La conformación de nuevas candidaturas ciudadanas para concurrir a las elecciones municipales de mayo ha puesto sobre la mesa la dificultad que la Ley Electoral trae consigo para que las agrupaciones de electores se presenten a los comicios. Mientras que el registro de un partido o una coalición de partidos es suficiente por sí solo para optar a las elecciones, las asambleas de ciudadanos que han dado el paso para concurrir a las mismas han debido de reunir miles de avales para ello.
“Las agrupaciones de electores son formaciones políticas que se constituyen con el aval de un número variable de firmas de electores”, señala la Ley Electoral y, así, esos avales que son obligatorios para que una agrupación de electores se pueda presentar a las elecciones locales deben tener los datos personales, la firma y una copia del DNI de cada ciudadano que avala el proyecto. Un gesto éste, el de prestar consentimiento para que fotocopien el DNI, que aumenta la dificultad para conseguir el apoyo de ciudadanos en la calle, argumentan fuentes consultadas en Ganemos Córdoba, la candidatura ciudadana que concurre en la capital cordobesa a las municipales.
Igualmente, el número de avales necesarios para cada agrupación de electores queda establecido por la Ley Electoral en base a la población del municipio, una correlación de cifras que en ocasiones guarda poca proporción en relación con el número de habitantes.
Entre las capitales de provincia en Andalucía, las agrupaciones de electores constituidas en aquellas que cuentan con una población de entre 50.001 y 150.000 habitantes – ‘Por Cádiz sí se puede’, ‘Jaén en común’ y ‘Vamos Granada’- han debido reunir 1.500 avales con sus firmas y copias de DNI. Para Granada, cuya población se encuentra en el siguiente escalón entre 150.001 y 300.000, la cifra de avales necesarios va a 3.000. Y luego queda el particular caso de Ganemos Córdoba, que con poco más de 300.000 habitantes -325.000 en el último censo- es la única en una horquilla que llega hasta el millón de habitantes y que ha debido reunir 5.000 avales, los mismos que hubieran tenido que sumar capitales como Málaga o Sevilla que duplican la población cordobesa.
Aparte de las consideraciones y disensiones políticas de los integrantes de cada una de las candidaturas ciudadanas, en buena medida ha pesado sobre ellas la dificultad para reunir los avales necesarios exigidos por ley. Un argumento que ha contribuido a que en capitales como Sevilla, Málaga, Almería y Huelva, la forma jurídica que se haya elegido sea la de partido instrumental o coalición de partidos y no la de agrupación de electores. En Huelva, de hecho, ‘Huelva Participa’ ha recogido avales pero en previsión de no conseguir los necesarios, tiene como opción registrada concurrir como partido instrumental.
El caso de Córdoba: la desproporción de avales frente a la población
El caso de ‘Ganemos Córdoba’, la agrupación de electores formada en la capital cordobesa por ciudadanos a título individual y el apoyo de integrantes de Podemos, Equo, Stop Desahucios, Frente Cívico, etc, es el que refleja mejor la desproporción de los avales que la Ley Electoral les ha exigido. Superando apenas por 24.000 habitantes el número de población con el que habría que reunir 3.000 firmas y DNI de apoyo, ‘Ganemos Córdoba’ ha debido sumar 5.000 avales, un reto que quedó superado varios días antes de tener que entregarlos ante la Junta Electoral.
La agrupación de electores de Córdoba ha sumado así los mismos avales que hubieran necesitado en ciudades que duplican su población como es el caso de Málaga y Sevilla. De hecho, la participación para apoyar en este reto a Ganemos Córdoba ha superado las perspectivas que a priori vaticinaban desde distintos puntos del arco político local y, finalmente, han conseguido presentar este lunes ante la Junta Electoral 6.099 avales certificados ante notario a los que se suman otros cientos hasta un total de 6.500 apoyos que han seguido recibiendo en la sede de la agrupación de electores cordobeses.
Esa suma total, de hecho, quedaría a tan solo 1.500 avales del número exigido por la Ley Electoral para las mayores ciudades de España, Barcelona y Madrid, donde son necesarios 8.000 avales para presentar una agrupación de electores a las próximas municipales.