Los tribunales no responden sobre el error que mantuvo un año en prisión a un malagueño inocente
Los tribunales rechazan exigir responsabilidad disciplinaria al magistrado que dictó una condena errónea a Isidro Lozano e indemnizarle por el calvario que sufrió
Cuando salió de la prisión de Alhaurín de la Torre (Málaga), Isidro Lozano ya era otra persona. Había pasado allí once meses y diecisiete días, condenado por unos hechos en los que no participó, ocurridos en un lugar y a una hora en los que nunca pudo estar. La experiencia de proclamar en el vacío que los papeles demostraban que era inocente le ha cambiado para siempre. “A mí ahora no me gusta la gente, prefiero estar en el campo, solo. Tengo pesadillas terroríficas, sueño que sigo en la cárcel”, cuenta.
Isidro Lozano fue condenado por lesiones por la Audiencia Provincial de Málaga a cuatro años y medio de prisión, pese a que los partes médicos obrantes en la causa dejaban claro que no pudo participar en la agresión. Su historia la contó elDiario.es en Andalucía, que también adelantó en primicia que los magistrados del Tribunal Supremo habían llegado a la conclusión de que había habido un error, y debía ser puesto inmediatamente en libertad.
Después de salir de la cárcel, intentó que alguien le resarciera por el calvario que había pasado, y que aún le tiene atiborrado de calmantes. Lo que ha obtenido es la confirmación judicial de que ningún juez merece reproche alguno por no caer en la cuenta de que los documentos que tenían delante no encajaban con el relato de los hechos de la sentencia y 3.000 euros de indemnización por el retraso en juzgarle.
Nadie se ha hecho responsable de aquello. Al contrario, los tribunales le han dicho a Isidro que tiene poco que hacer. “Todo esto es una locura interminable. Te llevan a la cárcel siendo inocente, y cuando reconocen que se han equivocado, lo encubren”, protesta María del Mar Martí, su esposa. “No somos infalibles, todos fallamos. ¿Qué honra más que reconocer un error?”, se pregunta Martí.
Ni reproche a los jueces ni indemnización
Así lo determinan sendas sentencias del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional. La primera zanjó la cuestión del expediente iniciado ante el Consejo General del Poder Judicial para que sancionara al magistrado ponente de la sentencia que lo condenó. La sentencia de condena a Lozano fue firmada por los tres magistrados de la Sección 9ª de la Audiencia Provincial de Málaga, si bien el procedimiento disciplinario se dirigió solo contra su presidente, Enrique Peralta.
Isidro Lozano le imputaba una grave negligencia y pedía saber cómo los magistrados hicieron un relato cronológico de los hechos que no encajaba con los papeles que los propios jueces tenían. Pero el Tribunal Supremo dice que no puede entrar en eso, porque sería valorar de nuevo las pruebas. “Yo he dejado claro que lo que queremos discutir es si la actuación judicial fue diligente o no”, protesta su abogado, Jordi Ventura.
En la segunda, la Audiencia Nacional concluye que todo el perjuicio que puede reclamar es por la lentitud con la que discurrió el proceso judicial. Nada por el año que pasó en la cárcel. La Audiencia Nacional se ampara en que la anulación extraordinaria de su condena por parte del Tribunal Supremo no es tanto porque los magistrados reconocieran un error judicial, sino fundamentalmente porque se presentaron nuevos documentos que certificaban que nunca pudo estar a la hora y el lugar en el que la sentencia que lo condenó decía que estaba.
En realidad, los nuevos documentos certificaban la validez de otros que siempre estuvieron en el expediente y que los magistrados no valoraron al juzgar el caso, ignorando los datos horarios que contenían, y proponiendo en su lugar una cronología que nunca explicaron.
Partes médicos que exculpaban a Isidro
La mañana del 21 de junio de 2008 marcó los siguientes trece años de la vida de Isidro. En aquellas horas hubo dos peleas entre (de un lado) Isidro, Eduardo y Juan Carlos Lozano Lozano, y otros dos hombres (Antonio y Manuel, nombres ficticios), uno de ellos primo de la esposa de Isidro.
La primera pelea se saldó con heridas leves, por las cuales Isidro fue a curarse al hospital USP de Marbella: según el parte médico aportado desde el comienzo de la investigación, ingresó a las 11.23 y fue dado de alta a las 13.06. La segunda pelea provocó lesiones graves a Antonio y Manuel, incluyendo fracturas y la pérdida de varios dientes: según dos partes médicos fueron atendidos en Estepona (a cuarenta minutos de Marbella) a las 12.59 y a las 14.06. El primero de estos dos partes dice que las lesiones se debían a una pelea ocurrida una hora antes “aproximadamente”.
Los dos hermanos de Isidro acabaron confesando ser los autores de las lesiones. Sin embargo, tanto ellos como el propio Isidro negaban que este hubiese participado en la segunda pelea. Tenían los partes, que demostraban que era imposible porque cuando ocurrió estaba siendo curado de las heridas de la primera.
Sin explicar por qué establecieron esta secuencia y estas horas, los jueces que lo condenaron relataban que Isidro salió de su hospital a las 12.30, condujo hasta Estepona y agredió junto a sus hermanos a los otros dos hombres, en una hora indeterminada entre las 13.00 y 14.00. Una cronología imposible a la luz de los partes médicos, y que solo sostenían los agredidos, quienes mantenían una enemistad con el condenado.
Sentencia condenatoria confirmada por el Tribunal Supremo
Durante tres años, Isidro Lozano y su mujer, María, hicieron todo lo posible para evitar que entrara en la cárcel. Vivieron una pesadilla en la que nadie parecía escucharles. Cambiaron de abogada (que había defendido simultáneamente a los tres hermanos, lo que perjudicó al inocente), recurrieron en casación ante el Tribunal Supremo y presentaron un informe del Instituto de Medicina Legal que desaconsejaba su ingreso en prisión por el riesgo de agravamiento de sus dolencias, que ponía en riesgo su vida. No hubo lugar. La Audiencia Provincial lo envió a la cárcel. Después, el Tribunal Supremo confirmó la condena en casación. Para hacerlo, razonó que los partes médicos podían haberse equivocado en las horas. “Pero nadie había discutido nunca esos partes”, recuerda Jordi Ventura, abogado de Isidro.
Finalmente, Ventura encontró una vía. Presentó un recurso extraordinario de revisión ante el propio Tribunal Supremo, previsto para las situaciones excepcionales. Como los supuestos para presentar este recurso son muy tasados, alegó que existían nuevos documentos que demostraban el error: certificados de los hospitales que decían que los partes médicos no se pueden alterar y que su margen de error es “nulo”. Para conseguirlos, tuvo que rogar al decanato de los juzgados de Estepona que se los pidiera a los hospitales. Los consiguió, y así pudo demostrar que no había duda alguna: los hospitales estaban diciendo que el hombre condenado no pudo participar en la pelea por la que fue condenado.
Admitiendo que su sentencia previa (dictada en casación) no respondía a lo que realmente ocurrió, el Tribunal Supremo acabó concluyendo que la justicia había enviado a la cárcel al hombre equivocado. “De esa incompatibilidad horaria resulta que el condenado no puso ser autor de los hechos que han sido tipificados en el delito de lesiones, porque al tiempo de la producción de las mismas se encontraba en las urgencias del hospital de acuerdo a la documentación aportada”, dice la sentencia de revisión.
“Vamos a ir hasta el final”
En realidad, el error podía constatarse con los tres partes que siempre estuvieron en el expediente judicial, que hacían imposible el relato de la Audiencia Provincial desde el principio. Los magistrados los ignoraron y nunca explicaron por qué. No fueron impugnados, ni se aportaron otros documentos que los desacreditaran, y en el juicio solo declaró una testigo que dijo que “no vio físicamente a los agresores en ningún momento” y ni siquiera pudo precisar cuántas personas eran.
Los magistrados creyeron a los denunciantes sabiendo que existía una enemistad previa con los denunciados, por encima de cualquier otra consideración, incluidos documentos públicos que siempre tuvieron delante. “No eran 4000 papeles. Tenía que revisar dos papeles, dos informes médicos. Un juez está para eso, pero se tragó el relato del abogado contrario por desidia. Y se llevó a los tres por delante”, dice la esposa de Lozano.
Por su parte, Isidro Lozano está exigiendo también responsabilidades a sus denunciantes, sobre cuyo testimonio se basó su condena. Se ha querellado contra ellos por denuncia falsa, falso testimonio y estafa procesal. El juzgado de instrucción 4 de Estepona ha abierto diligencias previas.
Isidro y María anuncian que no van a parar hasta que se reconozca el daño que sufrieron. “Hay muchos que sufren una injusticia como la nuestra y no pueden hacerlo, pero nosotros hemos llegado hasta aquí y no vamos a parar. Vamos a ir hasta el final. Hasta Estrasburgo si hace falta”.
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