- En un primer momento, desde el Ayuntamiento se argumentó que no se cumplía con la normativa porque ningún partido lo había pedido
El pasado 31 de mayo, el Justicia de Aragón (defensor del pueblo en la comunidad), Ángel Dolado, solicitó al Ayuntamiento de Mezalocha (Zaragoza) la retirada de una placa en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica. En la misma, ubicada en la fachada principal de la iglesia parroquial San Miguel Arcángel, se puede leer “En memoria de los caídos por Dios y por España. 1936”.
Ahora, la institución ha recibido una notificación del Consistorio de esta localidad indicando que el Pleno municipal aprobó por unanimidad, el pasado día 22 de junio, aceptar la sugerencia para que se procediera al cumplimiento de la Ley. El Ayuntamiento, además, se compromete a elaborar “un catálogo con los vestigios de la guerra civil y la dictadura existentes en el municipio” –actuación que también recomendaba el Justicia–.
El expediente se abrió el pasado 9 de abril, cuando el Justicia recibió una queja por un “supuesto incumplimiento de lo dispuesto en la legislación sobre memoria histórica”. La institución se puso en contacto con el Consistorio tres días después, el 12 de abril.
Hasta el 28 de mayo no llegó la contestación desde Mezalocha, apuntando que no se había “presentado moción alguna de parte de algún grupo político municipal referente al cumplimiento con la Ley de Memoria Histórica, por lo que no se ha adoptado acuerdo alguno”. En la actualidad, son cinco los concejales y concejalas que forman parte del Consistorio: 2 del PAR, 2 del PSOE y 1 del PP.
Explicaban también que no se había producido “comunicación alguna de persona física, asociación o colectivo de Mezalocha, invocando la Ley de Memoria Histórica o instando su retirada”. Si ello se produce, decían en la carta enviada al Justicia, “habría que crear una Comisión que permita establecer si el contenido de la mencionada placa se encuentra en el ámbito de la referida Ley, dar oportunidad de pronunciarse a los habitantes de Mezalocha y aprobar la correspondiente Ordenanza Municipal que establezca el procedimiento a seguir en la retirada de símbolos o placas previa catalogación de los mismos”.