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El estado de alarma, un recurso de gatillo fácil

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La Constitución Española acoge (Art. 116) los Estados de Alarma, Excepción y Sitio, graduados de menor a mayor intensidad, en términos similares a los que rigen en los demás países democráticos de nuestra civilización occidental. Referidos a una situación extraordinaria que no pudiera ser resuelta por los poderes ordinarios con los medios normales. Por motivos de seguridad nacional, se impone la limitación eventual de algunos derechos básicos y libertades cívicas, acorde con la gravedad de cada caso, en orden a restaurar la normalidad. Recogido en nuestra Carta Magna, según establece la L. O. 4/1981 que define competencias y limitaciones ante cada posible situación de emergencia nacional.

Repasamos nuestro historial democrático de 40 años con tres casos en los que se debió aplicar el reglamento, y se pasó de largo. Y al contrario, otros tantos en los que se montó el número, pero con serias dudas sobre su conveniencia y legitimidad, afectados de interesada contaminación política, como suele suceder, para que en apariencia prevaleciera la suspicacia sobre los verdaderos motivos que indujeron las decisiones oficiales de liarla parda.

Tuvimos un 23-F: intento de golpe de estado que quedó en agua de borrajas por puro milagro. ¿No fue aquella una ocasión pintiparada para proteger nuestro Estado de Derecho mediante la aplicación, de un plumazo, del Art. 116?

Tuvimos un 11-M: Lamentable tragedia del mayor atentado terrorista sufrido en esta bendita tierra. Por equiparación, nuestras torres gemelas con demasiados puntos oscuros sin resolver. ¿No procedió un estado de excepción en lugar de intentar el camuflaje y esconderse con fines electoralistas por parte de uno y otro bando?

Tuvimos un 1-O: Más reciente pero de tan alto riesgo como los dos anteriores. Una sublevación organizada, en términos belicistas disfrazados de falso pacifismo y una democracia de vía estrecha, para desintegrar una parte de España por parte de una facción sediciosa, que sin duda mereció un estado de sitio en nombre del Estado de Derecho amparado por la Constitución, en lugar de dejarlo en el aire para ahora chalanear apoyos políticos del poder instituido con delincuentes comunes.

Un contrapunto lo tenemos el 5D2010, fecha de aquel escandaloso cierre del espacio aéreo español. Se decretó estado de alarma, militarización incluida, por un conflicto laboral. Importante, pero nada que ver con las emergencias nacionales reseñadas. El Gobierno decidió doblegar al colectivo de controladores aéreos porque su convenio laboral contemplaba supuestos privilegios económicos, incompatibles con el proceso iniciado de privatización de AENA. Ellos decidieron defender sus legítimos derechos y se les organizó una encerrona mediante el despliegue de una feroz campaña de desprestigio con masiva colaboración mediática. Se les acusó en falso de abandonar sus puestos de trabajo  y del cierre del espacio aéreo –Impensable que un cirujano cabreado se largue del quirófano con su paciente en la camilla, anestesiado y a corazón abierto–. Imposible que los controladores abandonasen sin control a cientos de tráficos en el aire bajo su responsabilidad. Fue una maniobra orquestada por el Ministerio de Fomento, de acuerdo con Eurocontrol (Bruselas), para ir vaciando el espacio aéreo a lo largo del día. Cuando ya no quedaba ningún avión volando, los “comisarios políticos” de AENA expulsaron de sus consolas a los controladores que se mantenían trabajando e impidieron el acceso a los equipos del turno entrante. Una felonía perversa para masacrar a un colectivo al que posteriores sentencias exoneraron de toda culpa… Pero esto no trascendió en los medios con el mismo énfasis que antes se les dedicó para machacarlos. No parece el uso político decente de un estado de excepción como arma alternativa para casos extremos.

Por segunda vez se decretó en España un estado de alarma el pasado mes de marzo con motivo de la pandemia fatalmente gestionada por los responsables políticos que, ahora aparece ya demostrado, tuvieron información previa suficiente para adoptar medidas de prevención adecuadas al riesgo anunciado sin ambages por organismos propios e internacionales, a fin de minorar los devastadores efectos letales que se produjeron ante la inacción y reacción tardía, por no priorizar una grave amenaza contra la salud pública a costa de otros intereses oficiales que nada tienen que ver con derechos sociales, ni de lejos con el estado del bienestar. La consecuencia de tanta chapuza previa fue sin remedio decretar el estado de alarma, con el traumático confinamiento general y todos los daños colaterales inferidos por la mala praxis de unos gobernantes ineptos, falaces y desalmados, cuya desidia e inoperancia se vio castigada en la carne de las víctimas inocentes.

Como resultó fácil lo de apretar el gatillo para corregir o disimular los propios fallos, pareciera que le tomaran gusto al tema y ante cualquier incomodidad operativa, incluido un dictamen judicial, no tienen empacho en repartirle estopa al contrario en un alarde de prepotencia, autoritarismo y carencia de buena fe. El fatuo triunfalismo de haber doblegado por la fuerza del poder a la Comunidad de Madrid, en su calidad de adversaria política, decretando un estado de alarma, con contraindicaciones diversas en el aire, ofrece una doble vertiente. De un lado, una vez más, la demostración de un estado autonómico precario e inviable, cual metástasis que acoge competencias tóxicas irradiadas desde un cuerpo central enfermo, con el resultado continuo de fracaso por injerencias competenciales y frustración por una burocracia patógena e inservible. Por otra parte, la desfachatez de quitarse el muerto de encima, delegando responsabilidades y dispersando sinergias  ante un gravísimo problema de salud pública, que requiere una actuación de liderazgo efectivo y la firmeza de coordinar medios y decisiones organizadas en un contexto crítico, que exige la voluntad política de asumir la responsabilidad única… A no ser que se previera el fracaso de la segunda ola, por correlación con los vergonzosos antecedentes y ante la calamitosa gestión de una desescalada también fallida. 

El eslogan presidencial: “Lo único importante es la salud pública”, debiera expresarse en voz alta y ante polígrafo. Es lo que tiene la falta de credibilidad de gente propensa a las medias verdades y al engaño por sistema.

“Las cosas bien hechas siempre se pueden mejorar. Pero cuando no pueden hacerse peor, no es solo torpeza e ignorancia, sino mala intención”.

Este artículo fue publicado también en  www.elrincondelbonzo.blogspot.com

La Constitución Española acoge (Art. 116) los Estados de Alarma, Excepción y Sitio, graduados de menor a mayor intensidad, en términos similares a los que rigen en los demás países democráticos de nuestra civilización occidental. Referidos a una situación extraordinaria que no pudiera ser resuelta por los poderes ordinarios con los medios normales. Por motivos de seguridad nacional, se impone la limitación eventual de algunos derechos básicos y libertades cívicas, acorde con la gravedad de cada caso, en orden a restaurar la normalidad. Recogido en nuestra Carta Magna, según establece la L. O. 4/1981 que define competencias y limitaciones ante cada posible situación de emergencia nacional.

Repasamos nuestro historial democrático de 40 años con tres casos en los que se debió aplicar el reglamento, y se pasó de largo. Y al contrario, otros tantos en los que se montó el número, pero con serias dudas sobre su conveniencia y legitimidad, afectados de interesada contaminación política, como suele suceder, para que en apariencia prevaleciera la suspicacia sobre los verdaderos motivos que indujeron las decisiones oficiales de liarla parda.