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El juzgado acuerda suspender la pena de prisión al joven de Fuengirola condenado por matar a un atracador

El Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga ha acordado otorgar el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena de dos años de prisión al joven de Fuengirola condenado por matar a un atracador que la pasada semana decidió aceptar el dinero recaudado por Vox para pagar la multa, un total de 110.000 euros.

Según ha informado el TSJA en un comunicado, el juez considera procedente otorgar dicho beneficio por un plazo de cuatro años, plazo que ha de entenderse como “adecuado, tanto porque la pena a suspender se encuentra justo en el límite máximo que lo posibilitaría, por encima del cual ya no procedería la suspensión por la específica vía por la que va a ser concedida, como por la necesidad de que puede facilitarse y se garantice el abono de la responsabilidad civil”.

El beneficio de la suspensión se concede con la condición de que no vuelva a delinquir, que comunique cualquier cambio de domicilio y que proceda a “satisfacer la responsabilidad civil en la forma y plazos que finalmente se determine por este Juzgado”. En caso de que incumpla sus obligaciones, la suspensión sería revocada.

Respecto a la responsabilidad civil, el joven se comprometió a realizar pagos mensuales de 250 euros al mes. El auto indica que “por exigua” que pueda parecer esta cantidad, puede considerarse como una manifestación del compromiso en satisfacer dicha responsabilidad. Además, señala que en caso de posible impago, se puede evaluar si se trata de “un incumplimiento voluntario, o si obedece, más bien, a la imposibilidad material del reo de afrontarlo”.

En cualquier caso, el Juzgado conmina al condenado a que “se pronuncie acerca de su capacidad económica en el sentido que fuera, debiendo manifestar si actualmente se encuentra trabajando, los ingresos que percibe y los bienes de la naturaleza que fuera de los que fuera titular, en aras a poder validar si el compromiso de pago ofrecido sería suficiente y en su caso, si sería procedente que le fueran solicitadas garantías para asegurar su cumplimiento el cumplimiento de la responsabilidad civil”.

Se podrá, por tanto, instar al penado la aportación de los elementos probatorios que pudieran considerarse oportunos, y además, “por este Juzgado se podrán realizar la tareas de investigación patrimonial que asimismo fueran necesarias”. Todo ello sin perjuicio de que, más adelante, con conocimiento de la verdadera capacidad económica del condenado, “este Juzgado se pronuncie en resolución aparte sobre la suficiencia de esa cantidad anunciada de 250 euros o la necesidad de que se trate de un importe mayor”.

“Se ajusta a derecho”

Por su parte, las hijas de Pedro, el hombre que murió en 2015 como consecuencia de los golpes que le propinó Borja tras intentar recuperar el bolso de una señora a la que la víctima había robado, han acatado la resolución del juez de Málaga.

El abogado de las hijas de la víctima, Enrique Agüera, ha explicado en declaraciones a Europa Press que las hijas del fallecido “son absolutamente respetuosas con la Justicia y acatan la resolución judicial porque además, en este caso, se ajusta a Derecho”.

Según ha precisado Agüera, Borja tenía derecho a obtener la suspensión de la ejecución de la pena de cárcel porque en su caso concurrían dos de los tres requisitos que se precisan: no tener antecedentes y que la pena no supere los dos años. “Coincido totalmente con el juez”, ha subrayado el letrado.

La tercera condición que le falta por cumplir, según ha indicado el abogado, es tener satisfecha la responsabilidad civil. “Queda por valorar cómo va a satisfacer esa responsabilidad civil o, en su caso, qué compromiso de pago va a asumir”, ha puntualizado.