La Fiscalía de Asturias se opone al indulto solicitado por el exdirector general del Niemeyer por la gravedad de los delitos

La Fiscalía de Asturias se opone a la concesión del indulto solicitado por el exdirector general de la Fundación Niemeyer, Natalio Grueso, por la gravedad de los delitos continuados de malversación de caudales públicos, falsedad en documento mercantil y societario por los que fue condenado a ocho años de cárcel.

El fiscal Joaquín de la Riva asegura en su informe, al que ha tenido acceso eldiario.es Asturias, que no aprecia razones de justicia, equidad o utilidad pública que puedan justificar el indulto.

El representante de la acusación pública estima que Natalio Grueso no cumple los requisitos establecidos en la Ley de 18 de junio de 1870 por la que se establecen las reglas para el ejercicio de la gracia del indulto.

Los argumentos de la Fiscalía

En primer lugar, advierte que no puede acogerse a esta ley porque, según expone el fiscal en su escrito dirigido a la Sala, no ha estado a disposición del tribunal sentenciador para el cumplimiento de la condena, una de las excepcionalidades recogidas en la legislación para ser susceptible de ser indultado.

Natalio Grueso está oficialmente “fugado”, según un auto de la Audiencia Provincial a la vista del resultado negativo que ofrecieron todas las gestiones realizadas por los agentes de la Unidad Adscrita de la Policía Judicial de la Guardia Civil para su localización, al no figurar ni estar localizable en las direcciones de los domicilios que había facilitado.

Su abogado defensor, Francisco Miranda, señaló recientemente que su representado no está fugado. Según su versión, el mismo día en que el tribunal de la Audiencia Provincial emitía un auto por el que decretaba su búsqueda, detención e ingreso en prisión al permanecer en “paradero desconocido” él recogía otra notificación en Madrid, sin que se le advirtiera que estaba siendo buscado en Asturias. A día de hoy sigue sin estar localizado.

De la Riva explica que, en segundo lugar, se opone al indulto por la “naturaleza y gravedad” de los hechos por los que el exdirector general ha sido condenado: un delito continuado de malversación de caudales públicos en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil y oficial y de un delito continuado societario.

Los delitos continuados por los que ha sido condenado están relacionados con aspectos de la corrupción que tanto empaña algunas esferas de la administración pública

“Estos delitos continuados están relacionados con aspectos de la corrupción que tanto empaña algunas esferas de la administración pública”, añade el fiscal.

Aún añade un tercer motivo para oponerse a la concesión del indulto: “la importante duración de las penas impuestas y por revestir el indulto un innegable carácter excepcional por cuanto existe un interés general en la ejecución de las resoluciones dictadas por jueces y Tribunales en el ejercicio de la potestad jurisdiccional”.

La Fiscalía no ve razones de justicia, equidad o utilidad pública

“De lo contrario -sostiene- se correría el riesgo de instrumentar la institución del indulto como un intento sistemático para eludir el cumplimiento de las responsabilidades penales contraídas y la consecución de los fines de la justicia. En definitiva, no apreciándose razones de justicia, equidad o utilidad pública que lo pudieran justificar, el Ministerio Fiscal se opone a la concesión del indulto solicitado”, concluye.

El tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias dictó ayer lunes una diligencia de ordenación por la que acuerda unir el informe de la Fiscalía a la pieza de indulto, así como dar traslado a la Sala para que emita el informe a que se refiere el artículo 23 de la Ley 18 de junio de 1870 modificada por la ley 1/88 de 14 de enero.

Contra esta diligencia cabe interponer un recurso de reposición en el plazo de tres días ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias.