Condenan a 6 años de cárcel a un hombre que maltrató y amenazó a su novia a la que no podrá acercarse en 22 años
Un hombre de 35 años y vecino de la localidad de Riaño, en el concejo asturiano de Langreo, ha sido condenado a una pena de seis años de cárcel y a la prohibición de acercarse a menos de 500 metros, durante 22 años, a la mujer que era su pareja sentimental por su autoría en los delitos de violencia física y psíquica habitual en el ámbito familiar, lesiones, daños, hurto y sendos delitos continuados de daños mediante incendio y amenazas.
La mujer llegó a reconocer que “sentía pena” por él y llegó a ocultar que era víctima de maltrato cuando al ser preguntada en el hospital por las quemaduras que presentaba dijo que se debían “a un accidente laboral”.
Con esta excusa pretendía esconder a los médicos que le atendían que en realidad se había quemado al tratar de apagar las llamas cuando su pareja, Daniel C.G., provocó sendos incendios en su vivienda y en su vehículo, en dos episodios diferentes en días distintos.
Las amenazas
Daniel C. G. fue pareja sentimental de la víctima desde mediados de 2022 hasta enero de 2023. Desde un principio, la relación se desenvolvió “dentro de un clima vejatorio e intimidante” para la mujer, según consta en la sentencia.
“El acusado durante todo el tiempo y dentro del domicilio frecuentemente la controlaba, vigilaba su teléfono obsesionado porque creía que ella le era infiel y alguna vez la obligaba a cambiarse de ropa”, señala.
Además, le dirigía expresiones amenazantes. Decía que “iba a matar a sus padres, que le iba a hundir la vida, que le iba a prender fuego, que ya sabía como se las gastaba él”.
Daniel C.G. no se limitaba, sin embargo, al maltrato de palabra, sino que además con la intención de atemorizarla en múltiples ocasiones atentó contra su patrimonio “bien apoderándose o deteriorando objetos de ella, bien empleando el fuego para destruirlos totalmente”, expone la resolución.
Todas estas acciones eran realizadas por el acusado aprovechándose de que la mujer presentaba una fuerte dependencia emocional hacia él, ya que en unas ocasiones las minimizaba y en otras incluso las ocultaba porque, según consta en el fallo, a la víctima “le daba pena” y no le denunció hasta el momento en que él decidió quemar su casa.
Las discusiones
En las navidades de 2022 se produjo el primer incidente. Apenas once días después de que la mujer adquiriera un vehículo que llegó a poner a nombre de su novio, éste decidió quemarlo a raíz de que ambos entablaran una discusión cuando se encontraban dentro del turismo en la zona de Viella, en el concejo de Siero.
La discusión comenzó cuando la mujer le pidió que detuviera el coche porque ella tenía que ir a trabajar y en el momento en que se bajaba del vehículo y llamaba al taxista, el acusado incendió su asiento. Seguidamente, el fuego alcanzó al resto del vehículo.
La mujer intentó apagarlo con las manos y se produjo unas quemaduras. Sin embargo, no acudió al médico hasta casi un mes después, sin revelar el verdadero motivo de las lesiones.
Las agresiones y el incendio de la casa
Cada discusión con su pareja era de nuevo un polvorín. Así, según recoge la resolución, el acusado rompió “voluntariamente” el móvil de la mujer y tras quitárselo de la mano golpeó la encimera con el teléfono y, en otra ocasión posterior, tras discutir porque quería quitarle sus pertenencias, entre otras la cartera y las llaves de casa para que ésta no pudiera salir, “la comenzó a agredir, la golpeó en el pecho y en la mano derecha, fracturándole un dedo”.
La mujer acudió a curarse al Hospital de Oviedo el 4 de enero de 2023, aunque en ese momento no mencionó que la causa obedecía a una agresión del acusado sino a un accidente laboral.
Apenas seis días después, comenzaron otra discusión en la vivienda y el hombre sustrajo un sobre donde ella guardaba 1.300 euros de sus ahorros mensuales y salió a la calle, sin intención alguna de devolverle el dinero.
El día de Reyes, de nuevo, el acusado se dirigió al domicilio de la mujer -ya que ambos no convivían bajo el mismo techo- y prendió fuego a un sofá, momento en que ella, al intentar apagarlo, se produjo unas quemaduras en la mano derecha de las que no recibió inicialmente asistencia médica hasta diez días más tarde.
La mujer se decidió a denunciarle cuando el 14 de enero de 2023 el acusado prendió fuego a una vivienda propiedad de ella, causando desperfectos valorados en 49.849 euros. La vivienda tenía un seguro del hogar contratado con Bilbao Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros, Grupo Catalana Occidente.
Mensajes intimidatorios durante la fuga
Tras provocar el incendio, el hombre se dio a la fuga y fue detenido cuatro días después. En ese interin, el acusado mantuvo con la mujer diversas conversaciones por WhatsApp. En unos mensajes le pedía perdón y en otros le preguntaba si le había denunciado.
Los mensajes cambiaban de cariz cuando los enviaba a través de Instagram. En esas ocasiones eran intimidatorios y les amenazaba a ella y a su padre. Reproducimos a continuación algunos de estos mensajes, tal y como los escribió el propio acusado:
“Avisé a unos que fueran Caborana a lo que te dije y ban Air intento localizalos pero no ai manera y esos no bromean qe no salga de casa”, “No se pero como me metan pila años por cosas qe no ice y teniendo los dos la culpa cuando salga baber consecuencias y sé donde más duele porque toi cansau qe lo leais i no digáis nada”, “Cuando vuelva pa Asturias Boí a quitar del medio a quien te dije por mal persona aqi nos vamos a joder todos te lo juro pormi hijo qe no boy a descansar asta celo”.
Una vez que la mujer se decidió a denunciarle fue sometida a una exploración psicológica por parte de la Unidad de Valoración Forense Integral (UVFI) que confirmó que presentaba sintomatología compatible con estrés postraumático durante la relación de pareja.
La mujer finalmente se decidió a denunciarle. El juicio se celebró en el Juzgado de lo Penal 4 de Oviedo cuya titular, la magistrada-juez Emma Rodríguez Díaz, ha impuesto al acusado una pena de seis años de cárcel, 22 años de alejamiento, una multa y el pago de varias indemnizaciones a abonar tanto a la víctima como a otros perjudicados.
El acusado había sido ya condenado en otras cuatro sentencias firmes por el Juzgado de lo Penal 1 de Langreo, entre el 21 de agosto de 2017 y el 3 de febrero de 2022 por los delitos de amenazas, daños y coacciones.
Estos antecedentes penales han jugado en su contra, al apreciar la titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Oviedo que en el caso actual enjuiciado concurrían las agravantes tanto de reincidencia como de parentesco.
La drogadicción y la reincidencia
La magistrada-juez considera que el acusado actuó con sus facultades volitivas e intelectivas altamente afectadas por su prolongada adicción a las drogas y ha apreciado esta circunstancia como una atenuante muy cualificada.
A las penas de cárcel y alejamiento ha sumado además otra pena de dos años y once meses de privación del derecho de tenencia y porte de armas, el pago de una multa de 900 euros y una indemnización a la víctima de 7.065 euros; una cantidad que corresponde a las secuelas que sufre por el maltrato físico y psíquico, el daño moral y las lesiones, así como por el dinero que le sustrajo, el importe del vehículo que le quemó y la rotura de su móvil.
Las indemnizaciones
Además, la víctima recibirá una indemnización de 49.849 euros, que debe hacer frente el acusado junto a la compañía Bilbao S.A. de Seguros y Reaseguros como responsable civil directo.
Además, el acusado deberá responder al pago de otras indemnizaciones. Por un lado, tendrá que abonar al Principado de Asturias por el importe que supuso la movilización del Servicio de Bomberos para la extinción del incendio en la vivienda de la víctima, ocurrido el 14 de enero de 2023, a las compañías de seguros de cada uno de los copropietarios de la Comunidad de Propietarios Nuevo Oyanco, en Aller, donde reside la víctima y al Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SESPA) en la cantidad que haya supuesto el importe de las asistencias prestadas a la mujer que se determinará en ejecución de sentencia.
Los daños ocasionados por el acusado están cubiertos por la póliza de la compañía aseguradora que ha sido condenada a asumir el daño ocasionado por éste en el inmueble de su pareja, en aplicación de los artículos 19 de la Ley de Contrato de Seguro y 117 del Código Penal, sin perjuicio del derecho de repetición que puede emprender frente al ahora condenado.
La orden de alejamiento
La orden de alejamiento y la prohibición de comunicarse con la víctima impedirán a Daniel C.G. acercarse a la mujer en cualquier lugar donde se encuentre, tanto a su domicilio como a su lugar de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ella. Tampoco podrá contactar con ella por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, ni establecer contacto escrito, verbal o visual.
El despacho de abogados Hernando y Asociados, que representó a la víctima a través del letrado Pelayo Fernández Zapico, como acusación particular, ha asegurado que la orden de alejamiento decretada por la titular del juzgado es “una de las más elevadas registradas en el Principado”
La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias.
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