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Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

Condenada a cuatro años la dueña de una protectora por el sacrificio “indiscriminado” de perros y gatos

Europa Press

El Juzgado de lo Penal número 14 de Málaga ha condenado a la que era presidenta de Parque Animal de la localidad malagueña de Torremolinos a la pena de tres años y nueve meses de prisión y multa de 19.800 euros por los delitos continuados de maltrato animal, falsedad e intrusismo profesional, por el sacrificio “masivo” e “indiscriminado” de perros y gatos.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera probado que la acusada era quien “impartía las instrucciones y ejecutaba materialmente los hechos” con la colaboración de un trabajador, que también ha sido condenado por maltrato e intrusismo profesional a un año de cárcel y multa; realizando los sacrificios desde principios de 2008 y al menos hasta octubre de 2010.

Así, en la resolución, que se puede recurrir ante la Audiencia, se indica, tal y como mantenían las acusaciones, que los sacrificios se realizaban “sin control alguno veterinario”, inyectando la acusada “sin previa sedación y por vía intramuscular, los productos eutanásicos” y suministrándoles “menor dosis del medicamento de la que está indicada para producir una muerte indolora”.

Esto, unido al empleo de una vía “inadecuada”, daba generalmente “una muerte lenta y con dolorosa y prolongada agonía”, provocando, dice el juez, “unos padecimientos totalmente injustificados antes de morir”. “Los sacrificios no atendían a ningún criterio por la edad o estado de salud del animal o porque hubiesen transcurrido más de diez días desde que fueran albergados”, señala la sentencia.

La resolución señala que aunque “indeterminado”, el número de perros y gatos sacrificados en dicho periodo por el procedimiento descrito “ha sido masivo” y tenían una finalidad “lucrativa, pues de esta manera las instalaciones de la asociación quedaban siempre libres para poder albergar y recibir nuevos, cobrando una aportación” por cada animal del que se hacían cargo.

No considera probado que la acusada firmara recetas a nombre de los veterinarios ni tampoco certificados de eutanasia ni que los expidiese de su puño y letra; pero sí que “presentaba unos listados de animales, junto con la factura por su incineración” para que el Ayuntamiento las abonara, listados que “manipuló” para incluir la intervención de veterinarios “que nunca la habían tenido”.

Según la sentencia, los acusados realizaban estos sacrificios “de forma sistemática y regular en el tiempo, en ocasiones hasta varias veces a la semana, incrementándose en los meses estivales”. Generalmente, se indica, “comenzaban a primera hora de la mañana, antes de que los empleados de Parque Animal comenzasen su jornada, permaneciendo apagadas durante dicho tiempo las cámaras de seguridad de las instalaciones”.

El magistrado le impone a los acusados el máximo legal permitido por el delito de maltrato animal, “en atención a que eran responsables del bienestar de los animales cuya vida segaban”, apuntando que de hecho la mujer era la presidenta de una protectora de animales “a la que debía suponerse una finalidad de cuidado y atención a los perros y gatos que accedían a Parque Animal, en cuyas instalaciones fueron ejecutados los hechos”.

Asimismo, también le impone dicha pena “en atención al sufrimiento a que se les sometían antes de morir, al masivo número de animales que sacrificaron, a la defraudada confianza de todos los socios y particulares que entregaron animales en Parque Animal creyendo que se les buscaría un hogar” y a la continuidad delictiva.

El juzgador dice que, a pesar de la evolución legislativa producida en las dos últimas décadas para garantizar la protección de los animales, comparte la alegación del fiscal “de que sería deseable la tramitación de un proyecto de ley para modificar el Código Penal en orden a incorporar un subtipo agravado del delito de maltrato animal que contemplase una elevación de la pena en uno o dos grados cuando los hechos revistieren extrema gravedad”.

También, añade en la sentencia, cuando los hechos ocurrieran “en centros o establecimientos dedicados a la protección y defensa de los animales”. Esta modificación “permitiría dar una respuesta punitiva más proporcionada a casos similares al ahora enjuiciado”.

En cuanto a la multa, a la acusada se le impone una cuota de 30 euros diaria debido a que tiene un patrimonio inmobiliario declarado por ella, entre el que se cuentan dos edificios en propiedad que le dejó su marido, uno con 21 pisos y tres locales, y otro de once pisos.