Un lío sin resolver, un juicio en marcha y decenas esperando. El caso de los ERE, una macrocausa con decenas de imputados a la que le costó dos instructoras dividirse en piezas (la jueza Núñez la desgajó en julio de 2015 en contra del criterio de la jueza Alaya), está envuelto en un embrollo jurídico del que aún no ha salido, que tuvo su punto clave cuando el juez Martín (el tercer instructor) incluyó toda la cuantía presuntamente malversada en la 'pieza política' que ya se está juzgando y que tiene todavía en vilo a todas las defensas y a la Fiscalía Anticorrupción.
El Ministerio Público, tras su sorpresivo planteamiento de incorporar todas las ayudas al juicio de los ERE, rechazada por el tribunal, acaba de volver a enredar el asunto al pedir que el juzgado vuelva a imputar a los exaltos cargos de la Junta en las piezas separadas de las que se habían 'caído' en base del principio jurídico del non bis in idem, esto es, que no pueden imponerse más de una condena por una misma conducta a la misma persona.
¿Qué pide la Fiscalía Anticorrupción? Anticorrupción pide que se dejen sin efecto las sucesivas decisiones de excluir de las piezas separadas incoadas respecto a la concesión y pago de las ayudas sociolaborales que se vienen investigando a los exaltos cargos de la Junta, principalmente de la Consejería de Empleo, entre ellos los exconsejeros Viera y Fernández), que ahora están siendo juzgados actualmente por el 'procedimiento específico' promovido presuntamente para canalizarlas.
¿Por qué pide ahora la 'reimputación' de exaltos cargos? La Fiscalía adopta esta postura después de ver cómo la Sección Primera de la Audiencia (la que juzga el 'procedimiento específico') rechazara su petición de que se estableciera, bajo el asombro de las defensas, un “previo y expreso pronunciamiento que confirme la delimitación objetiva de la causa realizada en el auto de incoación de procedimiento abreviado” (el citado auto del juez Martín).
¿Qué precedentes le lleva a pedir al juzgado que revise la cuestión? Aquella petición tenía mucho que ver con las decisiones tomadas en los últimos meses por la Audiencia en otras piezas de los ERE en las que quedaron archivados los cargos contra exaltos cargos de la Junta. Así ocurrió por ejemplo con el exconsejero de la Junta Antonio Fernández, que dio pie a una primera decisión de la Sección Séptima en mayo pasado, que tuvo su continuación en otras piezas incluso más destacadas como la de la Sierra Norte.
La Fiscalía ya puso en duda recientemente lo que considera un “salvoconducto” para el exconsejero por parte de la jueza Bolaños, ratificado por la Audiencia, pero en cuyo argumentación ésta ha insistido en otras resoluciones respecto a otros exaltos cargos. Bolaños siguió el criterio marcado por la Audiencia en las ayudas a la Faja Pirítica de Huelva, dejando fuera de la misma nada menos que a seis exaltos cargos de la Junta.
¿Qué argumenta el juzgado para las exclusiones en las piezas? La Fiscalía, por ejemplo, había pedido a la jueza Bolaños en la pieza de la Faja Pirítica que recogiera “expresamente la participación de los investigados en los hechos de apariencia delictiva propuestos, sin incluir los relativos al denominado procedimiento específico”. Pero Bolaños entendió de nuevo que los exaltos cargos deben ser juzgados una sola vez por los ERE, para no vulnerar el principio non bis in idem, argumentando que fueron imputados “por su conocimiento del uso de este sistema para desviar fondos de modo discrecional y arbitrario”, una cuestión que ya se está determinando en el juicio del 'procedimiento específico' que se está juzgando, incidiendo la jueza en que seguir investigándolos “supondría una persecución penal por los mismos hechos en más de un enjuiciamiento”.
¿Qué dijo la Sección Séptima? Habría que remontarse a mayo pasado para ver cómo cambió el guión de la macrocausa. La Sección Séptima de la Audiencia estimó el recurso presentado por el abogado del exdirector general de la agencia IDEA, Jacinto Cañete, tras ser incluido en la pieza separada por la ayuda de 880.000 euros concedida en los años 2008 y 2009 a la empresa 'Bética Industrial' después de ser procesado en la pieza 'política' de los ERE.
“Es claramente apreciable una identidad de hechos entre ambos procesos, actuando el relativo al denominado 'procedimiento específico' como aglutinador de la totalidad de las ayudas concedidas”, dijo la Audiencia en aquel auto sin entonces precedentes. que ya aludía a una “duplicidad de procesos”.
¿Qué ha dicho la Sección Primera al inicio del juicio? “Las ayudas individuales no son objeto de enjuiciamiento en la presente causa”, señaló el tribunal de la Sección Primera acerca de una cuestión previa planteada por Anticorrupción. “Lo que es objeto de enjuiciamiento en la presente causa ha quedado delimitado en las resoluciones judiciales firmes recaídas tanto en la fase de instrucción, como en la fase intermedia”, añadió.
Es decir, que en el juicio de la 'pieza política' de los ERE sólo se iba a juzgar el proceso por el cual, presuntamente, se ideó un sistema en el seno de la Junta para saltarse los controles y dar arbitrariamente, pero no las ayudas concretas, ni su concesión, ni su pago.
¿Un “salvoconducto procesal”? La Fiscalía insiste ahora en que las personas que ya están siendo juzgadas “presuntamente han tenido participación directa en la concesión y pago de cada ayuda individual”. Por eso argumenta que “si se mantuviera la exclusión acordada, no se podría exigir a los referidos investigados responsabilidad penal por la concesión y pago de ayudas concretas ni en las piezas separadas en que se investiga de manera individual la concesión y pago de ayudas individuales, ni en el 'procedimiento específico'”.
“Esta situación comportaría una especie de salvoconducto procesal que cerraría la posibilidad de dirigir la acción penal contra las personas acusadas en el procedimiento abreviado (del procedimiento específico), generando un intolerable espacio de impunidad”, alertan los fiscales, que se apoyan en el criterio de la Sección Séptima en los recursos de Daniel Alberto Rivera en las piezas de las ayudas a Surcolor y Acyco, la misma sección que le acusó de sobredimensionar el caso de los ERE.
Así las cosas, queda esperar qué dice ahora el juzgado aludido, con María Núñez a la cabeza, que ha mantenido un criterio firme respecto a que dos personas no pueden ser juzgadas dos veces por los mismos hechos.