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El empresario Gregorio Pérez pierde la demanda para hacerse con el 25% de la UD Las Palmas

El empresario Gregorio Pérez ha visto denegada de nuevo su pretensión de convertirse en accionista de la UD Las Palmas, tras emitirse este jueves una sentencia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas que desestima el recurso interpuesto por Pérez, a través de la compañía Maxorata Recreativa. El fallo que firma el magistrado Alberto López Villarrubia, y contra el que cabe recurso, da por válidas las alegaciones del club y cierra la puerta a su entrada en el capital.

Gregorio Pérez demandó a la Unión Deportiva al considerar que había concurrido a la ampliación en tiempo y forma al depositar 1.061.048 euros el 11 de junio de 2018, con los que entendía que pasaba a ser titular de 11.292 acciones, representativas del 27,27% del nuevo capital social resultante tras la ampliación.

En el mismo sentido, Maxorata Deportiva se consideraba privada de adquirir la condición de accionista y de las consecuencias inherentes a tal situación, como participar en la gestión de la entidad, tener voz y voto en su consejo de administración y percibir los derechos económicos que asisten a los consejeros, que cifraba en unos cuatro millones de euros.

A su vez, la UD Las Palmas consideró siempre que el depósito de Pérez y su empresa se había producido fuera de plazo y que, además, carecía de legitimación por no contar con la autorización previa del Consejo Superior de Deportes (CSD) que fija la Ley de Sociedades de Capital cuando la adquisición implique una participación final en el capital social superior al 25%.

Asimismo, entendía el abogado del club (Mario Ghosn) que la reclamación de cantidad era improcedente “pues la demandada jamás ha realizado reparto de supuestas ganancias sociales […] y que, sin haberse sometido a la elección de la Junta General de Accionistas, la actora no puede pretender ostentar la condición de miembro del Consejo de Administración”.

El magistrado recoge en la sentencia la falta de legitimación activa de Maxorata Deportiva por no recabar el permiso del CSD y entiende también que la suscripción se realizó fuera de plazo. “El plazo de un mes que tenía la demandante para suscribir las acciones comenzaba el 10 de mayo y finalizaba el 10 de junio de 2018”, indica en su fundamento segundo, al tiempo que condena en costas a la demandante.

El propio empresario anunció este viernes en su cuenta de Twitter que piensa recurrir la sentencia en apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas. El área jurídica de la UD Las Palmas, a través del letrado Lino Chaparro, indicó, a su vez, que no hará valoraciones “hasta tener la sentencia en la mano”, según recoge el periódico La Provincia.