguisado. “Optó por hacer oídos sordos a nuestras alegaciones”, dicen, y “ahora todo son complicaciones. Este es el caos al que ha dado lugar un procedimiento de urgencia que, desde primera hora, muchos vimos que no había por dónde cogerlo”.

Dos años después de que la Consejería de Presidencia pusiera en marcha las convocatorias exprés, los resultados son desastrosos para todos: han extendido la sombra de la duda sobre la equidad de los procesos selectivos de la administración, han provocado un fenomenal lío judicial que no termina y han generado un sentimiento de agravio comparativo entre unos 600 interinos, que protestan por ser ellos quienes paguen el pato de una convocatoria ilegal diseñada por la administración. Recuerdan que prestaron sus servicios durante meses, en lo peor de la pandemia. Aunque la administración haga como que eso nunca pasó.