La instructora del primer y único procedimiento sancionador abierto en virtud de la ley andaluza que garantiza los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares ha propuesto el archivo del expediente a la luz de las indagaciones efectuadas desde la Dirección General de Violencia de Género, Igualdad de Trato y Diversidad. La Junta se había visto obligada a reiniciar el expediente contra una psicóloga de Sevilla que fue denunciada el verano pasado por la Asociación de Transexuales de Andalucía-Sylvia Rivera y la Asociación Española contra las Terapias de Conversión por posicionarse “en contra de las terapias afirmativas a las personas trans” y por promocionar “que a las personas trans se les trate psicológicamente mediante la aceptación del género que les es impuesto socialmente sobre la base del sexo atribuido al nacer”.
Las asociaciones denunciantes se oponen al archivo puesto que siguen considerando que la persona denunciada, a su juicio, había publicado “en repetidas ocasiones tweets tránsfobos y contrarios a la autodeterminación del género, así como rechazando los tratamientos médicos afirmativos del género, especialmente los quirúrgicos”. “Es decir, defendiendo que la terapia para las personas trans y no binarias no debe ser afirmativa, sino que tiene que centrarse en obligarles a aceptar su cuerpo y a deconstruir los estereotipos de género”, dijeron los denunciantes, que se encuentran ultimando las alegaciones a la reciente propuesta de archivo por parte de la Junta.
Según ya comentó la psicóloga en conversación con este periódico, las entidades que propusieron su sanción “están en desacuerdo con que los estereotipos de género se erradiquen, que es una de las bases de la lucha feminista”. “No estoy sola. Yo trabajo con mujeres víctimas del patriarcado, por ejemplo mujeres que han sufrido violencia obstétrica, depresión posparto porque no han tenido apoyo en sus embarazos. También trabajo con mujeres que sufren maltrato psicológico. Todo eso no dejan de ser consecuencias del sistema patriarcal que utiliza el género como herramienta para oprimir a las mujeres. Por eso yo digo que mis mujeres mejoran cuando yo desmonto los estereotipos de género”, resaltó, resaltando que “eso es lo que les duele a esas asociaciones, porque yo soy feminista”.
Caducado y reiniciado
La ley andaluza, en vigor desde febrero de 2018 tras ser aprobada por el Parlamento andauz a finales de 2017, no establece un plazo específico para ejecutar los expedientes que se puedan abrir a raíz de presuntas infracciones por lo que, en este caso, se aplicaron los plazos genéricos previstos en Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que dice que “cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses”.
La Dirección General de Violencia de Género, Igualdad de Trato y Diversidad de la Consejería de Igualdad de la Junta señaló en un principio que los hechos denunciados podían constituir una infracción administrativa tipificada como muy grave en el artículo 62 e) de la mencionada Ley 8/2017: “promover, difundir o ejecutar por cualquier medio cualquier tipo de terapia para modificar la orientación sexual y la identidad de género con el fin de ajustarla a un patrón heterosexual y/o cisexual”.
A la psicóloga a la que se le proponía la sanción se le podría imponer una multa de entre 60.001 y 120.000 euros, y alguna sanción accesoria como la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública, contratar con la Junta o inhabilitarla para la prestación de servicios públicos por un periodo de tres a cinco años, e incluso el cierre o suspensión temporal del servicio, actividad o instalación hasta cinco años. Los mensajes que se lanzaron con la apertura de este primer procedimiento fueron “que el colectivo LGTBI sepa que no está solo” y “que las leyes están para cumplirlas”, dijo la Junta el febrero pasado.
Las asociaciones, cuyas denuncias fueron acumuladas, expusieron que “en sus publicaciones la denunciada expone argumentos contrarios a la ciencia y a los consensos científicos sobre el origen de la identidad de género y la práctica psicológica recomendada con personas trans y no binarias, defendiendo que la terapia para las personas trans y no binarias no debe ser afirmativa, sino que tiene que centrarse en obligarles a aceptar su cuerpo y a deconstruir los estereotipos de género”.
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