La portada de mañana
Acceder
16 grandes ciudades no están en el sistema VioGén
El Gobierno estudia excluir a los ultraderechistas de la acusación popular
OPINIÓN | 'Este año tampoco', por Antón Losada

Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

El tribunal de los ERE dispensa a los 22 exaltos cargos andaluces de acudir al juicio en los próximos meses

Europa Press

El tribunal, presidido por el magistrado Juan Antonio Calle, que enjuicia en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla a 22 ex altos cargos de la Junta, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, por el procedimiento específico por el que se concedían las ayudas sociolaborales a trabajadores y las ayudas directas a empresas en crisis en el marco de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos ha dispensado a los acusados de acudir a las sesiones de los próximos meses, en los que se desarrollarán las testificales y periciales, de la vista oral, una vez que este martes han concluido las declaraciones de los procesados con el interrogatorio a Juan Francisco Sánchez García, ex secretario general técnico de Empleo y también en la Consejería de Innovación.

De esta manera, una vez concluida la declaración Sánchez García y tras anunciar el presidente del tribunal que el juicio continuará el próximo lunes con el inicio de las pruebas testificales, ha tomado la palabra el abogado del expresidente de la Junta Manuel Chaves para plantear a la Sala la posibilidad de eximir a su defendido de acudir a las próximas sesiones, una vez terminada la fase de los interrogatorios a los procesados y ante el comienzo de otra, la testifical y pericial, que se alargará “durante meses”.

El abogado Pablo Jiménez de Parga, en base a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ha subrayado que los acusados no pueden intervenir durante la siguiente fase, simplemente asistir. Hasta el derecho a la última palabra no pueden intervenir. Además, ha considerado “importante” apuntar, en relación al derecho fundamental a asistir que tienen los encausados, que éstos pueden seguir las sesiones a través de las grabaciones de las mismas.

“Los acusados llevan cuatro meses de juicio y quedan varios meses más de pruebas”, ha expuesto el abogado, señalando que en el caso de Chaves muchos de los testigos citados “no tienen nada que ver” con la acusación a la que se enfrenta.

Apuntando el principio de proporcionalidad y a los precedentes en otras macrocausas, Jiménez de Parga ha solicitado eximir a los acusados de asistir a las sesiones tras finalizar los interrogatorios, considerando que lo importante a la hora de ponderar la asistencia o no es que la ausencia de éstos “no afecta a los derechos de las partes”, así como la carga procesal que supone para los procesados. Por tanto, ha afirmado que entiende que “una hipotética” oposición de las acusaciones sería por razones “extraprocesales”.

RESIDENCIA PROFESIONAL O PERSONAL

El resto de los compañeros de las defensas de los acusados, preguntado por el tribunal, se han adherido a la petición del abogado de Chaves, argumentando algunos de ellos, como el abogado de José Antonio Griñán y del ex director general de Presupuestos Antonio Lozano, que algunos --Lozano vive en Málaga y es profesor de la Universidad de Málaga-- tienen su residencia familiar y profesional fuera de Sevilla, término al que han aludido otros como los abogados de Magdalena Álvarez o Gaspar Zarrías, al igual que el desarrollo de su actividad profesional como funcionarios o autónomos.

Precisamente la defensa de Griñán y Lozano, el abogado José María Mohedano, ha señalado que la petición, al acabar las declaraciones, “en ningún caso” contraviene las normas que rigen el proceso penal ni la Ley de Enjuiciamiento Criminal, añadiendo en este sentido algunos precedentes como el expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán, quien incluso se encontraba en prisión cuando fue eximido de asistir a uno de los juicios a los que se ha enfrentado.

Algunos abogados de las defensas, como la del exconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa Francisco Vallejo, ha solicitado que su asistencia no sea obligatoria hasta la elevación de las conclusiones a definitivas y a la presentación de los informes por las partes.

MERCASEVILLA O CASO LOPERA

Igualmente, el abogado José Manuel García-Quílez, que defiende al exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román, o Adolfo Cuéllar, en defensa del ex secretario general técnico de Empleo Javier Aguado Hinojal, han invocado el 'usus fori' --la práctica o modo usual con que los tribunales suelen proceder para ordenar y desarrollar los juicio-- que recientemente se ha efectuado en macrocausas que han tenido lugar en Sevilla como el caso Mercasevilla o de Lopera por su gestión en el Real Betis, en los que se eximió de asistir a los acusados.

El abogado Enrique del Río, que ejerce la defensa del exjefe del Gabinete Jurídico de la Junta Francisco del Río y provisionalmente del ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero, ha valorado la permisividad de la Sala para que los acusados se puedan ausentar por cuestiones médicas y ha expuesto que éstas serán continúas en los próximos meses, de ahí la relevancia de aceptar la solicitud.

OPOSICIÓN DEL PP-A

El tribunal, antes de tomar una decisión, ha preguntado la posición de la Fiscalía y de las acusaciones que ejercen el PP-A y Manos Limpias. El Ministerio Público no se ha opuesto a la ausencia de los investigados durante la práctica de la prueba, si bien, una vez concluida ésta deben estar presentes, sin perjuicio del derecho que tienen los acusados a acudir cuando lo consideren conveniente.

Manos Limpias ha considerado la petición “justa y atendible”, mientras la abogada del PP-A, Lourdes Fuster, ha presentado su oposición a la petición de ausentarse de la vista oral de los investigados, salvo para cuestiones “puntuales y justificadas” como citas médicas.

El magistrado Juan Antonio Calle ha expuesto que este tipo de solicitudes no están resueltas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal porque ésta no regula las macrocausas, por lo que hay que ponderar todas las circunstancias personales y profesionales expuestas por las defensas con el derecho de defensa y la garantía de los acusados de presenciar todas las sesiones.

El tribunal, al no existir regulación y atendiendo a los antecedentes judiciales, ha valorado que la asistencia se recoge en el derecho de defensa del acusado pero considera que a ese derecho se puede renunciar y así lo ha solicitado expresamente a cada uno de los 22 ex altos cargos del Gobierno andaluz encausados en este proceso, antes de autorizar a dicha ausencia, siendo consciente y advirtiendo a los investigados de su derecho a asistir a la práctica de las testificales y periciales “cuando quieran venir” sin autorización del tribunal.

Además, ha señalado que han de estar a disposición del tribunal y que el momento que “imperativamente” deben reincorporarse al juicio es en las conclusiones y de los informes para poder ejercer su derecho a última palabra de forma adecuada.

El tribunal ha preguntado uno por uno a los 22 ex altos cargos si renuncian a su derecho a asistir recogido en su derecho de defensa. La mayoría de éstos han repetido su respuesta: “Sí, señoría, renuncio expresamente”. En este sentido, el ex interventor general de la Junta Manuel Gómez y Manuel Chaves han dado las “gracias” a la Sala por la decisión de permitir su ausencia, añadiendo el expresidente de la Junta que queda “a disposición” del tribunal, compuesto por los magistrados Calle Peña, Pilar Llorente Vara y Encarnación Gómez Caselles.

Tras esto, el magistrado Juan Antonio Calle ha dispensado a los acusados de acudir a las sesiones que estimen oportunas, así como, de otro lado, permitir que asistan a las que así lo consideren.