El Defensor del Pueblo Andaluz ha cargado contundentemente contra la gestión y tramitación que, por parte de la Junta, se está desarrollando para la aplicación de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía, una de las apuestas estrella de la administración autónomica de la pasada legislatura, que entró en vigor hace ahora un año. El dato más llamativo que aporta en una reciente resolución es que el Gobierno andaluz tarda en resolver el expediente administrativo “una media de ocho meses”, toda vez que, según el Decreto-Ley que lo sustenta, “el plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud”.
La resolución de la institución dirigida por Jesús Maeztu no ahorra en denunciar las “disfunciones” de esta medida, regulada en el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, dirigida a las familias con menos recursos y cuya actual redacción está establecida tras la reforma operada en la Ley 7/2018, de 30 de julio. Andalucía, cabe recordarlo, está especialmente azotada por la vulnerabilidad de su población, al ser su tasa de riesgo de pobreza de las más altas de España, siendo esta renta soporte vital de las familias más vulnerables.
Pese a que la Consejería de Igualdad trató de paliar el año pasado algunas disfunciones advertidas en su arranque, como dio cuenta la entonces consejera María José Sánchez Rubio en comisión parlamentaria, el Defensor del Pueblo, que inició una actuación de oficio poco antes de aquella comparecencia, achaca a la Junta que las personas interesadas en acceder a la renta incluso tengan que “cargar con consecuencias desfavorables, imputables a la falta de diligencia” de la administración cuando se producen resoluciones desestimatoria del derecho a ella.
La medida, investida de la naturaleza de derecho subjetivo, nació con la intención de mejorar los requisitos exigidos por la anterior normativa (el Ingreso Mínimo de Solidaridad), ampliar su período de percepción inicial y reforzar la seguridad jurídica mediante garantías conceptuales y procedimentales. En ese punto se muestra muy crítico el Defensor, recordando que “el artículo 7.2 exige que los requisitos que establece se cumplan en el momento de presentación de la solicitud, durante todo el procedimiento de tramitación y que se mantengan mientras se esté percibiendo la Renta Mínima”.
Dicho precepto “ha dado lugar a situaciones injustas, tomando en consideración que el expediente administrativo tarda en ser resuelto una media de ocho meses, en cuyo transcurso son muy diversas las situaciones personales y laborales que puede atravesar una familia en situación de necesidad”, reflexiona el Defensor, que detalla que “una persona solicitante cuya unidad familiar cumpla con los requisitos exigidos por la norma al tiempo de presentación de la solicitud, fácilmente puede dejar de cumplir alguno cuando la tramitación del procedimiento no se concluye en el preceptivo plazo del artículo 32.2”, esto es, dos meses.
“Elemento desincentivador”
“Avocar a personas en situación de vulnerabilidad social a permanecer inermes en sus precarias condiciones durante muchos meses, so pena de poner en riesgo un derecho que, de haberse resuelto el expediente en plazo, habrían disfrutado legítimamente, nos parece una consecuencia extraña al espíritu y finalidad de la norma, cuando la decisión contraria a sus intereses se deriva de una causa imputable a la propia Administración, cual es la de perpetuar en el tiempo la tramitación de un procedimiento que debería quedar concluido en dos meses, computados en la forma establecida por el Decreto-Ley”, sentencia el Defensor.
Desde otra perspectiva, apunta la resolución, “cuando el requisito incumplido pendiente el procedimiento, es el del desempeño de trabajo remunerado, esta coyuntura jugaría como elemento desincentivador de las iniciativas personales de superación de las personas afectadas, o fomentaría de forma indirecta la economía sumergida”.
Con independencia de que estos supuestos pudieran dar lugar a los correspondientes expedientes de responsabilidad patrimonial, la postura de la Defensoría es proclive a “que la Administración revise y analice esta cuestión, adoptando, si procede, reformas normativas y/o dictando las instrucciones que permitan adoptar prácticas uniformes y homogéneas en toda la comunidad autónoma, acordes con el espíritu y finalidad de la norma reguladora y con criterios de equidad en su aplicación”.
“Desinformación” y “confusión” del personal de servicios sociales
El Defensor destaca su “especial preocupación” por los “defectos advertidos en los canales e instrumentos de información, asesoramiento y comunicación entre Administración y ciudadanas”. “Uno de los principales lastres del reconocimiento de este derecho, ha tenido su fuente en la desinformación, la confusión y la desorientación del personal de los mismos servicios sociales, que, en no pocos casos y a pesar de su buena voluntad, han sido incapaces de prestar a las ciudadanas y ciudadanos una correcta información y asesoramiento, que han derivado en la frustración de expectativas y perjudicado derechos”, sentencia la resolución respecto a la atención a la ciudadanía.
Relacionando ello con la cuestión de los plazos dice el Defensor que “con pesar ha venido esta institución constatando que el plazo general ordinario prevenido por el artículo 32.2 del Decreto-ley 3/2017, en contadas ocasiones se ha respetado desde que entrara en vigor dicha norma, sustentando esta afirmación en la tónica resultante de la práctica totalidad de las quejas recibidas en el año 2018 y de las que, ya iniciado 2019, siguen llegando”.
“El período de cortesía de obligada concesión ante retos nuevos de la Administración, ha cumplido con creces, sin que observemos un cambio de rumbo significativo que nos haga albergar esperanzas de una mejora inmediata en este aspecto. Y ello porque, a nuestro juicio, para que ello fuera posible, es necesario solventar determinadas carencias estructurales de forma inexcusable, como a continuación reflexionaremos”.
En ese sentido a un informe remitido por la Secretaría General de Servicios Sociales donde alegaban por su parte las correspondientes delegaciones territoriales de la Consejería de Igualdad en las respuestas evacuadas en el seno de quejas individuales, junto a la complejidad del nuevo procedimiento, las dificultades resultantes de la implantación y desarrollo progresivo, en fases, de los distintos módulos del subsistema destinado a la gestión informática de la Renta Mínima, que avanzaba en función de las necesidades de tramitación y conforme a las pertinentes pruebas, corrección de errores e incorporación de mejoras producto de la experiencia“.
Más retrasos que el Ingreso Mínimo de Solidaridad
El Defensor discrepa de que dichas operaciones técnicas hayan influido de forma significativa en la vulneración del derecho de las personas solicitantes a obtener una respuesta en plazo, cualquiera que esta fuera conforme a derecho, es decir, en que sean causa con relevancia para lastrar la tramitación del procedimiento administrativo.
“Tomando en consideración esta premisa, la verdadera razón de que una Renta Mínima que ha sido alumbrada como derecho subjetivo por una norma con rango de ley, dotada de mayores garantías y que declara su voluntad de amparar a un mayor número de personas, haya superado las cotas de retraso en la tramitación administrativa de su predecesor, el Ingreso Mínimo de Solidaridad, no es otra que la imprevisión y/o la pretensión, alejada de la realidad, de que con prácticamente los mismos recursos humanos al servicio de la Administración, puede darse respuesta a un mayor número de ciudadanas y ciudadanos y, además, hacerlo en el plazo menor preceptuado por el Decreto-Ley 3/2017”.
“Deberían, por tanto, haberse acomodado los medios a las necesidades de la demanda, de tal modo que conociendo el número de personas que ya venían siendo solicitantes y/o beneficiarias del hoy derogado Ingreso Mínimo de Solidaridad y los tiempos medios de respuesta y de demora de aquél, era posible hacer una estimación previa de las necesidades, esencialmente personales, que permitirían tramitar en plazo las hipotéticas solicitudes nuevas, dentro de un procedimiento más complejo, llamado a resolverse en un tiempo bastante breve, con la intervención de diversas Administraciones públicas y la destacada de los Servicios Sociales”.
El Defensor concluye que “son insuficientes los medios personales que han incrementado la dotación a estos efectos y, con ello, las 156 personas incorporadas a las delegaciones territoriales y a los servicios centrales que indica en su respuesta esa Secretaría General, absteniéndonos en este momento de analizar una cuestión en modo alguno menor, que también deberá ser abordada en otro momento: el colapso generado a los servicios sociales, por mor de reforzar su papel en el procedimiento administrativo, como puerta de entrada de acceso a la Renta y su intervención posterior en la elaboración del Plan de inclusión sociolaboral, sin que tampoco los mismos cuenten con recursos personales suficientes que les permitan asumir este nuevo reto de forma solvente”.
Recomendaciones del Defensor
La Defensoría recomienda, por tanto, “adoptar las medidas que permitan asegurar la suficiencia y calidad de la formación impartida a los servicios sociales comunitarios2 y ”mejorar los instrumentos a su disposición para resolver de forma ágil las posibles dudas planteadas en cada solicitud en particular y suplir las deficiencias o lagunas de conocimiento en general“.
También se considera que, previo análisis y valoración de la situación, “deben adoptarse conclusiones acerca de los medios personales y, en su caso, de otra índole, que resultan imprescindibles para permitir que el órgano competente para ello resuelva el procedimiento” de la Renta Mínima “en los dos meses establecidos”, acordando en consecuencia “los refuerzos, incrementos y medidas que procedan”.
Asimismo, el Defensor entiende que “deben impartirse instrucciones que corrijan las disfunciones en la aplicación del Decreto-ley y de las reglas de su procedimiento administrativo, en particular, en materia de acumulación o inadmisión de solicitudes sucesivas de la misma unidad familiar, para garantizar prácticas homogéneas”. “En todo caso, es preciso completar los modelos de inadmisión por esta causa, con la advertencia a la persona interesada de su derecho a desistirse de la petición anterior en curso, para formalizar una nueva”.
El Defensor señala que es “una prioridad” que la Consejería de Igualdad “se pronuncie sobre las medidas que han de acometerse para evitar que las resoluciones desestimatorias del derecho recaídas en mora de la Administración, hagan a la persona interesada cargar con consecuencias desfavorables, imputables a la falta de diligencia de la segunda”. “Especialmente deben corregirse aquéllas denegaciones fundadas en no haber mantenido la unidad familiar peticionaria, durante un plazo de tiempo muy superior al preceptuado por la norma para la tramitación y resolución del expediente, determinados requisitos cuya ausencia, en cambio, no desembocaría en esta consecuencia tras el reconocimiento de la Renta y durante la percepción de tal ingreso”, concluye la resolución.
La Junta reconoce que es “inadmisible”
Fuentes de la Consejería de Igualdad, ahora en manos de Ciudadanos, explican a este periódico que el retraso en la concesión de la Renta Mínima “es un problema heredado del Gobierno socialista que aprobó con prisas y sin previsión alguna esta iniciativa sin dotarla de los medios ni recursos suficientes ni planificar tampoco los procedimientos y herramientas necesarias”.
Desde la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación apuntan que “el objetivo es solucionar este problema y acabar con una gestión ineficaz, como se refleja claramente en el retraso de al Renta Mínima”. Según la Consejería, “es inadmisible que un colectivo en una situación de vulnerabilidad y extrema necesidad tenga que esperar tantos meses para recibir una ayuda vital”.
Para resolver esta situación, el departamento que dirige Rocío Ruiz prevé “impulsar una serie de medidas destinadas a agilizar la concesión de estas ayudas, una vez realizado un diagnóstico de evaluación de la situación actual”. Así, “se va a poner en marcha en primer lugar un refuerzo de personal necesario en los servicios sociales comunitarios y también en las delegaciones provinciales para acabar con el retraso en la gestión de esta renta, además de impulsar una mejora de la tramitación informática de esta prestación, que se ha revelado ineficiente hasta el momento”. Además, “se va a agilizar la elaboración de los planes de inclusión sociolaboral que deben acompañar también a la concesión de esta Renta”, concluyen las fuentes.
“Una carrera de obstáculos”
Este miércoles 20 de febrero se celebra el Día Mundial de la Justicia Social. Por dicho motivo, las delegaciones de la Asociación Andaluza de Barrios Ignorados en las distintas provincias ha organizado concentraciones delante de las sedes de los Servicios Sociales de la Junta de Andalucía. El objetivo es trasladar al nuevo Gobierno su preocupación por las dificutades de acceso a la Renta Mínima y conocer cuál es su posición respecto a las ayudas a las personas con mayores dificultades económicas.
Lola Contreras, presidenta de la asociación, informa a eldiario.es Andalucía de que “estamos viendo en una comunidad autónoma donde tenemos un 37% de pobreza y de familias en el umbral de la pobreza”. “Hay que repartir la riqueza que entre todos creamos. Una medida como la Renta Mínima de Inserción no puede ser una carrera de obstáculos para dificultar que las familias tengan unos ingresos mínimos”, señala al igual que opina Félix Talego, profesor de Antropología Política en la Universidad de Sevilla.
“Queremos tener una reunión con los delegados para manifestarles, desde el primer momento, lo que nosotros pensamos, y solicitar que se constituyan espacios de reflexión y de trabajo donde todos podamos opinar”, dice Contreras. “Creemos que la RMI no está sacando a las familias de la pobreza. Seguimos criminalizando a las familias con medidas que no sirven absolutamente para nada”, por lo que trasladarán a la Junta un estudio con la valoración de una medida que, a su juicio, “no es justa para las familias”.
Contreras añade que “quien ha diseñado el decreto lo ha diseñado a conciencia”. “Es una carrera de obstáculos. La Junta plantea una medida para sacar a los andaluces de la pobreza y se han sentado en una mesa a diseñar una carrera de obstáculos para que no pueda acceder a la RMI y para que cada vez la comunidad autónoma destine menos recursos a las familias, criminalizádolas incluso para que todo el mundo señale con la mano a quien no tiene recursos. Es algo muy fuerte”, opina.
“Queremos que el nuevo Ejecutivo nos dé su opinión para ver cuál es su medida para repartir la riqueza que entre todos generamos en Andalucía. Ese es el quid de la cuestión. Que no se la lleven unos cuantos. Hay que distribuirla”, concluye.
La Junta tiene pendiente la elaboración de un informe de evaluación del impacto de la RMI, según confirman fuentes de la administración autonómica, en el que se examinará la reducción de las situaciones de vulnerabilidad, la evolución de las condiciones de precariedad laboral y la adecuación de la protección social a la ciudadanía.
Cabe recordarlo, la RMI está dirigida entre otras cuestiones a propiciar “el reparto equitativo de la riqueza generada por el conjunto de la sociedad”, favorecer “la igualdad de oportunidades” y mejorar las posibilidades de inclusión social y laboral de quienes se encuentren en situación de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo.